DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 5 de marzo de 2026 Pág. 16597

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santiago de Compostela (expediente IN407A 2025/162-1).

Expediente: IN407A 2025/162-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: Nueva LMTS SCY820 y Centro Reflexión Polígono Tambre.

Ayuntamiento: Santiago de Compostela.

Hechos:

1. El día 28 de agosto de 2025, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada. Con el objeto de mejorar las condiciones de explotación de la red de distribución de media tensión en el polígono del Tambre, ayuntamiento de Santiago de Compostela, se proyecta un nuevo punto frontera (centro de reflexión) entre las líneas de distribución SCY827 y SCY821, procedentes de la subestación San Caetano, que sustituirían al existente en el CT Pol Tambre 13 (15CD58), instalando un nuevo centro de seccionamiento en Vía Edison, 18, y nuevas líneas enterradas de media tensión que lo conectarán con las líneas de distribución antedichas.

Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto de ejecución denominado Nueva LMTS SCY820 y Centro Reflexión Polígono Tambre firmado el día 28.8.2025 por Javier Fernández Pazos, ingeniero técnico industrial eléctrico, con número de colegiado 502 de Ourense.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: ayuntamiento de Santiago de Compostela, Servizo do Patrimonio Cultural y Nedgia.

La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos por el Servizo do Patrimonio Cultural y Nedgia, en el plazo otorgado a tal efecto.

A día de esta resolución, no consta en el expediente respuesta del ayuntamiento de Santiago de Compostela a la solicitud de informe.

4. El día 9.2.2026 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

Segunda. Legislación de aplicación

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en la calle das Mulas y la Vía Edison (polígono del Tambre), ayuntamiento de Santiago de Compostela, y sus características técnicas son las siguientes:

– LMTS (Actuación 1) a 20 kV, de 585 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm² Al, con origen en los empalmes a realizar en arqueta existente da LMT SCY820, procedente de la Subestación San Caetano, y remate en el CS proyectado.

– Desmantelamiento del tramo LMTS, a 20 kV, conductor RHZ1-240, entre el CS POL Boisaca 1 (15CXW6) y arqueta existente antedicha.

– LMTS (actuación 2) a 20 kV, de 58+54 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm² Al, con origen en CS GAMELSA (15CYX8) y arqueta proyectada en la LMT SCY827, procedente de la subestación San Caetano situada enfrente de este CS, y remate en el CS proyectado.

– Los conductores discurrirán entubados por canalización existente (IN407A 2019/226-1 y IN407A 04/293) bajo tierra y calzada hasta el centro de transformación proyectado en la mayoría de su trazado.

– CS (nuevo P.F./C.Reflexion SCY827 y SCY821) compacto prefabricado en configuración 4L (SCY820+SCY821+SCY827+reserva+SS.AA).

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

– En su caso, acreditación o declaración de que el proyecto se encuentra dentro de alguna de las excepciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, o de las indicadas en la Guía técnica de interpretación del Reglamento (UE) 2024/573 en los puntos relativos a la aparamenta électrica.

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.

– Un certificado del/a director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, después de audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 11 de febrero de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña