DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Martes, 5 de mayo de 2026 Pág. 26611

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2026, del Departamento Territorial de Pontevedra, de declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Redondela (expediente IN407A 2023/519-4).

Expediente: IN407A 2023/519-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMTS y sustitución CT Chapela, 1 (36C937) por CTC.

Ayuntamiento: Redondela.

Hechos:

1. El 27.11.2023, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica denominada LMTS y sustitución CT Chapela, 1 (36C937) por CTC.

2. El expediente fue tramitado según el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

Tras la tramitación correspondiente, el 25.10.2024, el Departamento Territorial de Pontevedra de la Consellería de Economía e Industria dictó una resolución de autorización administrativa previa y de autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica en el ayuntamiento de Redondela (expediente IN407A 2023/519-4), publicada en el Diario Oficial de Galicia de 21.11.2024, con las siguientes características técnicas:

– Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 15 kV, con conductor RHZ1 en tres actuaciones. La primera es de 9 metros, con origen en la LMTS RED7140277 y final en el centro de transformación proyectado. La segunda es de 9 metros, con origen en la LMTS TRO7210370 y final en el centro de transformación proyectado. La tercera es de 9 metros, con origen en la LMTS TRO7181882 y final en el centro de transformación proyectado.

– Centro de transformación compacto a 630 kVA, con relación de transformación 15 kV/400 V, situado en las parcelas con referencias catastrales 7195010NG2779N0001RP y 7195023NG2779N0001WP, junto al número 173, en la avenida Vigo, Chapela.

– Retirada del centro de transformación tipo palomar Chapela, 1 (36C937).

– La instalación está situada en Laredo, en Chapela, en el ayuntamiento de Redondela (Pontevedra).

3. El 24.6.2025, por problemas de permisos, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la declaración de utilidad pública para la instalación LMTS y sustitución CT Chapela, 1 (36C937) por CTC (expediente IN407A 2023/519).

4. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la Resolución de 28.8.2025, publicada en los siguientes medios:

– DOG (Diario Oficial de Galicia): 18.9.2025.

– Periódico Faro de Vigo: 19.9.2025.

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Redondela desde el 8.9.2025 hasta el 28.10.2025, según certificado emitido por el propio ayuntamiento.

– Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

Durante este trámite no se recibieron alegaciones.

4. Como no fue posible efectuar la notificación de este procedimiento a las personas afectadas por la declaración, en concreto, de utilidad pública, este departamento publicó los correspondientes anuncios en el Diario Oficial de Galicia de 5.9.2025 y en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado de 11.9.2025, con fines de realizar la notificación por comparecencia.

Durante este trámite no se recibieron alegaciones.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El Departamento Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero).

2. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

Conforme a lo indicado,

RESUELVO:

1. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación eléctrica, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

2. La empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

3. El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución podrá dar lugar a su revocación, previa audiencia a la promotora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

4. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 9 de abril de 2026

Beatriz López del Olmo
Directora territorial de Pontevedra

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados-Ayuntamiento de Redondela

Lugar

Terreno

Referencia catastral

Titular

CT (m²)

1

Av. Vigo-Chapela

Urbano

7195023NG2779N0001WP

Desconocido/a

11,00