DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Jueves, 16 de abril de 2026 Pág. 23187

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2026 por la que se amplía el crédito presupuestario existente para la concesión de las ayudas previstas en la Resolución de 10 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión das ayudas VInnovate Galicia al amparo de la segunda convocatoria del mecanismo de financiación interregional VInnovate, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco do programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento IN848G).

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El 12 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 176 la Resolución de 10 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas VInnovate Galicia al amparo de la segunda convocatoria del mecanismo de financiación interregional VInnovate, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento IN848G); corrección de errores, DOG núm. 181 de 19 de septiembre de 2025; modificada por Resolución de 8 de enero de 2026 (DOG núm. 10, de 16 de enero).

Conforme al artículo 7 de la citada resolución, relativo a la financiación, las subvenciones se imputarán al capítulo VII del presupuesto de la Agencia Gallega de Innovación en las aplicaciones presupuestarias que se indican en este artículo.

Aplicación

2026

2027

2028

Total

07.A2.561A.770.0

(CP: 2023-00007)

400.000 €

400.000 €

200.000 €

1.000.000 €

Total

400.000 €

400.000 €

200.000 €

1.000.000 €

El apartado 2 del citado artículo establece que podrán ampliarse los créditos destinados a esta convocatoria después de la declaración de disponibilidad de crédito como consecuencia de las circunstancias establecidas en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y, en su caso, tras la aprobación presupuestaria que proceda.

Según añade el artículo 30.2 del mismo reglamento, el órgano competente para la concesión deberá publicar la ampliación de crédito en los mismos medios en los que publicó la convocatoria, sin que esta publicación implique la apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazos para resolver.

Una vez evaluadas las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria, y constatado que el crédito inicialmente consignado resulta insuficiente para atender la totalidad de las solicitudes que cumplen los requisitos establecidos, y cumpliéndose lo establecido en los mencionados artículos 7.2 de la Resolución de 10 de septiembre de 2025 y 30.2 del reglamento de subvenciones, se considera procedente ampliar el crédito inicialmente previsto en un importe de trescientos cincuenta y cuatro mil ochocientos diecinueve euros con cinco céntimos (354.819,05 €), con el objeto de dar cobertura a la totalidad de las solicitudes evaluadas favorablemente.

De acuerdo con lo anterior, una vez declarada la disponibilidad de crédito, tras la propuesta del director del Área de Gestión, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y su reglamento, Decreto 11/2009, de 8 de enero, en uso de las competencias atribuidas,

RESUELVO:

Primero. Ampliar el importe total del crédito destinado a las ayudas establecidas en la Resolución de 10 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas VInnovate Galicia al amparo de la segunda convocatoria del mecanismo de financiación interregional VInnovate, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento IN848G), por un importe de 354.819,05 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 07.A2.561A.770.0 (CP: 2023-00007).

Esta ampliación de los créditos de la convocatoria se tramita de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Resolución de 10 de septiembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas VInnovate Galicia y en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Una vez efectuada esta ampliación, el crédito total destinado a estas ayudas asciende a un millón trescientos cincuenta y cuatro mil ochocientos diecinueve euros con cinco céntimos (1.354.819,05 €) distribuido como sigue:

Aplicación

2026

2027

2028

Total

07.A2.561A.770.0

(CP: 2023-00007)

705.899,35 €

538.979,22 €

109.940,48 €

1.354.819,05 €

Total

705.899,35 €

538.979,22 €

109.940,48 €

1.354.819,05 €

Segundo. La publicación de esta resolución no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final única

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de abril de 2026

Carmen Cotelo Queijo
Directora de la Agencia Gallega de Innovación