En la sesión celebrada el día 12.6.2026, el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_44AV.
MVMC Pena do Rei, Lamaboa y Pena Rubia (expediente 48_80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Veral; y MVMC Segade, Costa de Vilar y de Cinza, Castelo, Cotón y Musgallón (expediente 45_80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Orbazai. Ambos montes están en el ayuntamiento de Lugo.
El 7.8.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Veral, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 11.3.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Pena do Rei, Lamaboa y Pena Rubia: 156,65 ha.
• MVMC Segade, C. de Vilar y de Cinza, Castelo, Cotón y Musgallón: 99,96 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_55AV.
MVMC Santalla (expediente 10_77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santa Eulalia de Pena; y MVMC San Vicente (expediente 11_77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de San Vicente de Pena. Ambos montes están en el ayuntamiento de Begonte.
El 1.9.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Santa Eulalia de Pena, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 16.2.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Santalla: 572,18 ha.
• MVMC San Vicente: 103,87 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_61AV.
MVMC Cadaval, Louseiras y Toxal Novo (expediente 15_98), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilaseñor, en la parroquia de Vilarente; y MVMC Corda de Neda (expediente 112_77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Abeledo. Ambos montes están en el ayuntamiento de Abadín.
El 30.9.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Vilaseñor, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 5.6.2026 el Servicio de Montes emitió un informe t•écnico, que incorpora la nueva cartografía del 29.5.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Cadaval, Louseiras y Toxal Novo: 13,02 ha.
• MVMC Corda de Neda: 444,26 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_69AV.
MVMC Bouzón, Barquela y Serra de Rodís (expediente 82_77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilar de Cabalos; y MVMC Vilameñe (expediente 106_79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Vilameñe. Ambos montes están en el ayuntamiento de Taboada.
El 24.10.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Vilar de Cabalos, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 20.2.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Bouzón, Barquela y Serra de Rodís: 550,43 ha.
• MVMC Vilameñe: 40,78 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_91AV.
MVMC Cervela (expediente 133_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Cervela; y MVMC Cubela (expediente 9_2000), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Cubela. Ambos montes están en el ayuntamiento de O Incio.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Cervela, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 3.3.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Cervela: 289,66 ha.
• MVMC Cubela: 52,50 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_97AV.
MVMC Traviza (expediente 126_78), perteneciente a los vecinos del lugar de Cabanela, en la parroquia de Cabanela; y MVMC Paradela (expediente 96_77), perteneciente a los vecinos del lugar de Paradela, en la parroquia de Galegos. Ambos montes están en el ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Cabanela, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 26.2.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Traviza: 118,32 ha.
• MVMC Paradela: 129,54 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_98AV.
MVMC Traviza (expediente 126_78), perteneciente a los vecinos del lugar de Cabanela, en la parroquia de Cabanela; y MVMC Vilargoíde (expediente 141_77), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilargoíde, en la parroquia de Galegos. Ambos montes están en el ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Cabanela, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 26.2.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Traviza: 116,91 ha (superficie calculada teniendo cuenta el deslinde previo con el MVMC Paradela, correspondiente al procedimiento núm. 2025_97AV).
• MVMC Vilargoíde: 225,41 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_99AV.
MVMC Traviza (expediente 126_78), perteneciente a los vecinos del lugar de Cabanela, en la parroquia de Cabanela; y MVMC Igrexario (expediente 129_78), perteneciente a los vecinos del lugar de A Eirexa, en la parroquia de Galegos. Ambos montes están en el ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Cabanela, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 26.2.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Traviza: 117,39 ha (superficie calculada teniendo cuenta el deslinde previo con el MVMC Vilargoíde, correspondiente al procedimiento núm. 2025_98AV).
• MVMC Igrexario: 84,27 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_100AV.
MVMC Traviza (expediente 126_78), perteneciente a los vecinos del lugar de Cabanela; y MVMC Figueira (expediente 92_77), perteneciente a los vecinos del lugar de Figueira. Ambos montes están en la parroquia de Cabanela, del ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 3.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Cabanela, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 26.2.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Traviza: 162,35 ha (superficie calculada teniendo en cuenta el deslinde previo con el MVMC Igrexario, correspondiente al procedimiento núm. 2025_99AV).
• MVMC Figueira: 191,91 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_102AV.
MVMC Portela (expediente 107_76), perteneciente a los vecinos del lugar de Portela, en la parroquia de Gundriz; y MVMC Praducelo (expediente 103_76), perteneciente a los vecinos del lugar de Praducelo, en la parroquia de Lóuzara. Ambos montes están en el ayuntamiento de Samos.
El 4.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Portela, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 8.6.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Portela: 206,37 ha.
• MVMC Praducelo: 169,04 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_103AV.
MVMC Penedo (expediente 135_78), perteneciente a los vecinos del lugar de Penedo, en la parroquia de Vallo, del ayuntamiento de Navia de Suarna; y MVMC Chaovilarín (expediente 8_81), perteneciente a los vecinos del lugar de Chao de Vilarín, en la parroquia de Vilaquinte, del ayuntamiento de Cervantes.
El 5.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Penedo, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 3.6.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 26.2.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Penedo: 301,51 ha.
• MVMC Chaovilarín: 242,50 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_104AV.
MVMC Tabillón (expediente 86_77), perteneciente a los vecinos del lugar de O Tabillón, en la parroquia de Muñís; y MVMC Embernallas (expediente 38_77), perteneciente a los vecinos del lugar de Embernallas, en la parroquia de Muñís. Ambos montes están en el ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 6.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de O Tabillón, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aportan el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y las certificaciones de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 4.6.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 26.2.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Tabillón: 105,28 ha.
• MVMC Embernallas: 85,93 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_109AV.
MVMC Trabadelo (expediente 88_77), perteneciente a los vecinos del lugar de Trabadelo, en la parroquia de Muñís; MVMC Larxentes (expediente 85_77), perteneciente a los vecinos del lugar de Larxentes, en la parroquia de Muñís; y MVMC Traserra (expediente 84_77), perteneciente a los vecinos del lugar de Traserra, en la parroquia de Rao. Todos ellos están en el ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 10.12.2025 la comunidad de Trabadelo presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo con las comunidades de Larxentes y Traserra, respectivamente, para establecer la línea divisoria que separa sus montes. Para acreditarlo, aportan actas de deslinde, planos topográficos, actas de conciliación y certificaciones de aprobación de las asambleas de las comunidades implicadas.
El 10.3.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 5.3.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado.
El 18.6.2026 se firmó una adenda al citado informe técnico para la subsanación de un error en la superficie del monte de Traserra, y la nueva versión corregida de la cartografía del monte se emitió con fecha 18.6.2026.
A continuación se especifican las superficies resultantes:
• MVMC Trabadelo: 87,78 ha.
• MVMC Larxentes: 218,81 ha.
• MVMC Traserra: 137,57 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_117AV.
MVMC Liñares (expediente 47_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Liñares, en el ayuntamiento de A Pobra do Brollón; y MVMC Rancaño y Serra (expediente 63_76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Rozavales, en el ayuntamiento de Monforte de Lemos.
El 11.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Liñares, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificación de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 26.2.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Liñares: 240,14 ha.
• MVMC Rancaño y Serra: 159,73 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_119AV.
MVMC Castelo (expediente 118_80), perteneciente a los vecinos del lugar de Castelo; y MVMC Pedra (expediente 119_80), perteneciente a los vecinos del lugar de Pedra. Ambos montes están en la parroquia de Freixo, del ayuntamiento de A Fonsagrada.
El 11.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Castelo, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 8.6.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía del 20.2.2026, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Castelo: 197,81 ha.
• MVMC Pedra: 109,99 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_120AV.
MVMC Santo Estevo (expediente 35_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santo Estevo de Parga; MVMC Mariz (expediente 27_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Mariz; y MVMC Santa Leocadia (expediente 32_75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santa Locaia de Parga. Todos ellos del ayuntamiento de Guitiriz.
El 12.12.2025 la comunidad de Santo Estevo presentó una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo con las comunidades de Mariz y Santa Leocadia, respectivamente, para establecer la línea divisoria que separa sus montes. Para acreditarlo, aporta actas de deslinde, planos topográficos, actas de conciliación y certificaciones de aprobación de las asambleas de las comunidades implicadas.
El 21.1.2026, en el Registro Electrónica de la Xunta de Galicia tuvo entrada un escrito de alegaciones de tres personas comuneras de Santa Leocadia. En síntesis, exponen que el acta de deslinde, realizada el 13.11.2025, es previa al acuerdo asambleario de Santa Leocadia, del 11.12.2025; que no les consta el contenido ni el alcance de dicho acuerdo y que parte de los terrenos objeto del deslinde no son monte vecinal en mano común. Finalmente, solicitan la denegación de la tramitación del deslinde entre el MVMC de Santa Leocadia y el MVMC de Santo Estevo.
El 12.3.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico en el que propone la desestimación de las alegaciones formuladas y la correlativa aprobación del deslinde solicitado. En síntesis, la propuesta se fundamenta en la validez de la aprobación asamblearia del 11.12.2025, como ratificación de las actuaciones sobre el terreno el 13.11.2025; la formalización del acuerdo en el acto de conciliación ante el Juzgado de Paz de Guitiriz el 16.1.2026 y en que los terrenos objeto del deslinde están reconocidos como monte vecinal en mano común por resolución del Jurado MVMC.
Finalmente, la propuesta incorpora la nueva cartografía de los montes, en la que se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Santo Estevo: 439,09 ha.
• MVMC Mariz: 762,27 ha.
• MVMC Santa Leocadia: 470,85 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_125AV.
MVMC Augas Mestas (expediente 32_73), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Augas Mestas; y MVMC Lor-margen izquierda (expediente 31_73), perteneciente a los vecinos de los lugares de Carballo de Lor, Margaride, O Pacio, Paradela, Pozos, Riomaior, Sobrado, A Trampilla y O Xanelo, en la parroquia de Quintá de Lor. Ambos montes están en el ayuntamiento de Quiroga.
El 12.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Augas Mestas, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. Para acreditarlo, aporta el acta de deslinde, los planos topográficos, el acta de conciliación y la certificación de aprobación de las asambleas de ambas comunidades.
El 27.2.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Augas Mestas: 454,51 ha.
• MVMC Lor-margen izquierda: 496,62 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_130AV.
MVMC Lombo Gordo, Chao de Lagorzas, Curces y Cabaleiro (expediente 60_78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Rúa; MVMC Burgo de Trasbar (expediente 55_78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Castelo (San Xiao). Ambos montes están en el ayuntamiento de Cervo.
El 15.12.2025 tuvo entrada una solicitud de la comunidad de Rúa para al deslinde de su monte respecto del MVMC Burgo de Trasbar y MVMC Rañadoira, Pena Grande y Pico da Viola, de la parroquia de San Román de Vilaestrofe.
Tras el requerimiento de subsanación y la concesión de prórroga, la comunidad promotora no aportó la documentación preceptiva respecto del deslinde con el monte de Vilaestrofe. En consecuencia, mediante la Resolución del Departamento Territorial de 11.5.2026, se declaró el desistimiento parcial del procedimiento, exclusivamente respecto a la línea con el MVMC Rañadoira, Pena Grande y Pico da Viola, continuándose la tramitación formal para el linde entre los montes de las comunidades de Rúa y de Castelo.
El 24.3.2026 José Antonio Fraga Valle presentó un escrito de alegaciones en el que solicita la condición de interesado y manifiesta su oposición al deslinde por la posible afectación de la parcela 1243 del polígono 73, de la que es titular.
El 16.4.2026 el Servicio de Montes emitió un informe en el que propone la desestimación de las alegaciones de José Antonio Fraga Valle, al constatar técnicamente que la parcela 1243 del polígono 73 no está afectada por el deslinde propuesto, al no existir MVMC clasificado en ese tramo. El informe incorpora la cartografía resultante y fija la superficie de los montes tras el deslinde:
• MVMC Lombo Gordo, Chao de Lagorzas, Curces y Cabaleiro: 853,32 ha.
• MVMC Burgo de Trasbar: 278,78 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
– Procedimiento de deslinde núm. 2025_121AV.
MVMC Licencias y Toxoso (expediente 86_79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Corvelle, en el ayuntamiento de Vilalba; y MVMC Portela y Toxoso (expediente 116_77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Castromaior, en el ayuntamiento de Abadín.
El 14.12.2025 tuvo entrada una solicitud formulada por la comunidad de Corvelle, relativa al deslinde llevado a cabo por acuerdo con la comunidad de Castromaior para establecer la línea divisoria entre sus respectivos montes vecinales. El 4.2.2026, la comunidad promotora presentó una mejora voluntaria de la solicitud. Posteriormente, en respuesta al requerimiento de subsanación efectuado por esta Administración, las comunidades de Corvelle y Castromaior presentaron, el 9.3.2026 y 13.3.2026 respectivamente, las preceptivas certificaciones de los acuerdos de aprobación adoptados por sus correspondientes asambleas generales.
El 17.3.2026 el Servicio de Montes emitió un informe técnico, que incorpora la nueva cartografía, en el que se detallan las modificaciones derivadas del deslinde acordado y se especifican las siguientes superficies resultantes:
• MVMC Licencias y Toxoso: 330,44 ha.
• MVMC Portela y Toxoso: 475,52 ha.
Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.
Contra estos acuerdos podrá interponerse, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lugo, 29 de junio de 2026
María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo
