DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Lunes, 27 de julio de 2026 Pág. 41415

III. Otras disposiciones

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

DECRETO 78/2026, de 13 de julio, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Carballo de un tramo de la carretera autonómica AC-552, junto con su dominio público viario.

El artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia (LCG), dispone que los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

El artículo 9.7 de la LCG recoge que los cambios de titularidad podrán comprender estradas, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El artículo 18.11 del Reglamento general de carreteras de Galicia (RGCG) dispone que los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forma parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos, que proporcione un nivel de servicio cuando menos equivalente.

El 15 de enero de 2026, el Ayuntamiento de Carballo y la Agencia Gallega de Infraestructuras firmaron un convenio de colaboración para llevar a cabo la «humanización de un tramo urbano de la AC-552, avenida de Fisterra». La cláusula tercera de este convenio recoge el compromiso del Ayuntamiento de Carballo de asumir la titularidad del dominio público viario del tramo de la AC-552 entre los puntos kilométricos 31+900 y 32+920.

El tramo de la carretera AC-552 objeto de transferencia tiene su inicio en el p.k. 31+900 de la AC-552, donde termina una transferencia anterior de 5 de junio de 2009 a este ayuntamiento y finaliza en el p.k. 32+970 de la AC-552, pasada la rotonda de acceso principal al parque comercial A Revolta. Discurre, salvo en un tramo de unos 50 metros en su margen izquierda, por suelo clasificado como urbano por el planeamiento vigente en el Ayuntamiento de Carballo.

Se corrige el valor indicado en el convenio respecto del punto kilométrico final, fijándose en el p.k. 32+970, por ser lo que se corresponde con las coordenadas UTM ETRS89 f29N (x=524.245 / y=4.783.426) recogidas en el propio convenio.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con los informes emitidos por los servicios competentes, y teniendo en cuenta que el tramo objeto de transferencia no implica interrupción de ningún itinerario, ya que la carretera AG-55 constituye una alternativa viaria con un mejor nivel de servicio al tramo de la carretera AC-552 entre el p.k. 29+420 y el p.k. 56+460, formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día trece de julio de dos mil veintiséis,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Carballo del siguiente tramo de la carretera AC-552 de la Red autonómica de carreteras de Galicia, junto con su dominio público viario:

Tramo

Inicio

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29N)

Final

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29N)

Longitud (m)

1

Tramo AC-552: Carballo (calle del río

Anllóns) - parque comercial A Revolta

p.k. 31+900

de la AC-552

X = 524.948

y = 4.784.172

p.k. 32+970

de la AC-552

X = 524.245

y = 4.783.426

1.055

Artículo 2

Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la Red Autonómica de Carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio (DOG núm. 129, de 8 de julio), para cambiar los datos de la carretera AC-552, que quedarán reflejados de la siguiente forma:

Clave

Denominación

Tramo

Pki

Pkf

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría funcional

Clase de carretera

Provincia

AC-552

A Coruña

(A Grela)-Cee (AC-550

A Coruña (A Grela) -Bértoa

0+000

29+420

29,42

87,90

Estructurante

Carretera

convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña

(A Grela)-Cee (AC-550)

Bértoa-Carballo

29+420

31+000

1,58

87,90

Local

Carretera

convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña

(A Grela)-Cee (AC-550)

Carballo (parque comercial

A Revolta)-Baio este (AG-55)

32+970

56+460

23,49

87,90

Local

Carretera

convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela) - Cee (AC-550)

Baio este (AG-55)- Baio (AC-404)

56+460

57+200

0,74

87,90

Complementaria

Carretera

convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela) - Cee (AC-550)

Baio (L.T.M. Vimianzo)-Santa Irena (VG- 1.5)

58+440

60+400

1,96

87,90

Local

Carretera

convencional

A Coruña

AC-552

A Coruña (A Grela) - Cee (AC-550)

Santa Irena

(VG-1.5)-

Cee (AC-550)

60+400

91+110

30,71

87,90

Estructurante

Carretera

convencional

A Coruña

El documento del Catálogo y sus modificaciones se pueden consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 3

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la LCG, el Ayuntamiento de Carballo deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 4

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la LCG, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos se podrán consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 5

Corresponde al Ayuntamiento de Carballo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del tramo transferido, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquiera otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, trece de julio de dos mil veintiséis

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras