Aprobado el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) para el año 2026 por el Consejo Rector, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio, y los objetivos del Instituto de Economía Pública de Galicia (IEP), recogidos en el Protocolo entre la Consellería de Hacienda y Administración Pública y la Escuela Gallega de Administración Pública por el que se establecen los principios rectores y de funcionamiento de dicho instituto,
RESUELVO:
Convocar el foro de debate La reforma del sistema de financiación autonómica y sus posibilidades de mejora, de acuerdo con las bases que se indican a continuación:
Primera. Objetivos
El objetivo de este foro es el intercambio de ideas, opiniones y propuestas de mejora sobre un tema de actualidad como es la reforma del modelo de financiación autonómica.
Segunda. Personas destinatarias
Esta actividad está dirigida al personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica gallega, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de la Administración local; de la Administración de justicia; de las universidades del Sistema universitario de Galicia, así como a juristas, profesionales, alumnado universitario y personas interesadas en general.
Tercera. Desarrollo
Fecha: 7 de abril de 2026.
Modalidad: presencial.
Horario: de 12.30 a 14.30 horas.
Horas lectivas: 2.
Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP); calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.
Cuarta. Número de plazas
Número de plazas limitado a la capacidad del local.
Quinta. Inscripción
1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula>. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.
2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad, todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con lo requerido y establecido en la base segunda de esta resolución respecto de las personas destinatarias.
3. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar en el nombre del curso Foro de debate La reforma del sistema de financiación autonómica y sus posibilidades de mejora.
4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.
5. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 9.00 horas del primer día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.59 horas del día 2 de abril de 2026.
Podrá obtenerse cualquier otra información a través del correo electrónico <novas.egap@xunta.gal> o, de 9.00 a 14.00 horas, en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.
Sexta. Comprobación de datos
1. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para tramitar el procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se hubiese opuesto a ello.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través del correo electrónico <novas.egap@xunta.gal>.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.
4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.
Séptima. Criterios de selección
El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas, de acuerdo con lo establecido en las bases segunda y cuarta de esta resolución para las personas destinatarias y número de plazas, respectivamente.
Octava. Publicación de los listados de personas seleccionadas, en reserva y excluidas
1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal>> la relación de personas seleccionadas y, en su caso, los listados de reservas y de personas excluidas para participar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación, de acuerdo con el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. Expirado el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal>> el listado definitivo de personas admitidas en esta actividad. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde la citada publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Novena. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia
1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.
2. Renuncia:
a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia deberá ser comunicada a la mayor brevedad y, en todo caso y como máximo, el día 6 de abril de 2026, hasta las 11.00 horas, por correo electrónico dirigido a novas.egap@xunta.gal, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.
b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:
– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.
– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.
– Por razones de conciliación familiar.
– Por otras causas justificadas documentalmente.
3. La asistencia y la puntualidad:
a) Serán obligatorias la asistencia a la actividad formativa y la puntualidad.
b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.
c) Las faltas de asistencia:
c.1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas. En todo caso, estas faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado en la actividad formativa.
c.2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.
Décima. Certificado de asistencia oficial
Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula), a aquellas personas inscritas que hubieren asistido en un porcentaje igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la modalidad de desarrollo, la fecha y el lugar de realización de esta actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.
Undécima. Facultades de la EGAP
1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que pudieren surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, en cuyo caso se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.
2. La EGAP garantizará, en la acción derivada de esta convocatoria, la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.
Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2026
Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública
