DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 5 de junio de 2026 Pág. 32657

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2026, de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático, por la que se da publicidad del agotamiento del crédito de la línea 1 de la Orden de 3 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a entidades locales de Galicia para la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos (programa Galicia Refugio Climático) así como a actuaciones de identificación y adecuación de refugios climáticos para la biodiversidad (programa PIMA Adapta Refugios Climáticos), y se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2026 (código de procedimiento MT975Y).

Primero. La Orden de 3 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a entidades locales de Galicia para la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos (programa Galicia Refugio Climático) así como a actuaciones de identificación y adecuación de refugios climáticos para la biodiversidad (programa PIMA Adapta Refugios Climáticos), y se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2026 (código de procedimiento MT975Y), publicada en el Diario Oficial de Galicia número 32, de 18 de febrero de 2026, establece, en su artículo 13 punto 1, que el procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo señalado en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, al no ser necesario realizar la comparación y la prelación de las solicitudes presentadas, concediéndose a todas aquellas entidades solicitantes que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 2. Si el presupuesto previsto en la orden no es suficiente para proceder al pago de todas las ayudas solicitadas, se aplicará como criterio de prioridad la fecha de presentación.

El punto 4 del artículo 7 establece que se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que totalice el importe total del crédito de esta convocatoria. En ese caso, y siempre antes de la fecha máxima de presentación de solicitudes señalada en las bases reguladoras, podrán seguirse registrando solicitudes para su incorporación, por riguroso orden de entrada, y de acuerdo con los criterios fijados en la propia convocatoria, en una lista de reserva.

Toda vez que los proyectos de la línea 1 tienen una partida presupuestaria diferente de los de la línea 2, el agotamiento del presupuesto en la primera línea no interrumpirá la concesión de ayudas en la segunda si esta aún dispone de crédito. De la misma manera, la extinción del presupuesto disponible para la línea 2 no limita la concesión de ayudas para los proyectos de la línea 1, mientras estos dispongan de fondos en su propia partida presupuestaria.

En el mismo artículo 7 se señala que el órgano concedente anunciará el agotamiento del crédito presupuestario en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.

El agotamiento del crédito, en una de las partidas presupuestarias, comportará la inadmisión de todas aquellas solicitudes vinculadas a dicha partida que se instruyan con posterioridad.

Segundo. Dicha Orden de 3 de febrero de 2026 destina a estas ayudas, en su artículo 6, un presupuesto de 1.660.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.02.541E.760.1, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, con la siguiente distribución:

Partida presupuestaria

Línea

Total

06.02.541E.760.1

Línea 1. Ayudas a entidades locales de Galicia para la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos (programa Galicia Refugio Climático)

1.320.359 €

Línea 2. Ayudas a entidades locales de Galicia para actuaciones de identificación y adecuación de refugios climáticos para la biodiversidad (programa PIMA Adapta Refugios Climáticos)

339.641 €

Tercero. De conformidad con lo expuesto, una vez resueltas parte de las solicitudes presentadas al amparo de la referida Orden de 3 de febrero de 2026, aplicando como criterio de prioridad la fecha de presentación, se constata que se agotó el presupuesto disponible para la concesión de las ayudas de la línea 1.

La última solicitud que se pudo conceder para dicha línea 1 antes del agotamiento de crédito fue la correspondiente al expediente MT975Y/2026/0030-I presentada en la sede electrónica, en los términos recogidos en el artículo 7 de la convocatoria, el día 27 de febrero de 2026 a las 12.04.12 horas.

En virtud de lo anterior, una vez agotados los recursos económicos destinados a las ayudas previstas para la línea 1 en la Orden de 3 de febrero de 2026, la persona titular de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático, por delegación de la conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático, de acuerdo con lo establecido en la disposición final primera de la citada orden,

RESUELVE:

Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del agotamiento del crédito disponible para la línea 1 con cargo a la aplicación presupuestaria 06.02.541E.760.1 para las ayudas convocadas al amparo de la Orden de 3 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a entidades locales de Galicia para la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos (programa Galicia Refugio Climático), así como a actuaciones de identificación y adecuación de refugios climáticos para la biodiversidad (programa PIMA Adapta Refugios Climáticos), y se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2026 (código de procedimiento MT975Y).

Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2026

Paula Uría Traba
Directora general de Energías Renovables y Cambio Climático