De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, a través de este anuncio que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, se emplaza a la persona citada en el anexo, para proceder a la notificación de la resolución dictada en los expedientes que se indican en el referido anexo instruidos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 y siguientes del Código civil y demás normativa de aplicación, por no ser posible la notificación en el último domicilio que consta en dichos expedientes tramitados en este departamento territorial.
Para el conocimiento íntegro de la resolución, la persona interesada por sí o a través de la persona que la represente, podrá comparecer en el plazo de diez (10) días hábiles desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado en las dependencias del Servicio de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, del Departamento Territorial de Vigo, de la Consellería de Política Social e Igualdad, en la calle Concepción Arenal, nº 8, 1ª planta, en Vigo, de lunes a viernes laborables y en horario de 9.00 a 14.00 horas. Transcurrido el plazo sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida al vencimiento de dicho plazo establecido para comparecer.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la notificación quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
En virtud del artículo 172.2 del Código civil y teniendo en cuenta que transcurrido el plazo de dos años desde la notificación de la resolución por la que se declaró el desamparo de los menores decayó el derecho de los progenitores o tutores a oponerse a las decisiones o medidas adoptadas para la protección de los menores. No obstante, podrán facilitar información a la Entidad Pública y al Ministerio Fiscal sobre cualquier cambio en las circunstancias que dieron lugar a la declaración de la situación de desamparo y únicamente el Ministerio Fiscal estará legitimado para oponerse a la resolución de la Entidad Pública.
Vigo, 9 de febrero de 2026
María Ángeles Rouco Fernández
Directora territorial de Vigo
ANEXO
Nº de expedientes: 2020/134-36 y 2020/135-36.
Persona interesada: 36146941A.
Acto que se notifica: Resolución administrativa de 19 de diciembre de 2025.
Efectos jurídicos que produce la resolución: mantenimiento de medida administrativa.
