El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión celebrada el 15.1.2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«Primero. Aprobar la propuesta de suspensión cautelar de tramitación de instrumentos de planeamiento y otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos y edificación en el ámbito del plan especial de Labañou, según la delimitación grafitada en el plano número 1 adjunto, por el plazo máximo de un (1) año, con la finalidad de estudiar su modificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG/16), y en el artículo 86 de su reglamento de desarrollo.
La suspensión no afectará a las obras o actividades señaladas en el artículo 86.3 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que fue aprobado el reglamento de la Ley del suelo de Galicia (RLSG/16), para los casos en los que resulte de aplicación, ni a los usos y obras provisionales previstos en el artículo 89 de la LSG/16 (artículo 204 del RLSG/16).
Esta suspensión se extinguirá por el transcurso del plazo indicado o por la aprobación inicial de la modificación puntual, en cuyo caso entraría en vigor la suspensión prevista en el artículo 47.2 de la LSG/16.
Segundo. Publicar el acuerdo de suspensión en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia, así como en la sede electrónica del ayuntamiento.
Tercero. Notificar este acuerdo a los servicios y departamentos municipales implicados en la ejecución del planeamiento».
Contra este acuerdo cabe interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, un recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo máximo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se entienda procedente y sea conforme a derecho.
El plano y el resumen ejecutivo se pueden descargar de la web de Urbanismo www.coruna.gal/urbanismo, en el apartado de «Exposición pública» o del visor «Estado desarrollo PGOM 2013».
Lo anterior se publica para general conocimiento.
A Coruña, 4 de febrero de 2026
La alcaldesa
P.D. (Decreto 3531/2024, de 19 de junio;
BOP número 123, de 27 de junio)
Francisco Dinís Díaz Gallego
Concejal delegado responsable del Área de Urbanismo,
Rehabilitación y Vivienda
