El Departamento Territorial de Ourense de la Consellería de Economía e Industria da a conocer que el Ayuntamiento de Ourense ha solicitado la ampliación de la condición minero-medicinal y termal de las aguas procedentes de los manantiales Burgas de Arriba núm. 75.1 y Burgas de Abaixo núm. 75.2 a las aguas que brotan en la captación O Fervedoiro núm. 75.3, situada en el lugar con las coordenadas (ETRS89, huso 29) X=593.476,7 Y=4.687.545,6, propiedad de dicha entidad local.
Lo que se hace público según lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales, de manantial y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en el artículo 4 del Decreto 402/1996, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de aprovechamiento de las aguas minero-medicinales, termales y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Ourense, 4 de marzo de 2026
Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense
