DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Miércoles, 13 de mayo de 2026 Pág. 27955

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Coruña (expediente IN407A 2025/255-1).

Expediente: IN407A 2025/255-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: LMT, CT y BT Urb. San Pedro de Visma.

Ayuntamiento: A Coruña.

Hechos:

1. El día 14.11.2025, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica mencionada, al objeto de dar respuesta al gran desarrollo previsto en San Pedro de Visma.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado LMT, CT y BT Urb. San Pedro de Visma, firmado el día 18.9.2025 por Carlota Martínez Rúa, graduada en Ingeniería Eléctrica, nº colegiada 4.776 de Vigo; y el anexo al proyecto firmado por la misma ingeniera el 23.3.2026.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo al Ayuntamiento de A Coruña como entidad afectada. A día de esta resolución, no consta respuesta a dicha solicitud.

4. El día 26.3.2026 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas.

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

Segunda. Legislación de aplicación

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, do 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el lugar de San Pedro de Visma y en calle Manuel Murguía (A Coruña) y sus características técnicas son las siguientes:

• Reforma del centro de reflexión 15CKS3 CR Estadio (expte.15780), para dar cabida a las nuevas líneas creadas desde la subestación de San Pedro de Visma.

• En el centro de reflexión 15CKS3 se proyectan dos nuevas celdas, por lo que es necesario reformar las ocho celdas de línea y dos celdas de remonte existentes y proyectar dos nuevas para dar cierre a las nuevas líneas de la subestación.

• Para las nuevas líneas SPV-7XX y SPV-7YY es necesario un total de 30 m de RHZ1-2OL(S) 12/20 kV 1×240 mm² Al para la salida desde las posiciones de la subestación de San Pedro de Visma hasta los empalmes que se van a realizar con la línea proyectada por el particular en arqueta existente.

• Desmantelamiento de dos tramos de la SPV-701 a la entrada de los CTs 15CPM7 y 15CAR0 para poder anillarse con la red proyectada en proyecto particular.

• Retirada de 27 m de RHZ1-3x240 de la SPV-705 y tendido de 27 m de RHZ1-3x240 para rehacer la conexión con el CT 15CGWT, CT Parking Mariñeiros, para poder anillar la red reflejada en el proyecto particular.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 19 de abril de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña