En cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 274/2003, de 4 de junio, por el que se regula el procedimiento de obtención del permiso y concesión de actividad para los establecimientos de acuicultura y auxiliares de acuicultura en la zona terrestre, se hace público que, mediante la Resolución de 24 de febrero de 2026, se otorga un permiso de actividad para la puesta en funcionamiento del establecimiento de acuicultura en zona terrestre que a continuación se describe:
Titular del permiso de actividad: Consellería del Mar (S-1511001-H).
Plazo de otorgamiento: diez (10) años, prorrogables por iguales períodos, con carácter indefinido.
Tipo de establecimiento: criadero.
Localización: puerto de O Vicedo, ayuntamiento de O Vicedo (Lugo).
Especies autorizadas: almeja babosa (Venerupis corrugata), almeja fina (Ruditapes decussatus), almeja japonesa (Ruditapes philippinarum), ostra plana europea (Ostrea edulis), ostra rizada (Magallana gigas), berberecho (Cerastoderma edule), coquina (Donax trunculus), navaja (Ensis ensis) y muergo (Ensis siliqua).
Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2026
Isaac Miguel Rosón Sánchez-Brunete
Director general de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica
