Jesús González Castro, con DNI 33668560X y nacido en Ourol (Lugo) el 21 de septiembre de 1926, falleció el 10 de septiembre de 2015 en Burela (Lugo), con último domicilio, según el padrón municipal de habitantes, en el lugar de O Goio, Ourol, datos que figuran comprobados, junto con el de su vecindad civil gallega en el Informe preliminar, de 12 de marzo de 2026, del Servicio de Protección y Defensa Patrimonial de la Subdirección General del Patrimonio. Dicho informe fue emitido después de la realización de las actuaciones previas que llevan a considerar procedente la apertura del procedimiento administrativo para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de la persona causante, por la presunta ausencia de otros herederos con pleno derecho a suceder preferente al de la Administración autonómica, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2006, de derecho civil de Galicia.
Según lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Simplificación Administrativa y del Patrimonio en el artículo 4 de la Ley 6/2023, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en su título III, así como en los artículos 14 y 16 del Decreto 141/2024, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVO:
Primero. Incoar el procedimiento para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Jesús González Castro.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Área Temática de Patrimonio, Anuncios, que se podrá consultar en el siguiente enlace: http://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios
Tercero. Remitir la presente resolución a los ayuntamientos de Ourol, Viveiro y Burela, así como a cualquier otro en el que durante la instrucción de este procedimiento se detecten bienes de la persona causante, para su exposición pública en su tablón de anuncios, durante un plazo no inferior a treinta (30) días naturales.
El plazo máximo ordinario para resolver este procedimiento es de un año a contar desde la fecha de adopción de la presente resolución.
Con anterioridad a la resolución del procedimiento, cualquier persona interesada podrá presentar alegaciones o aportar documentos y otros elementos de juicio que considere oportunos, que se dirigirán a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de Simplificación Administrativa y del Patrimonio, Subdirección General del Patrimonio, código de expediente ABI/2018/0065, calle Pastoriza, 8, 15781 Santiago de Compostela.
Con arreglo a lo previsto en el artículo 112.1, párrafo segundo, de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, contra la presente resolución no se podrá interponer recurso administrativo, sin perjuicio de que las alegaciones de oposición que se presenten a este acto de trámite sean objeto de consideración, si procede, en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Santiago de Compostela, 13 de marzo de 2026
José María Barreiro Díaz
Director general de Simplificación Administrativa y del Patrimonio
