La Resolución de 27 de octubre de 2023 (DOG núm. 214, de 10 de noviembre) da publicidad al I Plan de igualdad de la Xunta y recoge en su apartado IV el Protocolo de la Xunta de Galicia de actuación frente al acoso y las violencias sexuales y psicológicas en el trabajo.
La Resolución de 27 de octubre de 2023 da publicidad al referido protocolo (DOG núm. 214, de 10 de noviembre; corrección de errores en el DOG núm. 237, de 15 de diciembre).
En su disposición adicional quinta, el Protocolo de la Xunta de Galicia de actuación frente al acoso y las violencias sexuales y psicológicas en el trabajo recoge que podrá revisarse en cualquier momento a propuesta del Comité de Intervención, cuando las circunstancias debidamente motivadas lo requieran. En este caso, el comité proponente remitirá un informe escrito sobre tales circunstancias a la Administración, que dará traslado a las organizaciones sindicales firmantes de este protocolo.
Conforme a lo anterior, el Comité de Intervención propone la modificación de la cláusula tercera del Protocolo de la Xunta de Galicia de actuación frente al acoso y las violencias sexuales y psicológicas en el trabajo para excluir de su ámbito subjetivo, de forma expresa, al personal docente, sanitario y de justicia. Dicha propuesta se aprobó en la Comisión de Seguimiento del I Plan de igualdad de la Xunta de Galicia y en la Comisión de Personal.
A propuesta de esta consellería, la modificación del Protocolo de la Xunta de Galicia de actuación frente al acoso y las violencias sexuales y psicológicas en el trabajo fue expresa y formalmente aprobada por el Consello de la Xunta en su reunión del uno de junio de dos mil veintiséis.
De conformidad con lo que antecede,
DISPONGO:
Publicar la modificación del número uno de la cláusula tercera del Protocolo de la Xunta de Galicia de actuación frente al acoso y las violencias sexuales y psicológicas en el trabajo, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Cláusula tercera. Ámbito subjetivo
1. Están comprendidas en el ámbito subjetivo de aplicación de este protocolo las personas empleadas en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en las entidades instrumentales del sector público autonómico señaladas en el artículo 45.a) de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, con excepción del personal docente dependiente de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, el personal estatutario del Servicio Gallego de Salud y el personal funcionario al servicio de la Administración de justicia en Galicia, que se regirán por su propio protocolo».
Santiago de Compostela, 2 de junio de 2026
Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal
