Expediente: IN407A 2026/052-1.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación del proyecto: Repotenciación y nueva LMTS cierre SCY821 en polígono de O Tambre.
Ayuntamiento: Santiago de Compostela.
Hechos:
1. El día 24.2.2026 la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica mencionada, con el objeto de apoyar la derivada que sale del centro de seccionamento CS Mercagalicia (15CYX4), actualmente sin posibilidad de socorro ante fallo.
Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presenta el proyecto de ejecución denominado Repotenciación y nueva LMTS cierre SCY821 en polígono de O Tambre, firmado el día 18.2.2026 por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.233.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
3. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo al Ayuntamiento de Santiago de Compostela, como entidad afectada. A día de esta resolución no consta en el expediente respuesta a dicha solicitud.
4. El día 5.5.2026 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación.
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas.
Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el polígono del Tambre, ayuntamiento de Santiago de Compostela, y sus características técnicas son las siguientes:
• LMTS (actuación 1) a 20 kV, de 458 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en los empalmes por realizar en la LMT SCY821 (IN407A 04/261), procedente de la subestación San Caetano, desconectando esta de la celda núm. 3 (la reserva) del CS Mercagalicia (15CYX4) existente, y final en la celda núm. 2 del CS Dia, S.A. (15CLE9) existente.
• Reforma tramo LMTS (actuación 2) a 20 kV, de 678 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en la celda núm. 1 por liberar del CS Mercagalicia (15CYX4) y final en la celda núm. 1 por liberar del CS Dia, S.A. (15CLE9), haciendo E/S en los CS Errece (15CMFF, IN407A 2018/107-1), CS Tromosa (15CLA6), CS Vidrieras Compostela (15CCBM) y CT Mercagalicia (15CLE8, IN407A 2015/540-1). Retirada de los conductores existentes tipo RHV-95 y RHV-150.
• Reforma del CT Mercagalicia (15CLE8, IN407A 2015/540-1) de 1.260 kVA (CT1 630 kVA +CT2 630 kVA), instalado en local de obra civil:
Sustitución de la aparamenta existente por un nuevo bloque de celdas compactas SF6 2L2P TC GPRS/FO +TG.
• Reforma del local que alberga los elementos de maniobra MT:
• Desmontaje de la aparamenta obsoleta.
• Montaje de bancada para instalación de celdas.
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
a) Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para la instalación de distribución eléctrica indicada.
b) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
c) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipación y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y la puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
d) Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 12 de mayo de 2026
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
