DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Martes, 21 de abril de 2026 Pág. 24091

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 10 de abril de 2026 por la que se convoca una edición del curso para obtener la titulación náutica de patrón/ona de navegación básica dirigido a personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Advertidos errores en la citada resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia, núm. 69, de 15 de abril de 2026, es necesario hacer las siguientes correcciones:

En la página 22980, 22981, en la base octava, donde dice:

«Octava. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se relacionan y en el orden indicado, sin perjuicio de que algunos cursos requieran criterios específicos, los cuales se indicarán en la ficha de cada acción formativa concreta publicada en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.gal

1º. De acuerdo con el artículo 155 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas en las que las mujeres estén infrarrepresentadas, organizados o financiados por la Administración general o una entidad del sector público autonómico de Galicia, se reservará un 50 % de las plazas para mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. Las mujeres solo accederán a este turno reservado una vez cubiertas todas las plazas del turno no reservado.

2º. Tendrán preferencia las personas con residencia en la provincia donde se realice el curso.

3º. Si después de aplicar los criterios anteriores hay empate, tendrán preferencia las personas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años y, si el empate persistiese, tendrán preferencia las personas que cronológicamente hubieran solicitado la realización de los cursos con anterioridad.

4º. Se admitirá como máximo una persona aspirante por cada AVPC. En caso que después de realizar la selección de solicitudes quedasen plazas vacantes, se admitirá una nueva aspirante por cada AVPC, y así sucesivamente hasta completar la totalidad de las plazas convocadas».

Debe decir:

«Octava. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se relacionan y en el orden indicado, sin perjuicio de que algunos cursos requieran criterios específicos, los cuales se indicarán en la ficha de cada acción formativa concreta publicada en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.gal

1º. De acuerdo con el artículo 155 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas en las que las mujeres estén infrarrepresentadas, organizados o financiados por la Administración general o una entidad del sector público autonómico de Galicia, se reservará un 50 % de las plazas para mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. Las mujeres solo accederán a este turno reservado una vez cubiertas todas las plazas del turno no reservada.

2º. Si después de aplicar los criterios anteriores hay empate, tendrán preferencia las personas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años y, si el empate persistiese, tendrán preferencia las personas que cronológicamente hubieran solicitado la realización de los cursos con anterioridad.

3º. Se admitirá como máximo una persona aspirante por cada AVPC. En caso que después de realizar la selección de solicitudes quedasen plazas vacantes, se admitirá una nueva aspirante por cada AVPC, y así sucesivamente hasta completar la totalidad de las plazas convocadas».