DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 51 Martes, 17 de marzo de 2026 Pág. 18466

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 25 de febrero de 2026 por la que se convoca el Programa de avales para la adquisición de vivienda, y se da publicidad al convenio que se firmará entre este instituto y las entidades financieras para su concesión para la anualidad 2026 (código de procedimiento VI402B).

Advertidos errores en la referida resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 43, de 5 de marzo de 2026, es preciso realizar las siguientes correcciones:

En la página 16370, en el anexo II referido a las zonas territoriales de los ayuntamientos en los que se localiza la vivienda, se suprimen los ayuntamientos de Ferrol y Lugo de la relación correspondiente a la zona territorial 1, que queda de la siguiente manera:

«– Ayuntamientos correspondientes al ámbito territorial de precio máximo superior: comprende los ayuntamientos de A Coruña, Ferrol, Santiago de Compostela, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo.

– Ayuntamientos correspondientes a la zona territorial 1:

En la provincia de A Coruña: Ames, Ares, Arteixo, As Pontes de García Rodríguez, Betanzos, Boiro, Cambre, Carballo, Cee, Cedeira, Culleredo, Fene, Melide, Mugardos, Narón, Neda, Noia, Oleiros, Ordes, Oroso, Padrón, Pontedeume, Ribeira, Sada y Teo.

En la provincia de Lugo: Burela, Cervo, Chantada, Foz, Monforte de Lemos, Ribadeo, Sarria, Vilalba y Viveiro.

En la provincia de Ourense: Allariz, A Rúa, O Barco de Valdeorras, O Carballiño, Celanova, Ribadavia, Verín y Xinzo de Limia.

En la provincia de Pontevedra: A Estrada, A Illa de Arousa, Baiona, Bueu, Cambados, Cangas, Gondomar, Lalín, Marín, Moaña, Mos, Nigrán, O Grove, O Porriño, Poio, Ponteareas, Pontecesures, Redondela, Sanxenxo, Tui, Vilagarcía de Arousa y Vilanova de Arousa.

– Ayuntamientos correspondientes a la zona territorial 2: resto de municipios de la Comunidad Autónoma».

La publicación de esta corrección no modifica el plazo de presentación de solicitudes previsto en el ordinal sexto de esta resolución.