DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Lunes, 13 de abril de 2026 Pág. 22364

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social e Igualdad

RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2026, del Departamento Territorial de Lugo, por la que se procede a la publicación del requerimiento de subsanación de documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, para las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento SI449B).

En el Diario Oficial de Galicia núm. 26, de 9 de febrero de 2026, se publica la Orden de 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, para las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento SI449B).

A través de dicha Orden se convocan las subvenciones destinadas a las asociaciones de madres y padres de alumnado (AMPA) y a las federaciones o confederaciones de AMPA de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia para la siguiente línea de actuación: Actividades de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y rechazo de la violencia contra las mujeres (SI449B).

El plazo y la forma de presentación de las solicitudes están regulados en el artículo 7 de la Orden de 22 de diciembre de 2025. Asimismo, en el artículo 8 se determina la documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.

Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden en el procedimiento SI449B correspondientes a la provincia de Lugo por la unidad de Igualdad del Departamento Territorial de Lugo tramitadora y encargada de su instrucción, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores, o bien por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos, procediendo a la emisión del requerimiento de la correspondiente subsanación en el plazo de diez días hábiles desde su notificación al amparo de lo dispuesto en el artículo 12.1.

El párrafo segundo de dicho artículo 12.1 de la Orden de 22 de diciembre de 2025 dispone que por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el requerimiento de subsanación de las solicitudes se publicará en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del requerimiento de subsanación de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, para las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento SI449B), correspondientes a la provincia de Lugo emitido el 30 de marzo de 2026, por no estar debidamente cumplimentadas y/o no adjuntar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras y que figura en el anexo de esta resolución (anexo: requerimiento de subsanación de documentación-SI449B 2026).

2. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes que figuran en el anexo de esta resolución de que son requeridas para que en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en esta resolución, con la advertencia de que, de no hacerlo, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, después de que se dicte la oportuna resolución al amparo del artículo 21 de dicha ley.

3. Informar a las personas interesadas de que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de las bases reguladoras, la presentación de la documentación requerida debe ser realizada electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

En la sede electrónica de la Xunta de Galicia están disponibles los modelos normalizados de los anexos relativos al procedimiento SI449B-Ayudas económicas a las AMPA destinadas a la promoción de la igualdad entre homes y mujeres y la prevención y lucha contra la violencia hacia las mujeres-Sede electrónica-Xunta de Galicia.

4. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de subsanación de documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a las unidades de Igualdad del Departamento Territorial de Lugo de la Consellería de Política Social e Igualdad a través del teléfono indicado en el artículo 25 de la convocatoria (Lugo: 982 29 43 55), o presencialmente.

Lugo, 31 de marzo de 2026

Óscar Viñas Penelas
Director territorial de Lugo

ANEXO

Requerimiento de subsanación de documentación (SI449B 2026)

Asunto: Requerimiento de subsanación de solicitudes relacionadas a continuación por no estar debidamente cumplimentadas y/o no aportar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras.

Fecha del requerimiento: 30 de marzo de 2026.

Efectos: en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, es necesario subsanar el error o aportar los documentos preceptivos que figuran en la relación, con la advertencia de que, de no hacerlo, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, después de que se dicte la oportuna resolución al amparo del artículo 21 de dicha ley.

Órgano instructor: unidad de Igualdad del Departamento Territorial de Lugo de la Consellería de Política Social e Igualdad.

Relación de solicitudes sujetas a subsanación de documentación:

de expediente

Entidad

NIF

Documentación requerida

SI449B-2026-00000055-02

ANPA Sagrado

Corazón

G27019256

Anexo II debidamente firmado

SI449B-2026-00000020-02

APA CPI Dr. López Suárez de Friol

G27328483

Anexo II debidamente firmado

SI449B-2026-00000030-02

Asociación de Familias Esteo

G27125020

Anexo III debidamente cumplimentado y firmado.

No se valorará ninguna memoria complementaria (artículo 8.1.b)

SI449B-2026-00000006-02

ANPA Librín EEI San Roque

G56465917

Acreditar la representación fehaciente por cualquier medio válido en derecho

Anexo III

Punto 1: describir detalladamente las actividades e incluir los mensajes y/o lemas y explicar la manera de transmitirlos.

Punto 2: revisar y modificar fechas de inicio y de fin de la realización

SI449B-2026-00000019-02

APA do Colexio Público de Castroverde

G27022219

Anexo II debidamente cumplimentado y firmado

SI449B-2026-00000023-02

A Pedrosa Latas APA Cillero de Viveiro

G27019058

Anexo I: indicar el coste total de la actuación

Anexo III: se deberá cumplir el artículo 5.1: como mínimo una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias

SI449B-2026-00000038-02

ANPA CEP Lois Tobío

G01799410

Acreditar la representación fehaciente por cualquier medio válido en derecho

SI449B-2026-00000043-02

Federación de

Asociacións de pais de alumnos Colexios de EGB, BUP e COU

G27043389

Anexo I: indicar el importe de la subvención solicitada

Anexo III Punto 1: describir detalladamente las actividades e incluir los mensajes y/o lemas y explicar la manera de transmitirlos

SI449B-2026-00000049-02

ANPA CEIP San Miguel

G27226257

Anexo II debidamente firmado

SI449B-2026-00000050-02

ANPA CPR Cervantes

G27150754

Acreditar la representación fehaciente por cualquier medio válido en derecho

SI449B-2026-00000051-02

ANPA CEIP San Xoán

G27303429

Anexo II Punto 4 de la certificación: debidamente cumplimentado

SI449B-2026-00000056-02

APA Grupo Escolar Quiroga Ballesteros

G27120070

Anexo II Punto 4 de la certificación: debidamente cumplimentado

SI449B-2026-00000060-02

ANPA Santo Estevo

G27201037

Acreditar la representación fehaciente por cualquier medio válido en derecho

Anexo III: se deberá cumplir el artículo 5.1: como mínimo una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias

SI449B-2026-00000061-02

APA do Col Nal Mixto Comarcal de Abadín

G27133602

Anexo III Punto 1: describir detalladamente las actividades e incluir los mensajes y/o lemas y explicar la manera de transmitirlos