DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Martes, 31 de marzo de 2026 Pág. 20649

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2026, del Departamento Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de O Porriño (expediente IN407A 2023/520-4).

Expediente: IN407A 2023/520-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMTS ATI731-ATI724, CS en la travesía Matadero y sustitución del apoyo A3RQ6DEB en la ATI724.

Ayuntamiento: O Porriño.

Hechos:

1. El 29.11.2023, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada LMTS ATI731-ATI724, CS en la travesía Matadero y sustitución del apoyo A3RQ6DEB en la ATI724.

La solicitud incluye el proyecto de ejecución firmado por la ingeniera técnica industrial Herminia López Caamaño, colegiada 4598 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Vigo, en el que figura un presupuesto total de 112.748,83 euros.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad soterrar un tramo de la línea de media tensión aérea (LMTA) ATI724 debido a su mal estado. Para ello están previstas las siguientes actuaciones en el lugar de A Relva (parroquia de Torneiros), en la travesía Matadero y en la calle Manuel Rodríguez, en el ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra):

Desmontaje de los tramos ATI7240295, ATI7240277, ATI7240309, ATI7240306 y ATI7240308, de un total de 1038 metros entre los apoyos A3NB0XEU//A3ENA9ID3 y A3RQ6DEB//A3RQ6DEB.

Desmontaje del tramo ATI7240307, de 12 metros de longitud, que alimenta el centro de transformación Frigolouro (36PB94). Este centro de transformación estará alimentado por el empalme que se realizará en el centro de seccionamiento proyectado.

Retirada de los siguientes apoyos: A3OHEU84//A3OHEU84, A3OSMHXA//A3OSMHXA, A3OXUL5V//A3OXUL5V, A3PACRS1//A3PACRS1, A3PN3BLB//A3PN3BLB, A3R0PBP2//A3R0PBP2 y A3RQ6DEB//A3RQ6DEB.

Desmontaje del reconectador 36HSC0 y del XS 36H608.

Desmontaje del tramo ATI7240304 de línea de media tensión subterránea (LMTS) de 9 metros.

Se proyecta un apoyo C-4500/16 en sustitución del apoyo A3RQ6DEB//A3RQ6DEB.

Retensado de los tramos ATI7240305 y ATI7240308 de doble circuito de conductor LEC-80.

Se proyecta un centro de seccionamiento compacto de maniobra exterior 3L+TT, con las dos celdas de salida telecontroladas vía GPRS/3G, en envolvente prefabricada de hormigón que se situará en la travesía Matadero, núm. 6, en la parcela con referencia catastral 1279004NG3617N0001WT.

Se proyecta, en dos actuaciones, una línea de media tensión subterránea (LMTS) de 398 metros para alimentar al centro de seccionamiento proyectado.

Se proyecta, en dos actuaciones, una LMTS de 40 metros para alimentar al centro de transformación Conf. Hidrográfica Pontenova (36PKC2).

2. Este departamento territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de O Porriño, ADIF, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), la Demarcación de Carreteras del Estado y la Confederación Hidrográfica Miño-Sil. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados emitidos.

3. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la Resolución de 27.12.2023, publicada en los siguientes medios:

DOG (Diario Oficial de Galicia): 29.1.2024.

Periódico Faro de Vigo: 19.1.2024.

Tablón de anuncios del Ayuntamiento de O Porriño, desde el 8.1.2024 hasta el 16.2.2024, según el certificado emitido por el propio Ayuntamiento.

Portal de transparencia y gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

Durante este trámite no se recibieron alegaciones.

4. El 5.8.2024, este departamento territorial, de acuerdo con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, informó a las personas afectadas por la declaración, en concreto, de utilidad pública de que disponían de un período de 15 días hábiles para presentar alegaciones y los documentos y justificaciones pertinentes.

Como no fue posible efectuar la notificación a todas las personas afectadas, este departamento publicó los correspondientes anuncios en el Diario Oficial de Galicia de 26.3.2025 y en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado de 29.3.2025, con el fin de realizar la notificación por comparecencia.

Durante este trámite no se recibieron alegaciones.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El Departamento Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

2. La legislación de aplicación al presente expediente es:

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.

• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

• Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

3. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 15 kV, con conductor RHZ1, de 199 metros longitud, con origen en la LMTA ATI7240298 en el apoyo A3NB0XEU//A3ENA9ID3 y final en el centro de seccionamiento (CS) proyectado.

LMTS a 15 kV, con conductor RHZ1, de 199 metros longitud, con origen en el centro de seccionamiento proyectado y final en la LMTA ATI7240286 en el apoyo A3NB0XEU//A3ENA9ID3.

LMTS a 15 kV, con conductor RHZ1, de 14 metros de longitud, con origen en la LMTS existente ATI7310802, en la arqueta existente en la calle Manuel Rodríguez, y final en la LMTS existente ATI7240304, en la arqueta existente situada en la calle Manuel Rodríguez.

LMTS a 15 kV, con conductor RHZ1, de 26 metros de longitud, con origen en la LMTA ATI7240287 en el apoyo A3URFGEK//A3URFGEJ, en la calle Manuel Rodríguez y final en la LMTS existente ATI310802, en la arqueta existente en la calle Manuel Rodríguez.

Centro de seccionamiento (CS) compacto de maniobra exterior, 3L+TT, con las dos celdas de salida telecontroladas vía GPRS/3G, en envolvente prefabricada de hormigón, situado en la parcela con referencia catastral 127004NG3617N0001WTT, en la travesía Matadero 6.

Sustitución del apoyo A3RQ6DEB//A3RQ6DEB por un apoyo C4500/16 y retensado de los vanos contiguos al apoyo proyectado del doble circuito ATI7240305 y ATI7240308 (95 metros de conductor LAC-80).

La instalación está situada en A Relva (parroquia de Torneiros), en la travesía Matadero y en la calle Manuel Rodríguez, en el ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

RESUELVO:

1. Otorgar a la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada LMTS ATI731-ATI724, CS en la travesía Matadero y sustitución del apoyo A3RQ6DEB en la ATI724 (expediente IN407A 2023/520-4).

2. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación eléctrica, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada e de acuerdo con las siguientes condiciones:

1. Las características de la instalación se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a los condicionados técnicos impuestos por las administraciones públicas, organismos o empresas que presten servicios públicos o de interés económico general, en lo relativo a los bienes y derechos de su propiedad que se encuentren afectados por la instalación, en especial los relativos a las distancias de seguridad, cruces y paralelismos prescritos por la normativa vigente.

2. La empresa promotora asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

3. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular cuanto establecen el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

4. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para la ejecución. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 y se deroga el Reglamento (UE) 517/2014 (DOUE núm. 573, de 20 de febrero), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

Una vez constituidas estas instalaciones, la empresa promotora deberá presentar la solicitud de autorización de explotación ante este departamento territorial acompañada de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.

• Un certificado dirección final de obra en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución podrá dar lugar a su revocación, previa audiencia a la promotora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 20 de febrero de 2026

Beatriz López del Olmo
Directora territorial de Pontevedra

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados-Ayuntamiento de O Porriño

Núm.

Lugar

Cultivo

Referencia catastral

Titular

Apoyo

m2

CS m2

Afecciones

ml sub.

m2 sub.

3

Plateiro

Urbana

1279004NG3617N0001WT

Industrias Frigoríficas del Louro, S.A.

13,78

109,94

231,78

4

Ribeira

Urbana

36039A009005090000DY

Desconocido/a

1,69