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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Miércoles, 27 de mayo de 2026 Pág. 30622

III. Otras disposiciones

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

DECRETO 45/2026, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de A Fonsagrada de la carretera LU-730, junto con su dominio público viario.

El artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia (LCG), dispone que los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de las mismass, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

El artículo 9.7 de la LCG recoge que los cambios de titularidad podrán comprender carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El artículo 18.11 del Reglamento general de carreteras de Galicia (RGCG) dispone que los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forma parte, sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos, que proporcione un nivel de servicio al menos equivalente.

El 16 de abril de 2026, la Agencia Gallega de Infraestructuras y el Ayuntamiento de A Fonsagrada firmaron un convenio de colaboración para llevar a cabo el arreglo de la carretera LU-730 desde el p.k. 0+000 hasta la intersección con la carretera LU-530.

La cláusula tercera de este convenio recoge el compromiso del Ayuntamiento de A Fonsagrada de aceptar el cambio de titularidad de la carretera autonómica LU-730 (ronda de A Fonsagrada), en el tramo comprendido entre el p.k. 0+070 y el p.k. 0+550, en la intersección con la carretera LU-530 (avenida de Galicia). Queda exceptuado de esta transferencia el tramo de la LU-730 desde el p.k. 0+000 hasta el p.k. 0+070, que se corresponde con el nudo viario con la LU-530, que pasará a formar parte del dominio público viario de la carretera LU-530.

La carretera convencional LU-730, con categoría funcional de red local, discurre íntegramente por el término municipal del Ayuntamiento de A Fonsagrada, sobre suelo clasificado como urbano, según el instrumento de planeamiento vigente. Su trazado se inicia en el margen derecho del p.k. 56+990 de la carretera LU-530 y termina en el margen derecho del p.k. 57+635 de la misma carretera. Carece de funcionalidad dentro de la Red Autonómica de Carreteras de Galicia, ya que constituye una calle del núcleo urbano de A Fonsagrada, empleada fundamentalmente como vía de acceso a viviendas y con un volumen de tráfico escaso.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con los informes emitidos por los servicios competentes, formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de la carretera que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día once de mayo de dos mil veintiséis,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de A Fonsagrada de la carretera LU-730 que se especifica a continuación, junto con su dominio público viario:

Carretera

Denominación

p.k.i

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29N)

p.k.f

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29N)

Long. (m)

LU-730

Ronda de A Fonsagrada

0+070

X= 657.094

y= 4.776.170

0+550

X= 657.192

y= 4.776.618

481

El tramo de la LU-730 entre el p.k. 0+000 al p.k. 0+070, que se corresponde con el nudo viario con la LU-530, pasará a formar parte del dominio público viario de la carretera LU-530.

Artículo 2

Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la Red Autonómica de Carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, suprimiendo la carretera LU-730 del catálogo, que actualmente aparece recogida con los siguientes datos:

Clave

Denominación

Tramo

p.k.i

p.k.f

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoria funcional

Clase de carretera

Provincia

LU-730

Ronda de A Fonsagrada

Ronda de A Fonsagrada

0+000

0+550

0,55

0,55

Local

Carretera convencional

Lugo

El documento del catálogo y sus modificaciones se pueden consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 3

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la LCG, el Ayuntamiento de A Fonsagrada deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad a que se refiere este decreto.

Artículo 4

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la LCG, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esa acta de entrega y sus planos se podrán consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 5

Corresponden al Ayuntamiento de A Fonsagrada, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de la vía, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, once de mayo de dos mil veintiséis

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras