DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Lunes, 29 de junio de 2026 Pág. 36926

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

ORDEN de 18 de junio de 2026 por la que se extingue la autorización del CPR Dobao Imagen, de Lugo, por cese de actividades docentes.

La representación de la titularidad del CPR Dobao Imagen, de Lugo, autorizado para impartir los ciclos formativos de grado medio de Estética y belleza y de Peluquería y cosmética capilar y el ciclo formativo de grado superior de Estética integral y bienestar, solicita la extinción de la autorización por cese de actividades docentes.

Previa tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, así como con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Extinción de la autorización

Extinguir, de conformidad con el artículo 17.1 del Decreto 133/1995, de 10 de mayo, por cese en sus actividades docentes y a instancia de la titularidad del centro, la autorización del CPR Dobao Imagen, de Lugo, código 27016431, con efectos de 30 de junio de 2026.

Artículo 2. Inscripción en el registro de centros

La extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de junio de 2026

Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia,
Universidades y Formación Profesional