La consellería con competencias en materia de cultura, lengua y juventud convocó, para el año 2026, a través de la Orden de 11 de mayo de 2026, las subvenciones para entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado (Diario Oficial de Galicia número 93, de 21 de mayo).
El artículo 6 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Asimismo, en el artículo 7 de la Orden de 11 de mayo de 2026 se determina la documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.
El artículo 8 de dicha orden establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que, si en la solicitud se aprecian defectos o falta de documentación, el órgano instructor requerirá a la entidad solicitante para que, en un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación de dicho requerimiento, enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se considerará que desiste de su petición, después de resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la referida ley.
Asimismo, el artículo 14 de la orden establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y la correspondiente resolución de este procedimiento y que esta publicación producirá los efectos de notificación.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acto de requerimiento de enmienda de solicitudes dictado por el órgano instructor del procedimiento el 29 de junio de 2026 en el que se relacionan las entidades que deben enmendar la solicitud y/o completar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras, y que figura como anexo de esta resolución.
2. Hacer indicación expresa a las entidades solicitantes que se relacionan en el requerimiento recogido en el anexo para que, en el plazo de diez (10) días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en la orden de convocatoria. De no hacerlo, se darán por desistidas en su petición, después de resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de la documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud a través de los teléfonos 981 95 79 15 o 881 99 65 30.
Santiago de Compostela, 30 de junio de 2026
Lara del Carmen Meneses Álvarez
Directora general de Juventud
ANEXO
Requerimiento de enmienda de solicitudes
Convocatoria: Orden de 11 de mayo de 2026 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento BS508B).
Acto administrativo: requerimiento de enmienda de la documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 11 de mayo de 2026.
Fecha del acto: 29 de junio de 2026.
Órgano competente: Servicio de Voluntariado y Participación.
Efectos: las entidades solicitantes que a continuación se relacionan tendrán un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del acto en el Diario Oficial de Galicia, para emendar la falta o aportar los documentos preceptivos. De no hacerlo, se darán por desistidas en su petición, después de resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Relación de expedientes:
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Nº expediente |
Solicitante |
NIF de la entidad |
Documentación requerida |
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BS508B 2026/020 |
Asociación Cultural Nosa Señora da O |
G75314450 |
– Anexo I: indicar las fechas de inicio y fin de actividades según lo dispuesto en el artículo 2 de la orden. |
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BS508B 2026/041 |
Aspnais-Asociación de Padres o Tutores de Personas con Discapacidad Intelectual de Lugo |
G27018365 |
– Proyecto de actividades: indicar el número de personas beneficiarias en relación con lo indicado en el anexo I |
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BS508B 2026/044 |
Traviesas Hockey Club |
G36680239 |
– Proyecto de actividades: revisar el presupuesto solicitado de acuerdo con lo indicado en el anexo de solicitud (artículo 5.3) y revisar las fuentes de financiación acordes con el cambio anterior; revisar el número de personas beneficiarias del proyecto de acuerdo con lo indicado en el anexo de solicitud (artículo 7.1). |
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BS508B 2026/065 |
Down Vigo, Asociación para el Síndrome de Down |
G36697324 |
– Proyecto de actividades (artículo 7.1): cuantificar el número de personas voluntarias y de personas beneficiarias de acuerdo con lo indicado en el anexo de solicitud. |
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BS508B 2026/075 |
Asociación de Familiares de Enfermos de Alzhéimer y otras Demencias de Galicia, Afaga |
G36776920 |
– Proyecto de actividades: indicar el número de personas beneficiarias y revisar las fechas de proyecto indicadas en el índice y en el plan de actividades para que sean acordes con el artículo 2. |
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BS508B 2026/081 |
Asociación de Socorristas Profesionais do Morrazo |
G94149655 |
– Anexo I: revisar las fechas de proyecto (artículo 2). |
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BS508B 2026/089 |
Asociación Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia Galicia |
G55429922 |
– Proyecto de actividades: indicar el número de personas voluntarias y el número de personas voluntarias en relación con lo indicado en el anexo I; indicar el cronograma de las actividades a desarrollar. |
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BS508B 2026/094 |
Asociación Española contra el Cáncer (AECC)/Junta Provincial de Ourense |
G28197564 |
– Anexo I: revisar la fecha de finalización de las actividades conforme a lo indicado en el artículo 2. |
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BS508B 2026/095 |
Coordinadora para o Estudo dos Mamíferos Mariños, Cemma |
G15400500 |
– Anexo I: revisar la fecha de finalización de las actividades conforme a lo indicado en el artículo 2. |
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BS508B 2026/097 |
Federación Galega de Piragüismo |
G36040764 |
– Anexo I: revisar la fecha de fin de proyecto (artículo 2). |
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BS508B 2026/098 |
Aspronaga, Asociación Pro Personas con Discapacidad Intelectual de Galicia |
G15028855 |
– Anexo I: revisar la fecha de fin de proyecto (artículo 2). |
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BS508B 2026/099 |
Asociación Amigas da Terra |
G32242422 |
– Proyecto de actividades (artículo 7.1): cuantificar el número de personas voluntarias de acuerdo con lo indicado en el anexo de solicitud. |
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BS508B 2026/115 |
Asociación Sustinea |
G32422834 |
– Anexo I: revisar el presupuesto conforme al artículo 5.3. |
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BS508B 2026/116 |
Asociación Cultural Xaquedrum |
G27336353 |
– Proyecto de actividades (artículo 7.1). |
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BS508B 2026/118 |
Asociación Altaír Galiza |
G27439124 |
– Anexo I: revisar la fecha de fin de proyecto (artículo 2), revisar el presupuesto solicitado (artículo 5.3) y revisar las fuentes de financiación acorde con el cambio anterior. |
