La Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística se creó con la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, como instrumento fundamental para velar por la utilización racional del suelo conforme a lo dispuesto en el ordenamiento urbanístico. La actual Ley 2/2016, del suelo de Galicia, mantiene la configuración y finalidad de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística. De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto 213/2007, de 31 de octubre, sus órganos directivos son el/la director/a y el Consejo Ejecutivo, como órgano de dirección y control, del cual forman parte cuatro vocales en representación de la Comunidad Autónoma.
En virtud de lo establecido en los artículos 4.13 y 34.2 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día seis de julio de dos mil veintiséis,
DISPONGO:
Artículo único
Designar a María Dolores Gil Liñares, Lorena Solana Barjacoba y Natalia Alvaredo López como vocales del Consejo Ejecutivo de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística.
Santiago de Compostela, seis de julio de dos mil veintiséis
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestruturas
