De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 17 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario a que se imputen, la finalidad de la subvención, el beneficiario y la cantidad concedida.
En virtud de lo anterior, la persona titular de la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales, por delegación del conselleiro,
RESUELVE:
Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las subvenciones concedidas con cargo a la aplicación presupuestaria 13.30.322C.481.3 de la Orden de 2 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de los programas de subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas gallegas de personas trabajadoras autónomas y la contratación de personal de apoyo, y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento TR358A).
Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2026
Pablo Fernández López
Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales
ANEXO
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Beneficiaria |
Importe concedido |
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Asociación Gallega de Trabajadores Autónomos y del Mar |
81.331,36 |
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Asociación de Traballadores por Conta Propia da Comunidade de Galicia |
82.710,69 |
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Asociación Intersectorial e Interterritorial de Autónomos e Pequenas Empresas de Galicia |
91.630,00 |
