El tribunal nombrado por la Resolución de 11 de abril de 2025 (DOG número 74, de 16 de abril) para calificar este proceso selectivo
ACORDÓ:
Primero. Como consecuencia de la estimación de un recurso de alzada presentado contra la Resolución de 8 de octubre de 2025 de este tribunal (DOG número 208, de 28 de octubre), y de conformidad con lo dispuesto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, se determina lo siguiente:
– Anular la pregunta número 15. En consecuencia, se valora la pregunta de reserva número 43.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, el ejercicio se cualificará de 0 a 30 puntos y para superarlo será preciso obtener un mínimo de 15 puntos, teniendo en cuenta que cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta. Las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.
Así pues y de conformidad con lo dispuesto en la citada base y en los criterios de corrección, valoración y superación del segundo ejercicio, aprobados por el tribunal en la sesión del día 30 de julio de 2025, en cumplimento de la potestad de determinación del criterio de superación del ejercicio, y publicados en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, se estableció que superarán el segundo ejercicio por el turno de promoción interna las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por 4 el número de plazas convocadas, siempre que alcancen el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
No obstante, de darse el caso de que el número de aspirantes que alcancen el mínimo del 50 % de las respuestas netas sea inferior al resultado de multiplicar por cuatro el número de plazas convocadas, superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta alcanzar dicha cifra, siempre que obtuviesen el mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Este ejercicio se cualificará de 0 a 30 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 15 puntos. Se asignará la valoración de 15 puntos a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 15 y los 30 puntos, proporcional al número de respuesta correctas. Las personas aspirantes que no alcancen 15 puntos no superan el segundo ejercicio y serán declaradas no aptas.
Tercero. Una vez hecha la corrección de los exámenes en la sesión de 19 de febrero de 2026, de acuerdo con los criterios anteriores, alcanzaron la puntuación mínima de 15 puntos un total de 13 aspirantes por el turno de promoción interna, fijándose en 16 el número de respuestas correctas para alcanzar dicha puntuación, una vez hechas las deducciones según lo establecido en la base II.1.1.2 da convocatoria. Asimismo, se acordó publicar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes que se presentaron al segundo ejercicio.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones en el plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de la convocatoria, contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 3 de marzo de 2026
Antonio Lamas Fernández
Presidente del tribunal
