DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Viernes, 20 de marzo de 2026 Pág. 18896

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

ORDEN de 10 de marzo de 2026 por la que se modifica la autorización del CPR Luis Vives, de Pontedeume (A Coruña).

La sociedad cooperativa gallega titular del centro privado (CPR) Luis Vives, de Pontedeume, denominada Colegio Luis Vives de Pontedeume, Sociedad Cooperativa Gallega, se transforma en sociedad de responsabilidad limitada con la denominación de Colegio LV Pontedeume, S.L., conforme consta en la escritura pública notarial de 5 de septiembre de 2025.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización del CPR Luis Vives, de Pontedeume, por la transformación de su titularidad en sociedad de responsabilidad limitada denominada Colegio LV Pontedeume, S.L.

La modificación de la titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Artículo 2. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de marzo de 2026

Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades
y Formación Profesional