DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Lunes, 29 de junio de 2026 Pág. 36928

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social e Igualdad

RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2026, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la resolución de 19 de junio de 2026 de selección de entidad privada sin ánimo de lucro en el procedimiento de asignación del concierto social para la ejecución del programa de promoción y apoyo al acogimiento familiar especializado con dedicación exclusiva de niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección, cofinanciado por la Unión Europea en el marco del programa FSE+Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS213E).

En el Diario Oficial de Galicia número 55, de 24 de marzo de 2026, a través de la Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Consellería de Política Social e Igualdad, se publica la convocatoria del procedimiento de asignación de concierto social para la ejecución del programa de promoción y apoyo al acogimiento familiar especializado con dedicación exclusiva de niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección, cofinanciado por la Unión Europea en el marco del programa FSE+Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS213E).

Una vez instruido de conformidad con las bases del procedimiento de selección, tras la valoración de los criterios y emitida la propuesta se emite por el órgano competente con fecha de 19 de junio de 2026 la resolución que finaliza dicho procedimiento, la Consellería de Política Social e Igualdad de conformidad con el Decreto 42/2024, de 14 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y el Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia.

El epígrafe 7 de la cláusula M) del anexo I de la Resolución de 12 de marzo de 2026, establece que la resolución de concertación será publicada en el Diario Oficial de Galicia y la publicación tendrá los efectos de la notificación, conforme el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Asimismo, serán igualmente objeto de publicidad a través de la página web de la Consellería de Política Social e Igualdad.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la resolución de 19 de junio de 2026 dictada en el procedimiento BS213E de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la ejecución del programa de promoción y apoyo al acogimiento familiar especializado con dedicación exclusiva de niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección, cofinanciado por la Unión Europea en el marco del programa FSE+Galicia 2021-2027, que se adjuntará a la presente Resolución en el Anexo.

Segundo. Comunicar que la resolución de 19 de junio de 2026 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, se procederá a la formalización del concierto con la entidad seleccionada.

La formalización de este concierto social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, se hará mediante un documento administrativo dentro de los treinta (30) días siguientes al de la publicación de la resolución de concertación.

El concierto social se perfeccionará con su formalización y no se podrá iniciar su ejecución sin haberse efectuado esta previamente.

Efectuada la formalización, la entidad concertada estará obligada a prestar a las personas usuarias los servicios sociales en las condiciones establecidas en la normativa sectorial aplicable, en la resolución de la convocatoria del concierto social y, de ser el caso, en los criterios de preferencia y selección de la entidad.

Santiago de Compostela, 25 de junio de 2026

Jacobo José Rey Sastre
Director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Resolución de 19 de junio de 2026 por la que se selecciona una entidad privada sin ánimo de lucro para la concertación, mediante procedimiento de asignación de concierto social, de la ejecución del programa de promoción y apoyo al acogimiento familiar especializado con dedicación exclusiva de niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección, cofinanciado por la Unión Europea en el marco del programa FSE+Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS213E)

A través de la Resolución de 12 de marzo de 2026 por la que se publica la convocatoria, mediante el procedimiento de asignación de concierto social, de la ejecución del programa de promoción y apoyo al acogimiento familiar especializado con dedicación exclusiva de niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección, cofinanciado por la Unión Europea en el marco del programa FSE+Galicia 2021-2027 (código de procedimiento BS213E), para selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la ejecución del citado programa.

Una vez examinadas las solicitudes por el órgano instructor, evaluadas dichas solicitudes por la Comisión de Valoración, vista la propuesta de resolución formulada por la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica,

RESUELVO:

Primero. Seleccionar para llevar a cabo a ejecución del programa de promoción y apoyo al acogimiento familiar especializado con dedicación exclusiva de niños, niñas y adolescentes en situación de desprotección, a la siguiente entidad, en aplicación de los criterios de selección y preferencia de la cláusula O) del anexo I de la Resolución de 12 de marzo de 2026, publicada el 24 de marzo de 2026 en el Diario Oficial de Galicia núm. 55.

Conforme a los criterios de valoración indicados en el texto de la resolución, la Comisión de Valoración establece la siguiente puntuación para la entidad presentada al concierto:

Descripción

Puntuación

A. Calidad del Proyecto técnico

32,75

B. Instalaciones en las que se llevará a cabo el servicio

5,5

C. Medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y corresponsabilidad

0

D. Experiencia del personal técnico asignado al proyecto

3,5

E. Formación del personal asignado al proyecto

15

F. Por cada año de servicio acreditado por la entidad en el ámbito de la protección a la infancia y a la adolescencia

10

Total

66,75

Segundo. Adjudicar el concierto social de la manera que a continuación se indica por el importe que se señala a la entidad siguiente:

Entidad: Aldeas Infantiles SOS de Galicia de Vigo.

NIF: G36639896.

Código del Procedimiento: BS213E.

Modalidad de concertación: Procedimiento de asignación de conciertos.

Fecha de publicación: 24.3.2026.

Plazo de ejecución: el plazo de duración del concierto será desde la fecha de su formalización, prevista para el 1.7.2026 hasta el 30.6.2029.

El importe de adjudicación (exento de IVA) es el siguiente:

Resumen de gastos

Resumen de gastos 2026 (184 días)-2029 (181 días)

Tipo de coste

Año 2026
184 días

Año 2027

Año 2028

Año 2029
181 días

Total gastos
2026 (184 días) -2029 (181 días)

A) Costes tramo fijo

104.400,17 €

221.754,75 €

231.674,14 €

119.205,34 €

677.034,40 €

a.1) Coste de personal

87.628,11 €

188.484,08 €

198.312,32 €

102.706,73 €

577.131,24 €

a.2) Coste de funcionamiento

16.772,06 €

33.270,67 €

33.361,82 €

16.498,61 €

99.903,16 €

B) Costes tramo variable

321.160,15 €

699.112,11 €

738.803,03 €

386.178,40 €

2.145.253,69 €

b.1) Costes de la dedicación exclusiva de la familia acogedora

321.160,15 €

699.112,11 €

738.803,03 €

386.178,40 €

2.145.253,69 €

Totais

425.560,32 €

920.866,86 €

970.477,17 €

505.383,74 €

2.822.288,09 €

Tercero. Firmar el concierto social con la entidad seleccionada dentro de los treinta (30) días siguientes al de la publicación de las resoluciones de concertación, según indica el artículo 19 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuarto. Contra esta resolución que agota la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. La resolución de concertación será publicada en el Diario Oficial de Galicia y la publicación tendrá los efectos de la notificación, conforme el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, tal como se indica en el artículo 17.2 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre.

Santiago de Compostela, 19 de junio de 2026. Fabiola García Martínez, conselleira de Política Social e Igualdad.