DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Martes, 7 de abril de 2026 Pág. 21558

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de marzo de 2026, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución relativa al deslinde de los montes vecinales en mano común Portela, Serra de Pitós y Revolta, en el ayuntamiento de Muíños, y una propiedad particular.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del MVMC Portela, Serra de Pitós y Revolta, perteneciente a la CMVMC de la parroquia de Requiás, en el ayuntamiento de Muíños, y una propiedad particular, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 29.9.2023, la CMVMC de la parroquia de Requiás presentó un escrito (Rexel 2023/2657986) en el que solicita la aprobación de un deslinde con 3 propiedades particulares. Con dicha solicitud presentaba, entre otros, los siguientes documentos:

– Acta de la asamblea general en la que se autorizó el deslinde.

– Certificaciones catastrales y/o del padrón de IBI rústica de las parcelas núm. 1460, 1461 y 1466 del polígono 73.

Segundo. El 3.11.2023 el Servicio de Montes de Ourense emitió un informe favorable al considerar que no existe una afección significativa sobre la integridad territorial del monte.

Tercero. El 20.11.2023 se publicó en el DOG el anuncio por el que se hacía pública la propuesta de deslinde y se abría el período de alegaciones; anuncio que también se remitió al Ayuntamiento de Coles a efectos de su publicación en el tablón de anuncios.

Cuarto. El 15.7.2024, la CMVMC de la parroquia de Requiás presentó una solicitud complementaria (Rexel 2024/2218328) en la que instaba la continuación (parcial) del procedimiento, presentando la siguiente documentación:

• Acta de conciliación levantada el 22.6.2024, en el Juzgado de Paz de Muíños.

Quinto. El Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense emitió un informe favorable el día 22 de septiembre de 2025 en relación con la citada solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La presente resolución se dicta al amparo del artículo 54 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segunda. El artículo 54 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento que se debe seguir en el deslinde de montes vecinales con propiedades particulares. Y establece que en el caso de informe favorable, una vez ratificado el deslinde provisional por la asamblea general, se dará traslado al Jurado Provincial de los acuerdos alcanzados y, al menos, de la siguiente documentación: acta del deslinde, memoria descriptiva con planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado de paz o de primera instancia correspondiente y certificaciones de aprobación por parte de la comunidad. El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común dictará la resolución aprobatoria del deslinde y la notificará a las personas interesadas. Dicha resolución será publicada en el Diario Oficial de Galicia.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 22 de septiembre de 2024, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó, por unanimidad, el día 23 de febrero de 2026:

Aprobar el acto de conciliación acordado entre el MVMC Portela, Serra de Pitós y Revolta, perteneciente a la CMVMC de la parroquia de Requiás, en el ayuntamiento de Muíños, y una propiedad particular.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 17 de marzo de 2026

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense