Esta área provincial acordó el inicio del expediente de baja de oficio con el fundamento jurídico contemplado en los artículos 42.1, 44.2, 44.3 y 46 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia, así como en los artículos 69.1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica y otorga audiencia al titular del establecimiento que en el anexo se menciona, en el procedimiento de baja y cancelación de la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia, para que en el plazo de diez (10) días pueda efectuar las alegaciones que estime pertinentes, pudiendo examinar el expediente y obtener copias de los documentos contenidos en él en el Área Provincial de Pontevedra de la Agencia de Turismo de Galicia.
Pontevedra, 29 de mayo de 2026
Felipe Ferrero González
Jefe del Área Provincial de Turismo de Pontevedra
ANEXO
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Establecimiento |
Signatura |
Razón social |
Domicilio |
Ayuntamiento |
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Medusa, 3º B |
VUT-PO-008348 |
Antonio Piñeiro Touriño |
calle Emilia Pardo Bazán, 5, 3 B |
Sanxenxo |
