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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Jueves, 7 de mayo de 2026 Pág. 27043

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Arteixo (expediente IN407A 2023/195-1).

Expediente: IN407A 2023/195-1.

Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: LMT, CT y RBT lugar de Casanova.

Ayuntamiento: Arteixo.

Hechos:

1. El día 12.4.2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada, con el objeto de mejorar la calidad del suministro de energía eléctrica en los lugares de Santaia do Igrexario y Casanova.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada, presentan el proyecto de ejecución denominado LMT, CT y RBT en el lugar de Casanova, firmado el día 15.11.2022 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, con número de colegiado 2.980 de Vigo.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo de 12.7.2023 publicado en los siguientes medios:

• Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

• DOG: 7.8.2023.

• BOP: 19.7.2023.

• Periódico La Voz de Galicia: 9.8.2023.

• Tablón de anuncios del Ayuntamiento: según certificado municipal de 8.9.2023.

3. Durante el período durante el que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Posteriormente, la empresa promotora presenta las siguientes modificaciones en proyectos firmados por el mismo ingeniero:

• Modificado 1, de 13.8.2024, con objeto de reflejar los cambios introducidos en el emplazamiento del centro de transformación proyectado, que se desplaza unos metros para dejar acceso a la parcela.

• Anexo 1 al modificado 1, de 13.5.2025, con objeto de reflejar el cambio de tamaño del centro de transformación y actualizar la relación de bienes y derechos afectados, de forma que en la parcela número 2 de dicha relación los metros cuadrados de afección de suelo en pleno dominio pasan de 22,38 a 24,22.

• Anexo 1 (segundo) al modificado 1, de 27.3.2026, de aclaración de cuestiones técnicas.

5. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Arteixo, Augas de Galicia y Patrimonio Cultural. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

6. El día 1.4.2026 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para resolver los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG número 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG número 101, de 27 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

• Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en los lugares de Santaia do Igrexario y Casanova (en el ayuntamiento de Arteixo) y sus características técnicas son las siguientes:

– Modificación, manteniendo su emplazamiento actual en la parcela con referencia catastral 15005A01600230000PQ, del apoyo número 52-B-31 (matrícula A6N1SCB0) metálico tipo CH-1000/13, perteneciente a la arquitectura de la línea LAR-707, consistente en la instalación de un paso aéreo-soterrado (PA/S) dotado de juego de pararrayos autoválvulas y de un interruptor telecontrolado compuesto por una cámara aislada en SF6 y un armario de control.

– Instalación de un nuevo centro de transformación prefabricado de hormigón tipo rural fin de línea, compacto de maniobra exterior, de 100 kVA de potencia, relación de transformación de 15/0,4-0,23 kV y configuración de celdas 1L+1P, con cuadro de baja tensión con tres salidas (una de reserva), que se instalará en la parcela con referencia catastral 15005A017000170000PF, sita en el lugar de Casanova.

– Línea eléctrica de media tensión soterrada, a 15 kV, de 944 metros de longitud en conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3 (1×150 mm² Al), con origen en el paso aéreo-soterrado (PA/S), que se instalará en el apoyo número 52-B-31 modificado y final en celda de línea del CT proyectado.

4. En la visita de campo realizada para examinar el lugar de la instalación no se apreció, en las fincas sometidos a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre que señala el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme a todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud con la cual acompañará la siguiente documentación:

• En su caso, acreditación o declaración de que el proyecto se encuentra dentro de alguna de las excepciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero, o de las indicadas en la Guía técnica de interpretación del Reglamento (UE) nº 2024/573 en los puntos relativos a la aparamenta eléctrica.

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia a la persona interesada, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 15 de abril de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados. Ayuntamiento de Arteixo

Nº de parcela

Lugar

Cultivo

Propietario/a

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Apoyo nº

m2

ml aér.

ml sot.

m2 aér.

m2 sot.

1

Tarreno de Esqueiro

Ref. catastral:

polígono: 16

parcela: 230

Prados o praderas

Esperanza Recouso Rodríguez

2.0

6.0

2

Casa Nova

Ref. catastral:

Polígono: 17

Parcela: 17

Rústico. Agrario. Labor o labradío secano y matorral

Luciano Grela Suárez

Centro de transformación y acceso

24,22

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada.