Expediente: IN407A 2024/342-1.
Promotora: UFD Distribución Electricidad S.A.
Denominación del proyecto: Modificado 1 de sustitución CT Riego do Campo-15CS81.
Ayuntamiento: As Pontes de García Rodríguez.
HECHOS:
1. UFD Distribución Electricidad, S.A. es la promotora de las instalaciones del proyecto de ejecución denominado Sustitución CT Riego do Campo-15CS81 (As Pontes de García Rodríguez), que fue autorizado por la Resolución de este departamento territorial de 22.7.2025.
2. El día 18.2.2026, la empresa promotora presentó el proyecto Modificado 1 de sustitución CT Riego do Campo-15CS81 (As Pontes de García Rodríguez). El proyecto describe los cambios introducidos en busca de la optimización de la solución técnica manteniendo el objeto original del proyecto: sustituir un centro de transformación existente por encontrarse en avanzado estado de deterioro.
Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto de ejecución denominado Modificado 1 de sustitución CT Riego do Campo-15CS81, firmado el día 10.2.2026 por David Núñez Fernández, ingeniero industrial, núm. de colegiado 1534 de Galicia.
3. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo la las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez, Augas de Galicia y Patrimonio Cultural. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.
5. El día 20.4.2026 se emitió el informe técnico.
CONSIDERACIONES LEGALES Y TÉCNICAS:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
- Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas:
Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en la calle 8 de Marzo, en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez, y sus características técnicas son las siguientes:
- Sustitución del centro de transformación existente denominado RIEGO DO CAMPO-15CS81 (expediente 2012/223-1) de tipo compacto maniobra exterior en caseta de obra civil y con transformador de 400 kVA, instalándose en su lugar un nuevo centro de transformación tipo subterráneo prefabricado TC GPRS 2L1P TG con envolvente de hormigón, ventilación vertical, maniobra interior y transformador de 400 kVA. Desmantelamiento del transformador y aparamenta MT/BT, y retirada de la caseta del CT actual.
- Se proyecta un tramo de línea de media tensión subterránea (LMTS) de 20 kV, en conductor de tipo RHZ1-2 OL-12/20 kV 3 (1×240) mm² Al. El tramo de línea tendrá su inicio en los empalmes que se realizarán en la LMTS MOL808 y final en celda del CT Juan Antonio Suances I 15CCKP después de hacer entrada y salida en el centro de transformación proyectado. La longitud total de la línea de media tensión subterránea proyectada en este tramo es de 423 metros.
- Tramo de LMTS de 20 kV, conductor RHZ1-2 OL-12/20 kV 3 (1×240) mm² Al, de 13 metros de longitud (incluido el paso de aéreo a subterráneo PAS), con origen en el PAS en el nuevo apoyo que se instalará en la LMTA MOL808 en sustitución del apoyo núm. 21 existente, y final en los empalmes proyectados en el conductor existente de la LMTS MOL808.
- Desmantelamiento de la línea de media tensión aérea MOL808 (expediente 30191), entre el apoyo núm. 16 y el nuevo apoyo proyectado, en conductor desnudo de tipo LA-56, con una longitud de 463 metros.
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
A) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.
B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.
• Un certificado del/ dela director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
D) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia a la persona interesada, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 24 de abril de 2026
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
