Expediente: IN407A 2026/111-1.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: Reglamentación LMT del DC ASN701-ASN705 en avenida Marqués de Figueroa.
Ayuntamiento: Fene.
1 Características técnicas:
• Desmantelamiento del doble circuito de las líneas ASN701 y ASN705, en conductor de tipo LEA-110 en su tramo aéreo y RHZ1 240 en su tramo soterrado, a 15 kV, entre el apoyo existente de tipo C-9000-24 con matrícula ARRL0BBU y el CT Chancas (15CEL2) con expediente IN407A 2016/939-1.
• Desmantelamiento del doble circuito de las líneas EUM701 y EUM702, en conductor tipo RHZ1 240 en su tramo soterrado y LEC-80 en su tramo aéreo, a 15 kV, entre el apoyo de tipo hormigón con matrícula AQVDDDFM//D149 y el CT Chancas (15CEL2) expediente IN407A 2016/939-1.
• El apoyo con matrícula AQVDDDFM//D149 de tipo hormigón se sustituye por un nuevo apoyo de celosía metálica de tipo C-FL-16/4500-E30-CAIII.
• Dos nuevas líneas subterráneas de 15 kV, con conductores de tipo RHZ1-2OL 12/20 KV 1×240 mm² Al, con origen en los pasos de aéreo a subterráneo en el apoyo existente de tipo C-9000-24 con matrícula ARRL0BBU del doble circuito ASN701 y ASN705 y final en celdas de línea existentes del CT Chancas (15CEL2), siendo la longitud de cada una de las líneas de 325 metros.
• Dos nuevas líneas subterráneas de 15 kV, conductores de tipo RHZ1-2OL 12/20 KV 1×240 mm² Al, con origen en los pasos de aéreo a subterráneo en el nuevo apoyo proyectado de tipo celosía metálica de tipo C-FL-16/4500-E30-CAIII del doble circuito de las líneas EUM701 y EUM702 y final en celdas de línea existentes del CT Chancas (15CEL2), siendo la longitud de cada una de las líneas de 193 metros.
2. Legislación de aplicación:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
• Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).
• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que acompaña a este acuerdo.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2º planta, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y Gobierno abierto de esta consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte
Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se omitieran. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
A Coruña, 13 de mayo de 2026
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados. Término municipal de Fene
|
Núm.parcela |
Paraje Referencia catastral |
Cultivo |
Titular |
Afectación de suelo en pleno dominio |
Afectación de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica |
||||
|
Apoyo núm. |
m2 |
ml aér. |
ml sot. |
m2 aér. |
m2 sot. |
||||
|
2 |
Rúa Baixa 7033510NJ6163S0001LZ |
Urbana |
Roberto Seco Vázquez y hermano |
D149 |
2,0 |
1,0 |
4,0 |
||
|
3 |
Rúa Baixa 7033561NJ6163S0001ZZ |
Urbana |
Roberto Seco Vázquez y hermano |
2,0 |
5.0 |
||||
Abreviaturas:
ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.
m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.
ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.
m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada.
