De fecha 16.2.2026 se ha dictado resolución con el número 382/2026, relativa al asunto de aprobación inicial del Plan Especial de Dotaciones e Infraestructuras para Instalaciones deportivas en Morás. (Expediente 7/2018.PEDI), donde se resuelve:
PRIMERO. Avocar la competencia asumida por la Junta de Gobierno Local, en virtud de lo dispuesto en la Resolución de esta alcaldía de delegación de competencias de 19.6.2023, para conocer del procedimiento de aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del plan general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización, hoy en concreto el contenido en el expediente 2019/U035/00003, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real decreto 2868/1986, de 28 de noviembre.
SEGUNDO. Asumir la competencia para conocer del procedimiento 2019/U035/000003 por esta alcaldía presidencia.
TERCERO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la provincia, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
CUARTO. Notificar la presente resolución a los interesados en el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
QUINTO. Dar cuenta de la presente resolución a la Junta de Gobierno Local, en la siguiente sesión que se celebre.
SEXTO. Aprobar inicialmente el Plan Especial de Dotaciones e Infraestructuras para instalaciones deportivas en Morás, presentado el día 10.2.2026 (202699900001381), para su aprobación inicial por la entidad Fernández Carballada y Asociados, S.L.P., y firmado por los arquitectos Álvaro Fernández Carballada, Beatriz Aneiros Filgueira y Laura Fernández Suárez, que sustituye al presentado el día 12.1.2026.
SÉPTIMO. Abrir un período de información pública durante el plazo de dos meses, mediante anuncio en el Diario Oficial de Galicia y se anunciará, además, en uno de los periódicos de mayor difusión en la provincia. Durante dicho período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo u obtener copias para que se presenten las alegaciones que se estimen pertinentes, estando a disposición de los interesados en la sede electrónica de este ayuntamiento.
OCTAVO. Suspender el otorgamiento de las licencias en las áreas afectadas por la aprobación del Plan especial, que abarca la totalidad del ámbito de actuación del plan que está determinado en el documento denominado resumen ejecutivo y tendrá una duración de dos años, a contar desde la aprobación inicial, extinguiéndose, en cualquier caso, con la aprobación definitiva del Plan especial.
Esta suspensión no será de aplicación:
– A las obras de mantenimiento, conservación y reforma, salvo en el caso de obras de rehabilitación integral que sean equiparables a la reconstrucción total del edificio, no justificadas en razones de urgencia o que supongan un aumento del volumen edificado.
– A las licencias de primera ocupación.
– A los proyectos que cumplan simultáneamente el PGOM en vigor y el Plan especial en tramitación, siempre que este hubiera sido aprobado inicialmente.
– A los actos sujetos al trámite de comunicación previa, siempre y cuando se trate de obras o actos para la implantación de usos o actividades autorizados en el Plan especial.
NOVENO. Notificar individualmente el trámite de información pública a todas las personas titulares catastrales de los terrenos afectados.
DÉCIMO. Solicitar a las administraciones afectadas por su competencia sectorial para que emitan el correspondiente informe a los efectos regulados en la legislación sectorial:
– Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
– Agencia Gallega de Infraestructuras.
– Augas de Galicia.
– Patrimonio Cultural.
– Ministerio de Transformación Digital y Administración Pública (telecomunicaciones).
Los informes sectoriales autonómicos habrán de ser emitidos en el plazo máximo de tres meses, transcurrido el cual se entenderán emitidos con carácter favorable.
Deben actualizarse aquellos informes de las empresas suministradoras susceptibles de actualización.
Dando cumplimiento a los apartados tercero y séptimo, se publica anuncio en el Boletín Oficial de A Coruña, en el Diario Oficial de Galicia y en El Ideal Gallego.
Dando cumplimiento a los apartados cuarto y noveno, se ha intentado la notificación a todos los titulares catastrales, a excepción de:
1. Parcelas en investigación.
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Referencia catastral |
Titular |
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15005A069001570000PB |
En investigación |
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15005A069001610000PY |
En investigación |
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15005A069001620000PG |
En investigación |
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15005A069001630000PQ |
En investigación |
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15005A069001640000PP |
En investigación |
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15005A077000180000PO |
En investigación |
2. Titulares con dirección desconocida:
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Referencia catastral |
Titular |
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15005A077000720000PA |
Campelo Cereijo José |
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15005A077000370000PA |
Casas Pombo Carmen |
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15005A077000190000PK |
Ferreiro Fernández Pilar |
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15005A069001630000PQ |
Iglesias Blanco Dolores |
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15005A077000100000PY |
Iglesias Puente Domingo |
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15005A077000220000PK |
Iglesias Sánchez José |
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15005A077000490000PM |
Iglesias Viñas Manuel |
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15005A077000270000PJ |
López Trigo Pedro, hros. |
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15005A077000130000PP |
Martínez Domingo |
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15005A077000250000PX |
Martínez Orgeira José, hros. |
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15005A077000260000PI |
Martínez Orjeira Jesús |
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15005A077000670000PH |
Pardo Orjeira José, hros. |
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15005A077000090000PQ - 15005A077000230000PR |
Pombo Capelán Manuel, hros. |
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15005A077000320000PS |
Viñas Bermúdez Carmen hros. |
Dando cumplimiento al apartado quinto, se ha dado cuenta de la resolución a la Junta de Gobierno Local celebrada el miércoles 25 de febrero de 2026.
Arteixo, 2 de marzo de 2026
El alcalde
P.D. (Decreto 1243/2025, de 8 de mayo)
Luis Alberto Castro Calvete
Concejal delegado de Urbanismo
