DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Viernes, 20 de marzo de 2026 Pág. 18905

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

ORDEN de 13 de marzo de 2026 por la que se publica la ampliación de crédito de la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se modifica parcialmente la Orden de 8 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para el período 2025-2027 y se procede a la primera convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C para personas trabajadoras desempleadas, para los años 2025 y 2026, y se efectúa su segunda convocatoria para los ejercicios 2026 y 2027 (código de procedimiento TR301K).

La Orden de 8 de julio de 2025, publicada en el DOG núm. 130, de 9 de julio, estableció las bases reguladoras que regirán las convocatorias de subvenciones para impartir las acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C para personas trabajadoras desempleadas (código de procedimiento TR301K), para el período 2025-2027.

Su objeto es concretar las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirán, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, tanto las convocatorias públicas como la ejecución de las acciones formativas dirigidas prioritariamente a las personas trabajadoras desempleadas, gestionadas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, a través de sus departamentos territoriales.

Posteriormente, mediante la Orden de 29 de diciembre de 2025, publicada en el DOG núm. 7, de 13 de enero, se modificó parcialmente la Orden de 8 de julio de 2025 y se realizó la segunda convocatoria de subvenciones para los ejercicios 2026 y 2027.

En el segundo párrafo del artículo 4.3, la Orden de 29 de diciembre de 2025 establece que se podrá ampliar la cuantía máxima de los créditos disponibles para esta convocatoria. El incremento de crédito estará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito a consecuencia de una generación, ampliación, incorporación de crédito o de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

Dado el elevado volumen de solicitudes presentadas y resueltas, y a los efectos de dar respuesta a la demanda de formación adaptada a las necesidades de las personas trabajadoras desempleadas que permita incrementar su empleabilidad, es necesario ampliar, con crédito incorporado, el importe de los créditos destinados a la segunda convocatoria de subvenciones para la financiación de las acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C para personas trabajadoras desempleadas (código de procedimiento TR301K) para el período 2026-2027.

Consecuentemente, con todo lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero (DOG núm. 23, de 21 de marzo, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único. Ampliación de crédito

Se amplía, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 29 de diciembre de 2025, el importe total de los créditos destinados a la segunda convocatoria de subvenciones para la financiación de las acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C para personas trabajadoras desempleadas (código de procedimiento TR301K), para el período 2026-2027, con créditos procedentes de una incorporación de fondos finalistas, en las cuantías y en las aplicaciones y proyectos que a continuación se relacionan:

Crédito

Aplicación

Importe

Importes totales

2026

2027

Inicial

14.03.323A.460.1

1.564.514,00 €

567.000,00 €

2.131.514,00 €

14.03.323A.471.0

21.088.868,00 €

7.363.000,00 €

28.451.868,00 €

14.03.323A.481.0

7.346.618,00 €

2.070.000,00 €

9.416.618,00 €

Crédito inicial

30.000.000,00 €

10.000.000,00 €

40.000.000,00 €

Ampliación

14.03.323A.460.1

1.400.000,00 €

-

1.400.000,00 €

14.03.323A.471.0

15.400.000,00 €

-

15.400.000,00 €

14.03.323A.481.0

3.200.000,00 €

-

3.200.000,00 €

Ampliación de crédito

20.000.000,00 €

-

20.000.000,00 €

Crédito total (inicial + ampliación)

50.000.000,00 €

10.000.000,00 €

60.000.000,00 €

Disposición final. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de marzo de 2026

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración