DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miércoles, 17 de junio de 2026 Pág. 34699

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2026, de la Dirección General de Movilidad, por la que, con arreglo a lo que establece la Orden de 23 de diciembre de 2025, se amplía al período abarcado entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026 la aplicación de la minoración adicional y temporal en las tarifas bonificadas de aplicación en el transporte público interurbano de competencia de la Xunta de Galicia establecida en la Orden de 19 de junio de 2025, así como las aplicables en los servicios regulares de transporte marítimo integrados en el área de transporte metropolitano de Vigo, y en los ferroviarios integrados en el área de transporte metropolitano de Ferrol.

El 30 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 23 de diciembre, de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se da continuidad durante el mes de enero de 2026 a la minoración adicional y temporal en las tarifas bonificadas de aplicación en el transporte público interurbano de competencia de la Xunta de Galicia y establecida en la Orden de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de 19 de junio de 2025.

La disposición final segunda de la referida Orden de 23 de diciembre de 2025 establece que, en el supuesto de que por parte de la Administración general del Estado se mantenga una actuación análoga a la que estableció el Real decreto ley 1/2025, de 28 de enero, mediante resolución de la dirección general competente en materia de transporte público podrá acordarse, tras la tramitación contable que resulte oportuna, la ampliación del plazo de aplicabilidad de las minoraciones temporales.

Igualmente, la disposición final primera de esa orden habilita también a la persona titular de la dirección general con competencias en materia de transporte público para acordar, previa la tramitación contable que resulte oportuna, la extensión de la minoración a los servicios de transporte público regular marítimo integrados en el área de transporte metropolitano (ATM) de Vigo (conexiones Cangas de Morrazo-Vigo, Moaña-Vigo, y viceversa), así como a los servicios ferroviarios integrados en la ATM de Ferrol.

En este sentido, el 24 de diciembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real decreto ley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje, que extiende las previsiones del Real decreto ley 1/2025, de 28 de enero, respecto de las ayudas directas entre el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Posteriormente, la Resolución de 16 de febrero de 2026 de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible estableció el procedimiento para la solicitud de dichas ayudas directas.

En este sentido, la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante la Resolución de la Dirección General de Movilidad de 26 de enero (DOG núm. 20, de 30 de enero) amplió la aplicación de dichos descuentos hasta el 30 de junio de 2026. Así, estando cerca de la finalización de dicho plazo y habiéndose adherido en tiempo y forma para ser beneficiaria de dichas ayudas, es necesario extender dicho período hasta el 31 de diciembre de 2026.

Igualmente, teniendo en cuenta la habilitación que establece la disposición final primera de la Orden de 23 de diciembre de 2025, al mantenerse las condiciones que justificaron su aprobación, procede mantener durante ese mismo período de 2026 la aplicación de esta minoración adicional en los servicios regulares de transporte marítimo del área de transporte metropolitano (ATM) de Vigo, así como en los servicios ferroviarios integrados en la ATM de Ferrol.

La financiación de esta minoración adicional se realizará con cargo inicialmente a fondos propios de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la aplicación 2026.05.08.512A.470.1 y, en cuanto al transporte ferroviario integrado en la ATM de Ferrol, en la aplicación 2026.05.08.512A.403.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2026.

De conformidad con lo expuesto,

RESUELVO:

1. Ampliar al período abarcado entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026 la aplicación de la minoración adicional y temporal de las tarifas bonificadas de los servicios públicos de transporte regular de uso general de competencia de la Xunta de Galicia, acordada por la Orden de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de 23 de diciembre de 2025.

2. Aplicar durante el mismo período indicado en el apartado anterior, en los servicios regulares de transporte marítimo integrados en la ATM de Vigo, y en los servicios ferroviarios integrados en la ATM de Ferrol, las minoraciones acordadas por la Orden de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de 23 de diciembre de 2025.

Santiago de Compostela, 2 de junio de 2026

Judit Fontela Baró
Directora general de Movilidad