Expediente: IN407A 2024/235-1.
Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Proyecto: LMTS, CS Ervedíns.
Ayuntamiento: Arteixo.
Hechos:
1. El día 5.7.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada, al objeto de adaptar la arquitectura de red a la LMT LAR707.
Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada, presentan el proyecto de ejecución denominado LMTS, CS Ervedíns, firmado el día 23.5.2024 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.980 de Vigo.
2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo de 8.1.2026 publicado en los siguientes medios:
– Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.
– DOG: 30.1.2026.
– BOP: 14.1.2026.
– Periódico La Voz de Galicia: 20.1.2026.
– Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 23.2.2026.
3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.
4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo al Ayuntamiento de Arteixo como entidad afectada. La empresa promotora manifestó su conformidad con el informe emitido en el plazo otorgado a tal efecto.
5. El día 26.3.26 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).
2. Legislación de aplicación.
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).
– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).
– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
3. Características técnicas.
Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el lugar de Ervedíns (Arteixo) y sus características técnicas son las siguientes:
– Instalación de un nuevo centro de seccionamiento 5L/15 kV telecontrolado en la parcela ubicada en el lugar de Ervedíns, con referencia catastral 15005A060001300000PK, para adaptar arquitectura de red de la LMT LAR707, realizando E/S en la LMT principal (apoyo AA6DW45V//94 existente) y recogiendo las derivaciones a los CCTT Igrexario (15CQI1) y Ervedíns (15CQI2) y la LMTA a los CCTT Mouras Barreiro (15AKMR), Mouras (15AW13) y Canzobre (15CW17).
– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación nº 1), a 15 kV, con una longitud de 58 m, con origen en el apoyo AA6DW45V//94 existente LMT LAR707, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×240 mm² Al, y final en el apoyo AA6DW45V//94 existente LMT LAR707, tras realizar E/S en el centro de seccionamiento proyectado.
– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación nº 2), a 15 kV, con una longitud de 82 m, con origen CS proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×240 mm² Al, y final en PAS proyectado en el apoyo AA6QMM26//94-1 existente LMT LAR707.
– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación nº 3), a 15 kV, con una longitud de 67 m, con origen CS proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×240 mm² Al, y final en el empalme proyectado en RHZ1-150 existente LMT LAR707 (expediente 127/00).
– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación nº4), a 15 kV, con una longitud de 67 m, con origen CS proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×240 mm² Al, y final en el empalme proyectado en RHZ1-150 existente LMT LAR707.
– Desmontaje de XS existente y un vano de 18 m de longitud en conductor A-56 comprendido entre los apoyos AA6DW45V//94 y AA6QMM26//94-1 existentes, pertenecientes a la LMT LAR707.
4. De lo visto en la visita realizada el 25.3.2026 no se encuentra ninguna limitación de las indicadas en el artículo 161.1 del Real decreto 1955/2000 para imponer servidumbres de paso.
5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
Conforme con todo lo señalado,
RESUELVO:
A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:
– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.
– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.
– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia a la persona interesada, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.
Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.
A Coruña, 19 de abril de 2026
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados. Ayuntamiento de Arteixo. Expediente IN407A 2024/235-1
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Nº de parcela |
Paraje y referencia catastral |
Cultivo |
Propietaria |
Afección de suelo en pleno dominio |
Afección de suelo por servidumbre |
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Apoyo nº |
m² |
ml aér. |
ml sot. |
m² aér. |
m² sot. |
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1 |
Cancelas 15005A060001300000PK |
Rústico/agrario |
Manuela Rodríguez Viñas |
CS + acceso |
46,76 |
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Abreviaturas:
ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.
ml sot.: longitud de la servidumbre subterránea en metros lineales.
m² aér.: superficie de servidumbre aérea en m².
m² sot.: superficie de servidumbre subterránea.
