DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Miércoles, 20 de mayo de 2026 Pág. 29355

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oroso (expediente IN407A 2025/335-1).

Expediente: IN407A 2025/335-1.

Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: proyecto para LMT, CT, RBT O Cruceiro-Oroso.

Ayuntamiento: Oroso.

Hechos:

1. El día 4.12.2025, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada con el objeto de mejorar la calidad del suministro eléctrico debido a reclamaciones por subtensiones presentadas por los clientes del lugar de O Cruceiro, parroquia de Oroso (San Martiño) en el término municipal de Oroso.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada, presentan el proyecto de ejecución denominado proyecto para LMT, CT, RBT O Cruceiro-Oroso, firmado por Javier Fernández Pazos, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 502 de Ourense, el 9.10.2025.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

– Portal de transparencia y gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

– DOG: 5.1.2026.

– BOP: 9.1.2026.

– Periódico La Voz de Galicia: 5.1.2026.

Con fecha 5.1.2026 se solicitó al Ayuntamiento de Oroso la exposición pública del proyecto y la correspondiente acreditación de realización de ese trámite, sin que conste en el expediente la emisión de dicha certificación.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Oroso, Enagás, Ministerio de Transporte y Conselleria de Cultura, Lengua y Juventud. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

5. El día 22.4.2026 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

2. Legislación de aplicación.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre de 1982).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas.

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el lugar de O Cruceiro, ayuntamiento de Oroso, y sus características técnicas son las siguientes:

– Centro de transformación compacto maniobra exterior, con una potencia de 250 kVA, y una relación de transformación 20000/400 V.

– El entronque con la red existente se realizará en la instalación LMT SIG802 (expediente 531/07), con conductor LA-56. Dicho entronque se realizará en el apoyo existente del tipo HVH-2500-15 con matrícula AE49V8OT//12-17-1. En dicho apoyo se desmontará el punto de maniobra existente con matrícula 15HVX4 y se instalará un reconectador y un paso aero-subterráneo para enlazar con la LMTS.

– Línea eléctrica de media tensión subterránea, a 20 kV, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 1×150 mm² Al., con origen ellPAS que se instalará en el apoyo existente del tipo HVH-2500-15 con matrícula AE49V8OT//12-17-1 y final en el centro de transformación proyectado, con una longitud de 0,715 km. Esta línea subterránea atraviesa la AP-9 y cruza con una canalización de Enagás.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme a todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previaaudiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, a 24 de abril de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados. Término municipal de Oroso

Nº parcela

Paraje y referencia catastral

Cultivo

Propietario/a

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Apoyo nº

ml aér.

ml sot.

m² aér.

m² sot.

1

Avelleiros 15

15061A501025140001QU

Urbana

– Marisol Miras Mouro

– Visitación Mouro Negreira

CT+acceso

33.5

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m² aér.: superficie de servidumbre aérea en m².

m² sot.: superficie de servidumbre soterrada.