Mediante el Decreto 143/2023, de 9 de noviembre (DOG núm. 214, de 10 de noviembre), se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023.
En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 12 y 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en la inscripción de las solicitudes de participación en este proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en el Decreto 143/2023, de 9 de noviembre, esta consellería, en el uso de las competencias que le atribuye la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.
DISPONE:
Convocar el proceso selectivo para el ingreso, mediante el sistema de oposición, por el turno de acceso libre y promoción interna, en el cuerpo superior de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de sistemas y tecnología de la información.
I. Normas generales.
I.1. El objeto del proceso selectivo es la cobertura de plazas del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de sistemas y tecnología de la información, correspondientes a la oferta de empleo público del ejercicio 2023, aprobada por el Decreto 143/2023, de 9 de noviembre.
El número de plazas convocadas en la escala de sistemas y tecnología de la información, será de dieciséis (16), de las que dos (2) están reservadas al turno de personas con discapacidad.
Se reservan cuatro (4) plazas para ser cubiertas por el turno de promoción interna. Las plazas no cubiertas por este turno se acumularán a las de acceso libre.
El sistema selectivo será el de oposición.
I.1.1. De conformidad con el decreto 143/2023, de 9 de noviembre, del total de plazas convocadas se reservarán dos (2) plazas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
Si alguna persona aspirante con discapacidad que se presenta por la cuota de reserva de personas con discapacidad supera los ejercicios, pero no obtiene plaza, y su puntuación es superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en este sistema.
De conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, durante los procesos selectivos se dará un tratamiento diferenciado a las personas aspirantes por la cuota de discapacidad, en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y excluidas, a los llamamientos a los ejercicios y a la relación de personas aprobadas. No obstante, al finalizar cada ejercicio y el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán todas las personas aspirantes que lo hayan superado, ordenadas por la puntuación total obtenida, con independencia del tipo de plaza por la que optaran.
I.1.2. Las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la base I.1.1, opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán indicarlo expresamente en la solicitud. De no indicarlo se entenderá que no optan por esta reserva.
Las personas aspirantes solo podrán participar en una de las opciones referidas.
I.1.3. De ser el caso, las aclaraciones o las correcciones deberán realizarse en el plazo de alegaciones a las listas provisionales de personas admitidas.
I.1.4. Al presente proceso selectivo le será aplicable el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (en adelante TRLEBEP), la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, la Ley 2/2015 de 29 de abril, del empleo público de Galicia, el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia; y demás normas concordantes, así como lo dispuesto en esta convocatoria.
I.2. Requisitos de las personas aspirantes.
Para ser admitidas a los procesos selectivos las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización de la presentación de solicitudes de participación y mantener hasta el momento de la toma de posesión, como personal funcionario de carrera, los siguientes requisitos:
I.2.1. Promoción interna.
I.2.1.1. Edad: No exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
I.2.1.2. Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título universitario oficial de grado o licenciatura universitaria en ingeniería en Telecomunicaciones, Informática, Matemáticas, Estadística, Física, Inteligencia artificial o Ciencia del Dato, o bien titulaciones equivalentes del nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) de los mismos ámbitos de conocimiento.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que habían obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del derecho de la Unión Europea.
La acreditación de la titulación requerida deberá tramitarse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes a través de la aplicación FIDES (https://fides.xunta.gal). La titulación académica o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para su obtención se incluirá en el apartado «Expediente-e: FORMACIÓN-FORMACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL». Esta acreditación se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública.
Las personas aspirantes que tengan validada la titulación requerida en el expediente personal electrónico del empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia quedan exentas de esta acreditación.
I.2.1.3. Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los siguientes cuerpos o escalas:
– A los integrados en el subgrupo A1 de la administración general (cuerpo superior), excluidas las escalas
– A los integrados en el subgrupo A2 de la administración general (cuerpo de gestión), excluidas las escalas excepto la escala de gestión de sistemas y tecnologías de la información
Queda expresamente excluido el personal laboral indefinido no fijo.
I.2.1.4. Haber prestado servicios efectivos, durante por lo menos dos años, como personal funcionario en alguno de los cuerpos o de las escalas integrados en el subgrupo A1 de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo superior) o en el subgrupo A2 de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (cuerpo de gestión) y la escala de gestión de sistemas y tecnologías de la información
Quedarán exentos del cumplimiento de este requisito, las personas aspirantes que adquirieran la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo superior o del cuerpo de gestión (subgrupo A2), a consecuencia de la superación de algunos de los procesos de funcionarización o promoción específica convocados al amparo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, por el que se establece el procedimiento para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, siempre que cuente una antigüedad mínima de dos años en la categoría profesional desde a cuál participó en el proceso de funcionarización.
Para estos efectos, se considerarán servicios efectivos los prestados en la situación de servicios especiales (artículo 168 de la Ley 2/2015, de 29 de abril), en la situación de excedencia por cuidado de familiares (artículo 176 de la Ley 2/2015, de 29 de abril), en la situación de excedencia por razón de violencia de género (artículo 177 de la Ley 2/2015, de 29 de abril) y en la situación de excedencia por razón de violencia terrorista (artículo 177.bis de la Ley 2/2015, de 29 de abril).
I.2.1.5. Capacidad funcional: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
I.2.1.6. Habilitación: no haber sido separada/o, ni despedida/o, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del que la persona fue separada o inhabilitada.
En el supuesto de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitada/o o en situación equivalente, ni haber sido sometida/o la sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de origen, el acceso al empleo público en los términos anteriores.
I.2.1.7. No podrá participar en el proceso selectivo el personal funcionario de carrera que ya pertenece a la especialidad objeto de esta convocatoria.
I.2.2. Acceso libre.
I.2.2.1. Edad: tener hechos los dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
I.2.2.2. Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c) Ser nacional de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de personas trabajadoras.
d) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En iguales condiciones podrán participar sus descendientes y las/os de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
I.2.2.3. Titulación: estar en posesión o en condición de obtener el título universitario oficial de grado o licenciatura universitaria en ingeniería en Telecomunicaciones, Informática, Matemáticas, Estadística, Física, Inteligencia artificial o Ciencia del Dato, o bien titulaciones equivalentes del nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) de los mismos ámbitos de conocimiento.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que habían obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del derecho de la Unión Europea.
La acreditación de la titulación requerida deberá tramitarse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes a través de la aplicación FIDES (https://fides.xunta.gal). La titulación académica o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para su obtención se incluirá en el apartado «Expediente-e: FORMACIÓN-FORMACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL». Esta acreditación se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública.
Las personas aspirantes que tengan validada la titulación requerida en el expediente personal electrónico del empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia quedan exentas de esta acreditación.
I.2.2.4. Capacidad funcional: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
I.2.2.5. Habilitación: no haber sido separada/o, ni despedida/o, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del que la persona fue separada o inhabilitada.
En el supuesto de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitada/o o en situación equivalente, ni haber sido sometida/o la sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de origen, el acceso al empleo público en los términos anteriores.
I.2.2.6. Además de los requisitos anteriores, las personas aspirantes que se presenten por la cuota de reserva de discapacidad, tendrán que tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %, con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
I.2.2.7. No podrá participar en el proceso selectivo el personal funcionario de carrera que ya pertenece a la especialidad objeto de esta convocatoria.
I.3. Solicitudes.
I.3.1. Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través del formulario normalizado accesible en el portal web corporativo xunta.gal/funcion-publica, siguiendo la ruta «Procesos selectivos»–«Generación y presentación de solicitudes de procesos selectivos». Para la presentación electrónica de las solicitudes se podrá emplear cualquier de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365) y deberán pagar la tasa que esté vigente en el momento de presentarla que exige la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con el procedimiento que se señala en los siguientes párrafos.
Después de presionar la modalidad de solicitud elegida, las personas aspirantes deberán registrar sus datos de identidad y contacto que se emplearán para sus solicitudes.
Una vez completados los datos de la persona solicitante, se podrá iniciar el proceso de inscripción.
Las personas aspirantes deberán indicar en su solicitud, en el apartado de «Idioma del examen», si el texto del cuestionario del ejercicio deberá de entregarse en idioma gallego o en idioma castellano. Una vez realizada la opción y presentada su solicitud, la persona aspirante no podrá modificar esta opción elegida.
Las personas aspirantes deberán declarar las circunstancias particulares en las que se encuentren relativas al pago de tasas.
Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Si la solicitud derivara de una circunstancia sobrevenida, deberán solicitar la adaptación necesaria en el plazo de un mes desde que se produjera el hecho causante y en cualquier caso en las 24 horas siguientes a la publicación de la convocatoria para la realización del ejercicio en el que proceda su aplicación.
Las personas aspirantes de las adaptaciones señaladas podrán indicar en el mismo epígrafe de la solicitud la presencia durante la realización del ejercicio de atención médica especializada. En este supuesto, deberán acreditar y presentar antes del final del plazo fijado, el original o la copia autentica del informe médico que acredite la necesidad de la dicha medida.
I.3.2. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte (20) días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG).
I.3.3. Las personas interesadas deberán aportar junto con la solicitud de participación y a través de la aplicación informática, la siguiente documentación:
a) En el supuesto de no tener la nacionalidad española, documentación acreditativa de cumplir cualquier de las condiciones previstas en el artículo 52.1 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, en el que se regula del acceso al empleo público de personas nacionales de otros Estados.
b) Justificante de la condición de persona con discapacidad en el caso de estar expedido por otra comunidad autónoma.
c) Justificante de la condición de familia numerosa en el caso de estar expedida por otra comunidad autónoma.
d) Los datos relativos a la exención de la tasa se consultarán automáticamente a no ser que las personas interesadas se opongan la consulta de la documentación, para eso deberán indicarlo en el cuadro correspondiente y aportar la siguiente documentación:
– Personas con discapacidad: certificado de discapacidad.
– Víctimas de terrorismo: resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
– Familia numerosa general o especial: certificado de familia numerosa de carácter general o especial o carné familiar en que conste dicho carácter.
– Demandantes de empleo:
1º. Certificación expedida por la oficina de empleo en la que conste que la persona aspirante figura como demandante de empleo desde, por lo menos, seis meses anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOG.
2º. Certificación del Servicio Público de Empleo Estatal en la que conste que en la fecha de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo no está percibiendo la prestación o el subsidio por desempleo.
Para la remisión electrónica, empleará los apartados habilitados a esos efectos. Si no dispone de copias auténticas deberá generar el anexo de documentación y aportar con su solicitud, original o copia debidamente compulsada, de los documentos justificativos según los supuestos en que se encuentren.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 23.5 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, estarán exentas del pago:
Del importe total de la tasa:
– Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
– Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.
Del 50 % del importe:
– Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.
– Las personas que figuren como demandantes de empleo desde, por lo menos, los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en este apartado, las personas que sufrieran daños físicos o psíquicos a consecuencia de la actividad terrorista y así lo acreditaran mediante sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que conviviera con análoga relación de afectividad o cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
I.3.4. Para el pago de la tasa deberá actuar de lo siguiente manera:
Pago electrónico: deberá introducir los datos de la tarjeta, de crédito o débito, o bizum, en la opción de pago electrónico y en ese momento obtendrá el justificante correspondiente.
Si además se emplea el certificado digital, podrá realizarse el pago con cargo a costa de la persona titular del certificado de las entidades que ofrecen esa posibilidad.
Pago presencial: deberá seleccionar esta opción en la pantalla, imprimir el documento de pago y realizar el ingreso del importe de la tasa en cualquier de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia, donde se le facilitará un ejemplar sellado como justificante. Una vez hecho el pago presencial en la entidad financiera, se deberá acceder a la solicitud pendiente y continuar la inscripción. Se introducirán los datos relativos a la fecha de ingreso y el NRC (Número de Registro Completo) correspondiente. Una vez completados los datos se validará el NRC presionando en el botón «Validar NRC».
La Administración devolverá el importe ingresado en concepto de derechos de examen a aquellas personas aspirantes excluidas de manera definitiva, o bien que no figuren en ninguno de los listados, que así lo soliciten en el plazo de dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución por la que se anuncia la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas.
Para eso será necesario que la persona interesada presente un escrito dirigido al Servicio de Selección de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, solicitando la devolución del importe ingresado en concepto de derechos de examen, que introduzca completo su número de cuenta bancaria en la aplicación Fides, en el epígrafe expediente > datos personales y que aporte el certificado expedido por la entidad financiera en el que figuren los datos asociados a esa cuenta. La presentación fuera del plazo indicado de este escrito o del certificado, o a no introducción en plazo de los datos bancarios en Fides, supondrá la pérdida del derecho a la devolución del importe ingresado.
No procederá la devolución del importe abonado en concepto de derechos de examen en los supuestos de renuncia a participar en el proceso de las personas aspirantes admitidas provisional o definitivamente.
I.3.5. Finalizado correctamente el proceso de pago se podrá presentar la solicitud.
No podrá presentarse más de una solicitud de participación para la misma escala. En el caso de presentar varias solicitudes, solamente se tendrá en cuenta la última presentada.
El estado de las solicitudes podrá ser consultado en cualquier momento, accediendo al sistema en Inscripciones en procesos selectivos donde dispondrá de un listado de todas las solicitudes presentadas por la persona aspirante.
Para cualquier aclaración o información sobre los procedimientos anteriores, las personas aspirantes dispondrán de ayudas y formas de contacto específicas en cada pantalla.
I.4. Admisión de aspirantes.
I.4.1. Una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal aprobará la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas a través de una resolución que será publicada en el DOG. Las listas con las personas aspirantes, con indicación de sus apellidos, nombre y cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, y de las causas de las exclusiones que procedan, se publicarán en el portal web corporativo xunta.gal/funcion-publica.
Estos listados indicarán la relación de personas aspirantes que están exentas de realizar la prueba de acreditación del conocimiento de las lenguas inglesa y gallega, referidas en las bases II.1.1.2 e II.1.1.4.
I.4.2. Las personas aspirantes excluidas, o aquellas que no figuren ni como admitidas ni como excluidas, dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de dicha publicación de la resolución en el DOG, para poder emendar, de ser el caso, el defecto que motivó la exclusión. Igualmente, en el mismo plazo podrán alegar respecto de la falta de exención de la prueba de acreditación del conocimiento de la lengua gallega.
Las alegaciones contra las listas provisionales de personas admitidas y excluidas deberán presentarse a través de la aplicación FIDES (http://fides.xunta.gal).
Las personas aspirantes afectadas podrán acceder la solicitud correspondiente y completar los documentos solicitados.
La estimación o desestimación de dichas peticiones de correcciones se entenderán implícitas en una nueva resolución de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal por la que se aprobará la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que será publicada en el DOG. Los listados definitivos con las personas aspirantes, con indicación de sus apellidos, nombre y cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, y de las causas de las exclusiones que procedan se publicarán en el portal web corporativo xunta.gal/funcion-publica.
El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzgará que se les reconozca a las personas aspirantes la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Cuando de la documentación que deben presentar tras superar el proceso selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas aspirantes decaerán en todos los derechos que pudieran derivar de su participación.
II. Proceso selectivo.
II.1. Oposición.
El programa que regirá las pruebas selectivas es el que figura como anexo I de esta resolución.
Se tendrán en cuenta las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que, con fecha límite de la fecha de finalización de presentación de solicitudes, cuenten con publicación oficial en el boletín o diario correspondiente, aunque su entrada en vigor esté diferida a un momento posterior.
II.1.1. Ejercicios.
Las pruebas de la oposición consistirán en la superación de los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios y obligatorios.
II.1.1.1. Primer ejercicio.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de contenido teórico de ciento ochenta (180) preguntas tipo test, de las que cuarenta (40) corresponderán con la parte general del programa y ciento cuarenta (140) con la parte específica del programa que figura en el anexo I.
Dicho ejercicio dispondrá de ocho (8) preguntas de reserva, de las cuales dos (2) corresponderán a la parte general del programa y seis (6) a la parte específica y que sustituirán a las preguntas anuladas de cada parte por su orden.
Las personas aspirantes del turno de promoción interna estarán exentas de contestar a las preguntas de la parte general del programa, por lo que contestarán unicamente a las ciento cuarenta (140) preguntas de la parte específica y a las correspondientes preguntas de reserva.
Las preguntas tendrán cuatro (4) respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las cuales solo una será la correcta.
Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta. Las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación. Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas solo en el caso de que se anule alguna de las preguntas del ejercicio.
El tribunal procurará que el número de preguntas guarde la debida proporción con el número y contenido de los temas que integran el programa.
El ejercicio tendrá una duración máxima de doscientos cuarenta (240) minutos.
En el turno de promoción interna, superarán este ejercicio las personas aspirantes que tengan el mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
En el turno libre, superarán este ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cinco (5) el número de plazas convocadas, siempre que consigan el mínimo del 40 %, de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Al final de la prueba cada aspirante podrá llevar consigo una copia de su cuadro de respuestas.
Este ejercicio se calificará entre 0 la 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de treinta (30) puntos para su superación.
En el plazo de las veinticuatro (24) horas siguientes a la realización del primero ejercicio se publicarán los contenidos de los cuestionarios así como las respuestas correctas en el portal web corporativo xunta.gal/funcion-publica
La fecha de realización de este ejercicio no tendrá lugar antes de los seis (6) meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOG.
II.1.1.2. Segundo ejercicio.
El segundo ejercicio consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de treinta (30) preguntas tipo test sobre un texto técnico en inglés, con cuatro (4) respuestas alternativas de las cuáles solo una de ellas será la correcta, más tres (3) preguntas de reserva.
La duración máxima de la prueba será de cincuenta (50) minutos.
Le corresponderá al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigido para alcanzar el resultado de apto en la prueba.
Este ejercicio se valorará como apto o no apto y será necesario para superalo obtener el resultado de apto.
Este ejercicio se realizará en un plazo mínimo de dos (2) días hábiles desde el final del ejercicio anterior y máximo de cuarenta (40) días hábiles.
Estarán exentas de realizar esta prueba las personas aspirantes que acrediten un nivel de conocimiento de la lengua inglesa correspondiente a un nivel B2, o superior, dentro del Marco común europeo de referencia. Para esta acreditación, únicamente serán tenidas en cuenta las titulaciones que figuran indicadas en el anexo II a esta convocatoria.
Esta acreditación deberá tramitarse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes a través de la aplicación FIDES (https://fides.xunta.gal) en el apartado «Expediente-e: IDIOMAS-NIVEL DE IDIOMAS». Esta acreditación se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública.
La Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal publicará, junto con la lista provisional de admitidos y excluidos, la relación de las personas aspirantes exentas de realizar la prueba de acreditación del conocimiento de la lengua inglesa.
II.1.1.3. Tercer ejercicio.
El tercer ejercicio, de carácter práctico y escrito: consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico relacionado con las materias que figuran en la parte específica del programa. El Tribunal podrá delimitar el contenido del supuesto práctico mediante la inclusión de cuestiones que deberán ser analizadas y respondidas por las personas aspirantes.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de ciento (120) minutos.
Una vez realizado, será corregido mediante su lectura en sesión pública ante el tribunal. Tras su lectura, el tribunal podrá realizar preguntas a la persona aspirante en relación con su ejercicio durante un período máximo de veinte minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 la 40 puntos y, para superarlo, será necesario obtener un mínimo de veinte (20) puntos. Le corresponderá al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigido para alcanzar esta puntuación mínima.
El tribunal calificará este ejercicio valorando, entre otros, los conocimientos, la claridad, el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita.
Este ejercicio se realizará en un plazo mínimo de dos (2) días hábiles desde el final del ejercicio anterior y máximo de cuarenta (40) días hábiles.
II.1.1.4. Prueba de acreditación del conocimiento de la lengua gallega.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de Ley 2/2015, de 29 de abril, las personas aspirantes deberán realizar este ejercicio, que constará de dos pruebas:
Primera prueba: consistirá en la traducción de un texto del castellano para el gallego elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
Segunda prueba: consistirá en la traducción de un texto del gallego para el castellano, elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de sesenta (60) minutos.
Este ejercicio se valorará como apto o no apto y será necesario para superarlo obtener el resultado de apto. Corresponderá al tribunal determinar el conocimiento de la lengua gallega de acuerdo al nivel del Celga 4 requerido en el proceso selectivo. No podrán superar el proceso selectivo las personas aspirantes declaradas no aptas.
Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten la posesión en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias en este proceso, del Celga 4 o del título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda del Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por el Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
Su acreditación deberá tramitarse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes a través de la aplicación FIDES (https://fides.xunta.gal) en el apartado «Expediente-e: IDIOMAS-GALEGO». Esta acreditación se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública.
Las personas aspirantes que tengan validada la acreditación del nivel requerido (o superior) de conocimiento de la lengua gallega en el expediente personal electrónico del empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia quedan exoneradas de esta acreditación.
La Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal publicará, junto con la lista provisional de admitidos y excluidos, la relación de las personas aspirantes exentas de realizar la prueba de acreditación del conocimiento del idioma gallego.
El tribunal fijará la fecha de realización de esta prueba de acreditación en la misma resolución por la cuál se convoca a las personas aspirantes para la realización del primer ejercicio.
II.1.2. Desarrollo de los ejercicios.
II.1.2.1. El orden de actuación de las personas aspirantes será por orden alfabético y se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra V, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 23 de enero de 2023 (DOG núm. 18, de 26 de enero), por la que se hace público el resultado del sorteo realizado, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución de la misma consellería de 12 de enero de 2023 (DOG núm. 12, de 18 de enero).
II.1.2.2. Las personas aspirantes deberán presentarse a cada ejercicio provistas de NIF, NIE, pasaporte, permiso de conducción u otro documento fidedigno que a juicio del tribunal acredite su identidad.
II.1.2.3. Los ejercicios se realizarán la puerta cerrada sin otra asistencia que la de las personas aspirantes, los miembros del tribunal y las personas designadas por la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal como colaboradoras.
II.1.2.4. En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
II.1.2.5. El llamamiento para cada ejercicio será único, de manera que las personas aspirantes que no comparezcan serán excluidas.
No obstante, las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación, o eventualmente en los primeros días del puerperio, podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, juntando a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al anuncio de la fecha del examen.
El tribunal acordará si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo, aplazarla o adoptar ambas medidas conjuntamente. Contra tal acuerdo no cabrá recurso, sin perjuicio de que las razones de la impugnación se incluyan en cualquier otro recurso admisible de acuerdo con las reglas generales del proceso selectivo.
II.1.2.6. El anuncio de realización de los ejercicios se publicará en el DOG y en el portal web corporativo xunta.gal/funcion-publica con cuarenta y ocho (48) horas, por lo menos, de anticipación a la señalada para su inicio.
II.1.2.7. Si el tribunal, de oficio o con base en las reclamaciones que las personas aspirantes pueden presentar nos tres (3) días hábiles siguientes a la realización del ejercicio, anulara alguna o algunas de sus preguntas o modificara el modelo de corrección de respuestas publicará la correspondiente resolución en el DOG. Las alegaciones de las personas aspirantes deberán presentarse a través de la aplicación FIDES (http://fides.xunta.gal).
II.1.2.8. La resolución por la que se acuerda la publicación de los resultados de los ejercicios se publicará en el DOG. El listado con las personas aspirantes, con indicación de sus apellidos, nombre y cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad se publicarán en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia xunta.gal/funcion-publica.
Las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas a las puntuaciones del ejercicio, en el plazo de diez (10) días hábiles que se contarán desde el día siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución del tribunal referida en el párrafo anterior.
La tramitación de estas alegaciones deberán presentarse a través de la aplicación FIDES (http://fides.xunta.gal).
II.1.2.9. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguna persona aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos en esta convocatoria, se lo comunicará a la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal para que esta le requiera los documentos acreditativos de su cumplimiento.
En caso de que la persona aspirante no acredite el cumplimiento de los requisitos, la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal propondrá su exclusión del proceso selectivo al órgano convocante, que publicará la resolución que corresponda.
II.1.2.10. Para respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir en el acceso al empleo público, el tribunal establecerá e informará a las personas aspirantes, con anterioridad a la realización de los ejercicios, de los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
En caso de que el tribunal acorde parámetros para la cualificación del ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio.
II.1.2.11. El orden de prelación de las personas aspirantes vendrá dada por la suma de la puntuación de los ejercicios de la oposición. No podrá superar el proceso selectivo un número superior al de plazas convocadas.
No obstante, para asegurar la cobertura de las vacantes, si se produjeran renuncias de las personas seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir una relación complementaria de las personas que sigan por puntuación a las propuestas. Para estos efectos, tendrán la misma consideración que las renuncias los supuestos de las personas aspirantes que dentro del plazo fijado, excepto los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos o de su examen se dedujera que carecen de alguno de ellos y que, en consecuencia, no puedan ser nombradas personal funcionario de carrera.
III. Tribunal.
III.1. El tribunal calificador del proceso será nombrado por resolución de la consellería competente en materia de empleo público, y su composición será la determinada por lo previsto en el artículo 59 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, artículo 60 del TRLEBEP, artículo 152 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, y el Decreto 95/1991, de 20 de marzo.
III.2. Las personas que formen parte del tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el artículo 59.2 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, o en las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección aprobadas por Resolución del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 11 de abril de 2007 y en el acuerdo adoptado en el Consello da Xunta de 8 de abril de 2010. La concurrencia de cualquiera de dichas causas deberá ser comunicada a la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal.
La Presidencia deberá solicitar a las restantes personas que formen parte del tribunal y, de ser el caso, al personal asesor previsto en la base III.9 y al personal auxiliar que incorpore a sus trabajos, una declaración expresa de no encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias reflejadas en el párrafo anterior.
En todo caso, las personas aspirantes podrán recusar las integrantes del tribunal cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias referidas en el párrafo primero conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
III.3. La autoridad convocante publicará en el DOG la resolución correspondiente por la que se nombren las nuevas personas integrantes del tribunal calificador que sustituirán a las que perdieran su condición por cualquier de las causas previstas en la normativa aplicable.
III.4. La sesión de constitución deberá realizarse en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del nombramiento del tribunal en el DOG. En dicha sesión el tribunal adoptará todas las decisiones que le corresponda para el correcto desarrollo del proceso selectivo.
III.5. A partir de la sesión de constitución, la actuación válida del tribunal requerirá la concurrencia de la mitad, por lo menos, de sus miembros, con presencia en todo caso de las personas que ocupen la presidencia y la secretaría, o de quien las sustituya.
III.6. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en estas bases, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección y al resto del ordenamiento jurídico.
III.7. Por cada sesión del tribunal se levantará un acta, que, leída al principio de la sesión siguiente y hechas, de ser el caso, las rectificaciones que procedan, será autorizada con la firma de la persona que ocupe la Secretaría y el visto bueno de la persona que ocupe la Presidencia, o quien las sustituya.
III.8. La Presidencia del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios del proceso selectivo sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes y utilizará para eso los impresos adecuados.
El tribunal excluirá aquellas personas aspirantes en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer su identidad.
Las decisiones y los acuerdos que afecten a la cualificación y valoración de las pruebas (determinación del número de preguntas correctas para alcanzar la puntuación mínima, fijación de criterios de valoración, etc.) deberán adoptarse sin conocer la identidad de las personas aspirantes a las que corresponden los resultados obtenidos.
III.9. El tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor para las valoraciones que cuide pertinentes, quien deberá limitarse a colaborar en sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto. Su nombramiento le corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal.
III.10. El tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario para que las personas aspirantes con discapacidades disfruten de similares condiciones para realizar los ejercicios que las restantes participantes. Para tal fin se establecerán para las personas con discapacidades que lo soliciten en la forma prevista en la base I.3 las adaptaciones de tiempo y/o medios que sean necesarias.
Si durante la realización del proceso selectivo, el tribunal tuviera dudas sobre la capacidad de la persona aspirante para lo desempeño de las funciones propias del cuerpo o escala a lo que opta podrá solicitar el dictamen del órgano competente.
III.11. El tribunal tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio, sobre indemnizaciones por razón del servicio al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia. A los efectos de lo previsto en dicho decreto, se entenderá que la designación del tribunal calificador realizada según lo dispuesto en la base III.1 implicará la autorización de la orden de servicio para que sus miembros puedan desplazarse al lugar acordado para cada una de las sesiones convocadas dentro del número máximo autorizado.
La Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal determinará lo dicho número máximo de sesiones autorizado al tribunal y podrá ampliarlo basándose en causas justificadas.
III.12. El tribunal no podrá proponer el acceso al empleo público de un número superior de personas aprobadas al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho, teniendo en cuenta lo previsto en la base II.1.2.11.
III.13. Los acuerdos adoptados por el tribunal del proceso podrán ser objeto de recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de empleo público en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
III.14. Las comunicaciones que formulen las personas aspirantes al tribunal se dirigirán electrónicamente a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal (Edificio Administrativo San Caetano, Santiago de Compostela).
IV. Listado de personas aprobadas, presentación de documentación y nombramiento de personal funcionario de carrera.
IV.1. La cualificación del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición.
En el supuesto de empate en las puntuaciones de dos o más aspirantes se acudirá, por orden, a los siguientes criterios hasta que se resuelva:
– De conformidad con lo dispuesto en el artículo 153 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, relativo a la infrarrepresentación del género femenino en este grupo, escala y especialidad, el desempate se dirimirá a favor de la mujer.
– Puntuación obtenida en el primer ejercicio.
– Puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
– Orden alfabético recogido en la base II.1.2.1.
– En último lugar, el empate se dirimirá por sorteo entre las personas implicadas.
IV.2. Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal publicará en el DOG la resolución por la que se declaran las personas aspirantes que superaron dicho proceso; los listados con las personas aspirantes que superaron el proceso, con indicación de sus apellidos, nombre y cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad o equivalente, ordenadas por las puntuaciones alcanzadas, se publicarán en el portal web corporativo xunta.gal/funcion-publica. En la misma resolución propondrá su nombramiento como personal funcionario de carrera.
A partir del día siguiente al de la publicación en el DOG de la referida resolución, estas dispondrán de un plazo de veinte (20) días hábiles para la presentación de los siguientes documentos:
a) Declaración bajo su responsabilidad de no haber sido separada/o ni despedida/o mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo del que fue separada/o o inhabilitada/o, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala, según el modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.
En el supuesto de ser nacional de otro Estado, declaración jurada o promesa de no encontrarse inhabilitada/o o en situación equivalente, ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de origen, el acceso al empleo público en los mismos términos, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
b) Un certificado o un informe médico sobre el estado de salud que acredite que la persona aspirante no padece enfermedad ni está afectada por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. Los certificados o informes no podrán tener una fecha de emisión anterior a los tres (3) meses de su presentación.
c) Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que superen el proceso selectivo deberán, además, acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes de la Consellería de Política Social e Igualdad y, de ser el caso, de la Administración correspondiente.
La consellería competente en materia de empleo público solicitará al órgano competente la documentación que acredite que las personas aspirantes que accedan por esta cuota de reserva reúnen los requisitos de compatibilidad con el desempeño de las correspondientes funciones.
Las personas aspirantes podrán autorizar a la Administración dicha consulta mediante solicitud expresa remitida junto con el resto de la documentación.
No obstante lo anterior, las personas aspirantes pensionistas de la Seguridad Social que acrediten su discapacidad mediante el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, así como las personas aspirantes pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o jubilación por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, deberán acreditar la compatibilidad de su discapacidad con el desempeño de las funciones propias del cuerpo, escala y, de ser el caso, especialidad profesional o categoría de este proceso selectivo.
IV.3. Las personas aspirantes que dentro del plazo fijado, excepto los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de ella se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base I.2 no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrieran por falsedad en la solicitud inicial.
IV.4. Una vez acreditada la posesión de los requisitos exigidos, las personas aspirantes serán nombradas personal funcionario de carrera mediante resolución de la consellería competente en materia de empleo público que se publicará en el DOG e indicará el destino adjudicado.
IV.5. La adjudicación de las plazas a las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación señalada en la base IV.1.
No obstante, a las personas aspirantes que superen este proceso selectivo por el turno de promoción interna se les adjudicará destino en el mismo puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo siempre que figure en la relación de puestos de trabajo abierto al cuerpo, escala y especialidad a la cual acceden.
IV.6. La toma de posesión de las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el DOG, de conformidad con el artículo 60.e) de la Ley 2/2015, de 29 de abril.
V. Disposición última.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella las personas interesadas podrán presentar recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la consellería competente en materia de empleo público en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el DOG, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o impugnarla directamente ante la Sala del contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en el plazo de dos meses, contados desde la misma fecha, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 23 de julio de 2026
El conselleiro de Hacienda y Administración Pública
P.D. (Orden de 8.1.2020; DOG núm. 16, de 24 de enero)
Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal
ANEXO I
Programa que regirá las pruebas selectivas para el ingreso por el turno de
acceso libre y promoción interna, en el cuerpo superior de la Administración
general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de sistemas
y tecnología de la información.
a) Parte general.
Tema 1. La Constitución española de 1978: título preliminar, título I (artículos 10, 14, 23, capítulo IV y capítulo V) y título VIII.
Tema 2. Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía para Galicia: título I, título II y título III.
Tema 3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: título III, título IV (capítulo I y capítulo IV) y título V.
Tema 4. Ley 4/2019, de 17 de julio, de la administración digital de Galicia: título preliminar, título I, capítulo I.
Tema 5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: título preliminar, capítulos III e IV.
Tema 6. Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico: título preliminar, título I.
Tema 7. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia: título III, título VI (capítulos III y IV) y título VIII.
Tema 8. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: título I, título II, título III y título VIII.
Tema 9. Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia: títulos preliminar, I, II (capítulos I, II y XI), VI, VII y VIII. Título I de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
Tema 10. Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: título preliminar y títulos I y II.
Tema 11. Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno: título preliminar y título I.
Tema 12. Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Tema 13. Ley 9/2017, de contratos del sector público, libros I y II.
b) Parte específica.
Gobierno TIC, dirección pública digital y marco normativo.
Tema 1. La información y los activos digitales en las organizaciones: La información como activo estratégico de las organizaciones. Ciclo de vida de la información. Organizaciones intensivas en conocimiento y organizaciones orientadas al dato. Valor público de la información. Toma de decisiones basada en datos. Activos digitales, servicios digitales y capacidades tecnológicas en el sector público.
Tema 2. Gobernanza de las tecnologías de la información: Concepto de gobernanza TIC. Alineamiento entre estrategia institucional, procesos, datos y tecnología. Marcos de referencia para el gobierno TIC. COBIT, Val IT y BABOK. Objetivos de control, métricas, madurez, riesgos, beneficios y valor público de las inversiones TIC.
Tema 3. Dirección pública digital: Funciones de la dirección TIC en las administraciones públicas. Liderazgo digital, innovación pública y gestión del cambio. Capacidades organizativas para la transformación digital. Administración orientada a plataformas, servicios digitales centrados en las personas y dirección basada en evidencias. Liderazgo de equipos tecnológicos. Gestión del talento, motivación, resolución de conflictos, desarrollo competencial.
Tema 4. Planificación estratégica TIC: Planes directores, planes estratégicos y carteras TIC. Priorización de iniciativas. Cuadros de mando, indicadores, OKR e indicadores clave de rendimiento. Seguimiento, evaluación y control de la ejecución. Gestión del portfolio de proyectos, servicios y productos digitales.
Tema 5. Organización y funcionamiento de las unidades TIC: Modelos organizativos de las áreas TIC. Funciones de arquitectura, desarrollo, operación, seguridad, datos, calidad, soporte y atención a las personas usuarias. Centros de servicios compartidos. Gestión del conocimiento. Capacidades profesionales y modelos de relación con las unidades de negocio.
Tema 6. Gestión económica de las TIC: Análisis de costes y eficiencia de los servicios TIC. Inversiones tecnológicas. Modelos CAPEX y OPEX. Cueste total de propiedad. Retorno de la inversión y creación de valor público. Evaluación económico-financiera de proyectos, servicios cloud y contratos tecnológicos.
Tema 7. Dirección y gestión de proyectos TIC: Fundamentos de la dirección de proyectos. PMBOK, PRINCE2 y otros marcos de referencia para la dirección de proyectos. Ciclo de vida de los proyectos. Gestión del alcance, plazo, coste, calidad, riesgos, comunicaciones, interesados y adquisiciones. Oficina de proyectos. Modelos predictivos, adaptativos y híbridos.
Tema 8. Metodologías ágiles y modelos de entrega de valor: Manifiesto ágil. Scrum, Kanban, Lean y SAFe. Equipos multidisciplinares. Producto mínimo viable. Priorización por valor. Entrega incremental. Escalado ágil. Gobernanza de productos digitales en organizaciones públicas.
Tema 9. DevOps, DevSecOps y cultura de entrega continua: Principios culturales, organizativos y técnicos de DevOps. Integración continua, entrega continua y despliegue continuo. Automatización, colaboración y medición. Integración de la seguridad en el ciclo de vida del software. Observabilidade, retroalimentación y mejora continua.
Tema 10. Contratación pública de tecnología: Compra pública TIC. Preparación de expedientes, definición de necesidades, prescripciones técnicas y criterios de adjudicación. Contratación de desarrollo, mantenimiento, servicios cloud, software e infraestructuras. Compra pública de innovación. Seguimiento de la ejecución contractual y gestión de proveedores. Contratación de sistemas IA, auditoría algorítmica, propiedad intelectual de modelos.
Tema 11. Calidad de los servicios TIC: Conceptos de calidad y excelencia. Modelos de calidad aplicables a las organizaciones y a los servicios TIC. EFQM, ESO 9001 y mejora continua. Indicadores, evaluación de la satisfacción, gestión de no conformidades y mejora de los servicios públicos digitales.
Tema 12. Gestión de servicios TIC: ITIL 4. Sistema de valor del servicio. Cadena de valor de los servicios. Gestión de incidencias, problemas, cambios, configuración, activos, niveles de servicio, disponibilidad y continuidad. Norma ESO/IEC 20000. Catálogo de servicios y acuerdos de nivel de servicio.
Tema 13. Auditoría de los sistemas de información: Concepto, objetivos y alcance de la auditoría de sistemas. Controles generales y controles de aplicación. Auditoría organizativa, técnica, funcional y de cumplimiento. Evidencias, trazabilidad, planificación, ejecución, informes y seguimiento de recomendaciones.
Tema 14. Fondos europeos para la transformación digital: Instrumentos europeos de financiación de la digitalización. Fondos estructurales, programas europeos y mecanismos de recuperación y resiliencia. Principios de selección de operaciones, cumplimiento de hitos, indicadores, control, justificación y evaluación de las inversiones digitales.
Tema 15. Propiedad intelectual, reutilización y software libre: Protección jurídica de los programas de ordenador. Licencias de software. Software propietario, software libre y software de fuentes abiertas. Reutilización de aplicaciones y activos digitales en las administraciones públicas. Soberanía tecnológica, dependencia de proveedores y liberación de software público.
Tema 16. Accesibilidad digital, inclusión y diseño universal: Accesibilidad web y móvil. Diseño universal, usabilidad y experiencia de usuario. Normas y directrices de accesibilidad. Tecnologías de apoyo. Accesibilidad de los servicios digitales públicos, documentos electrónicos, aplicaciones móviles y sedes electrónicas.
Tema 17. Competencias digitales y capacidades profesionales TIC: Marcos de competencias digitales. DigComp y competencias digitales de la ciudadanía. Competencias profesionales TIC, alfabetización de datos, capacidades de dirección pública digital y formación continua. Gestión del talento digital y adaptación a las tecnologías emergentes.
Tema 18. Estrategias de transformación digital: Estrategia Digital de Galicia. Estrategias estatales de digitalización. Década Digital Europea. Indicadores de madurez digital. Políticas públicas de innovación tecnológica, sociedad digital, administración digital, conectividad, datos, IA y ciberseguridad.
Administración digital e interoperabilidad.
Tema 19. Administración electrónica y administración digital: Evolución de la administración electrónica a la administración digital. Derechos de las personas en las relaciones electrónicas con las administraciones públicas. Simplificación administrativa, automatización, digitalización de procedimientos y servicios públicos digitales.
Tema 20. Documento, expediente y archivo electrónico: Documento electrónico. Expediente electrónico. Metadatos. Copia auténtica. Digitalización. Archivo electrónico único. Conservación, preservación digital, integridad, autenticidad, disponibilidad y trazabilidad de la documentación administrativa electrónica.
Tema 21. Interoperabilidad en el sector público: Concepto y dimensiones de la interoperabilidad: organizativa, semántica, técnica y jurídica. Esquema Nacional de Interoperabilidad. Normas técnicas de interoperabilidad. Intercambio seguro de información, reutilización de servicios y cooperación interadministrativa.
Tema 22. Interoperabilidad europea: Marco Europeo de Interoperabilidad. Servicios públicos digitales transfronterizos. Principio de solo una vez. Evaluación de la interoperabilidad, reutilización de soluciones y cooperación entre administraciones europeas.
Tema 23. Identidad digital y servicios electrónicos de confianza: Identificación electrónica. Autenticación. Certificados digitales. Firma electrónica, sello electrónico, sello de tiempo, entrega electrónica certificada y validación de certificados. Prestatarios de servicios de confianza y evidencias electrónicas.
Tema 24. Identidad digital europea y eIDAS 2: Marco europeo de identidad digital. eIDAS 2. Cartera europea de identidad digital. Credenciales verificables y atributos electrónicos. Interoperabilidad de la identidad digital. Uso de identidades digitales en servicios públicos y privados.
Tema 25. Servicios horizontales de administración digital: Servicios comunes y plataformas horizontales. Identificación, firma, registro, notificación, intermediación de datos, factura y contratación electrónicas. Integración de aplicaciones y reutilización de infraestructuras digitales comunes.
Tema 26. Registros, notificaciones y representación electrónica: Registro electrónico. Registro de apoderamientos. Representación de la ciudadanía. Notificaciones electrónicas. Comparecencia electrónica. Evidencias, trazabilidad, interoperabilidad y garantías jurídicas de los actos electrónicos.
Tema 27. Datos abiertos, transparencia y reutilización de la información pública: Gobierno abierto. Transparencia activa y pasiva. Datos abiertos. Reutilización de la información del sector público. Portales de datos. Licencias, formatos reutilizables, calidad, metadatos y valor económico y social de la información pública.
Tema 28. Servicios públicos digitales proactivos: Administración orientada a eventos. Personalización y proactividad de los servicios públicos. Automatización de actuaciones administrativas. Interoperabilidad basada en datos. Servicios centrados en la ciudadanía y evaluación de la experiencia de las personas usuarias.
Gobierno del dato e inteligencia artificial.
Tema 29. Gobierno del dato y estrategia corporativa del dato: Concepto de gobierno del dato. El dato como activo estratégico y como infraestructura pública digital. Estrategias corporativas de datos. Políticas de datos, principios, dominios, responsabilidades y modelos de decisión. Organización del gobierno del dato: órganos de gobierno, propietarios del dato, responsables funcionales, responsables técnicos, fecha stewards y comunidades de práctica. Relación entre gobierno del dato, transparencia, reutilización, interoperabilidad, protección de datos, seguridad e inteligencia artificial..
Tema 30. Calidad, metadatos y ciclo de vida del dato: Dimensiones de la calidad del dato: exactitud, completitud, coherencia, actualidad, unicidad, validez e integridad. Reglas de calidad, perfiles de datos, limpieza, normalización y enriquecimiento. Gestión de metadatos técnicos, funcionales, operativos y de negocio. Catálogos de datos, glosarios corporativos, linaje, trazabilidad y observabilidad del dato. Ciclo de vida del dato desde la creación o captura hasta la conservación, explotación, cesión, archivo o eliminación..
Tema 31. Marcos, modelos y organización de la gestión del dato: DAMA-DMBOK y funciones de la gestión del dato. Arquitectura de datos, modelado, integración, calidad, seguridad, metadatos, datos maestros, almacenamiento y explotación. Fecha stewardship, fecha ownership y fecha literacy. Modelos centralizados, federados y híbridos. Fecha Mesh, Fecha Fabric y gobierno federado del dato. Implantación progresiva del gobierno del dato en organizaciones públicas complejas.
Tema 32. Plataformas analíticas y arquitecturas de explotación de la información: Fecha Warehouse, Data Mart, Fecha Lake y Lakehouse. Procesos ETL y ELT. Integración batch, streaming y casi en tiempo real. Modelado dimensional. Arquitecturas analíticas corporativas. Plataformas de explotación de la información, autoservicio analítico, control de accesos, auditoría y segregación de entornos. Relación entre plataformas analíticas, sistemas transaccionales, gobierno del dato e inteligencia artificial.
Tema 33. Business Intelligence y analítica avanzada: Inteligencia de negocio. Cuadros de mando operativos, tácticos y estratégicos. Indicadores, métricas, KPI y visualización de información. Analítica descriptiva, diagnóstica, predictiva y prescriptiva. Analítica aplicada al diseño, seguimiento y evaluación de políticas públicas. Limitaciones, calidad, nesgos e interpretación responsable de los resultados analíticos.
Tema 34. Big Data y procesamiento masivo de información: Características de los contornos Big Data. Volumen, velocidad, variedad, veracidad y valor. Arquitecturas distribuidas de almacenamiento y procesamiento. Procesamiento batch y streaming. Bases de datos NoSQL, sistemas distribuidos, colas, motores de procesamiento y plataformas escalables. Casos de uso en el sector público: fraude, salud, territorio, movilidad, servicios sociales, evaluación de políticas y mejora de servicios.
Tema 35. Regulación europea del dato y espacios de datos: Fecha Governance Act, Fecha Act y políticas europeas de economía del dato. Compartición segura de datos. Intermediarios de datos, altruismo de datos y reutilización de determinadas categorías de datos. Espacios europeos de datos sectoriales. Gobernanza de ecosistemas de datos. Relación con los datos abiertos, interoperabilidad, soberanía digital, protección de datos, seguridad de la información y contratación de servicios basados en datos.
Tema 36. Fundamentos de la inteligencia artificial y del machine learning: Concepto de sistema de inteligencia artificial. IA simbólica, machine learning, aprendizaje supervisado, no supervisada y por refuerzo. Redes neuronales y aprendizaje profundo. Ciclo de vida de los sistemas de IA: definición del caso de uso, datos, entrenamiento, validación, despliegue, monitorización y retirada. Métricas de evaluación, explicabilidad, robustez, rendimiento y limitaciones. Aplicaciones de la IA en las administraciones públicas y criterios para su adopción responsable.
Tema 37. IA generativa, modelos fundacionales, agentes y sistemas multimodales: Modelos fundacionales. Grandes modelos de lenguaje. Modelos multimodales. Embeddings, recuperación semántica, recuperación aumentada por generación (RAG). Agentes de inteligencia artificial: agentes autónomos, especializados y colaborativos. Sistemas multiagente, orquestación. Patrones de uso en administración pública: asistencia a la tramitación, busca documental, análisis de expedientes, atención a la ciudadanía, apoyo a la decisión y automatización de tareas. Limitaciones: alucinaciones, dependencia de los datos, evaluación de los resultados, confidencialidad, protección de datos, propiedad intelectual y seguridad.
Tema 38. MLOps, LLMOps y operación de sistemas de inteligencia artificial: Industrialización de la IA. MLOps y LLMOps. Gestión de experimentos, versionado de datos, código, modelos, prompts y configuraciones. Pipelines de entrenamiento, validación, evaluación, despliegue y monitorización. Feature stores, registros de modelos, evaluación continua, detección de deriva, observabilidad, auditoría y reproducibilidad. Gobernanza técnica de los modelos. Gestión de costes, consumo energético, dependencia de proveedores y ciclo de vida de los modelos.
Tema 39. Gobierno, ética, riesgos y evaluación de los sistemas de IA: Principios de IA fiable: legalidad, ética, robustez, transparencia, equidad, responsabilidad, seguridad y supervisión humana. Evaluación de impacto algorítmico. Gestión de riesgos de los sistemas de IA. Identificación y mitigación de nesgos. Explicabilidad e interpretabilidad. Registro, documentación, trazabilidad y auditoría. Uso responsable de la IA por empleados públicos. Gobernanza corporativa de la IA (modelo organizativo, roles, oficinas de IA, inventario de sistemas, supervisión, comités de evaluación).
Tema 40. Marco normativo de la inteligencia artificial: Reglamento Europeo de Inteligencia artificial. Enfoque basado en el riesgo. Prácticas prohibidas, sistemas de alto riesgo, sistemas de riesgo limitado y modelos de propósito general. Deberes de proveedores, implantadores y usuarios. Documentación técnica, registros, transparencia, supervisión humana, calidad de los datos, robustez, ciberseguridad y vigilancia posterior a la puesta en el mercado. Relación con el RGPD, protección de datos, contratación pública, responsabilidad, accesibilidad, seguridad y derechos fundamentales.
Tema 41. Ley gallega de IA 2/2025: Ley 2/2025 para el desarrollo e impulso de la inteligencia artificial en Galicia. Principios, gobernanza, derechos de la ciudadanía, inventario de sistemas de IA, Oficina de IA, Consejo Gallego de IA y aplicación en el sector público autonómico
Arquitectura empresarial y arquitecturas tecnológicas.
Tema 42. Arquitectura empresarial: Concepto y principios de la arquitectura empresarial. Alineamiento entre estrategia, procesos, información, aplicaciones y tecnología. Marcos TOGAF y Archimate. Arquitecturas de referencia. Gobierno de la arquitectura, estándares, principios, catálogos, mapas y hojas de ruta. Gestión del portfolio tecnológico y de la deuda arquitectónica.
Tema 43. Arquitecturas distribuidas: Arquitecturas centralizadas, cliente-servidor, multicapa, distribuidas y descentralizadas. Escalabilidad horizontal y vertical. Elasticidad, resiliencia y tolerancia a fallos. Consistencia, disponibilidad y particiones. Diseño de sistemas distribuidos, comunicación entre componentes, latencia, replicación y recuperación.
Tema 44. Arquitecturas orientadas a servicios, microservizos y APIs: SOLA, microservizos y API First. API Gateway, Service Discovery, gestión de configuración, balanceo, resiliencia y versionado. Ciclo de vida de las APIs. Seguridad, autenticación, autorización, control de tráfico, monitorización, documentación y gobierno de las APIs.
Tema 45. Arquitecturas orientadas a eventos: Modelos síncronos y asíncronos. Mensajería, colas, publicación y suscripción, streaming y procesamiento de eventos. Event Driven Architecture. Event sourcing y CQRS. Integración desacoplada. Trazabilidad, idempotencia, entrega de mensajes y patrones de resiliencia..
Tema 46. Computación en la nube: Conceptos, principios y características de la computación en la nube. Autoservicio bajo demanda, acceso amplio a la red, agregación de recursos, elasticidad rápida y servicio medido. Modelos IaaS, PaaS, SaaS, CaaS, FaaS y XaaS. Modelos de despliegue: nube pública, privada, comunitaria y híbrida. Estrategias de adopción cloud: rehost, replatform, refactor, repurchase, retain y retire. Gobierno cloud, seguridad, cumplimiento, operación, costes y nivel de servicio. Contratación y supervisión de servicios cloud en el sector público.
Tema 47. Cloud híbrida, multicloud y soberanía digital: Arquitecturas híbridas y multicloud. Interoperabilidad, portabilidad y reversibilidad. Gestión de identidades, redes, datos, seguridad y operación en contornos multicloud. Dependencia de proveedores, continuidad, localización de los datos, jurisdicción, cifrado y control operativo. Soberanía digital y tecnológica. Modelos de gobierno y decisión sobre cargas de trabajo. FinOps, optimización de costes, GreenOps y sostenibilidad de los servicios cloud.
Tema 48. Arquitecturas cloud native: Principios cloud native. Aplicaciones diseñadas para elasticidad, resiliencia, automatización y operación continua. Contenedores, imágenes, registros y orquestación mediante Kubernetes. Despliegues declarativos, GitOps, Helm, operadores e infraestructura como código. Service Mesh, gestión de tráfico, seguridad entre servicios, observabilidad y control de configuración. Arquitecturas sin servidor, funciones, eventos, escalado automático y patrones de diseño cloud native..
Tema 49. Platform Engineering y plataformas internas: Concepto de Platform Engineering. Plataformas internas para desarrolladores. Catálogo de servicios, golden paths, autoservicio, automatización y reducción de la complejidad cognitiva. Relación con DevOps, SRE, seguridad, arquitectura y equipos de producto. Gestión de plantillas, pipelines, contornos, observabilidad, secretos, políticas y cumplimiento. Métricas de experiencia de desarrollo, productividad, fiabilidad y tiempo de entrega.
Tema 50. Observabilidad, fiabilidad y operación orientada a servicios: Monitorización frente a observabilidad. Registros, métricas, trazas distribuidas y eventos. OpenTelemetry. Correlación de señales, detección de anomalías y análisis de causa raíz. Site Reliability Engineering. SLI, SLO, SLA y presupuestos de error. Gestión de incidencias, postmortems sin culpa, automatización, gestión de capacidad y rendimiento. Diseño para fiabilidad, degradación controlada, resiliencia y continuidad digital.
Tema 51. Arquitecturas móviles: Aplicaciones nativas, híbridas y multiplataforma. Integración con servicios backend. Gestión de dispositivos móviles. Seguridad, identidad, autorización, cifrado y publicación de aplicaciones. Experiencia de usuario y accesibilidad móvil.
Tema 52. Tecnologías de registro distribuido: Blockchain y DLT. Estructura de los bloques, hash, consenso, nodos y contratos inteligentes. Redes públicas, privadas y permisionadas. Casos de uso, limitaciones, escalabilidad, seguridad, gobernanza y consumo energético.
Tema 53. Sistemas de información geográfica: Principios de los sistemas GIS. Datos geográficos, metadatos, capas, proyecciones y servicios geoespaciales. Infraestructuras de datos espaciales. Estándares, visualización, análisis territorial y aplicaciones en las administraciones públicas.
Tema 54. Automatización, BPM y hiperautomatización: Modelado de procesos. BPMN. Sistemas BPM. Motores de reglas. Automatización robótica de procesos. Integración de procesos, datos, documentos, analítica e inteligencia artificial. Gobernanza de la automatización y control de riesgos.
Tema 55. Plataformas colaborativas y de aprendizaje: Entornos colaborativos corporativos. Trabajo digital, comunicación, gestión del conocimiento y productividad. Plataformas de aprendizaje digital. Interoperabilidad, estándares de contenidos, accesibilidad, seguridad y protección de datos.
Tecnologías básicas e ingeniería del software.
Tema 56. Sistemas operativos: Conceptos fundamentales. Procesos, memoria, entrada y salida, sistemas de ficheros, seguridad y administración. Sistemas Linux, Unix y Windows. Virtualización, contenedores y operación de sistemas.
Tema 57. Bases de datos: Bases de datos relacionales y no relacionales. Lenguajes de definición, manipulación y control. Integridad, concurrencia, transacciones, recuperación y replicación. Bases documentales, clave-valor, columnares, grafos y temporales.
Tema 58. Modelado de datos: Modelado conceptual, lógico y físico. Modelo entidad-relación. Modelo relacional. Normalización y desnormalización. Integridad referencial, restricciones, diseño de esquemas, rendimiento y calidad estructural de los datos.
Tema 59. Gestión documental y de contenidos: CMS, ECM y DMS. Clasificación, captura, indexación, preservación y recuperación documental. Integración con la tramitación administrativa. Accesibilidad, seguridad, metadatos y ciclo de vida documental.
Tema 60. Frameworks y plataformas de desarrollo: Frameworks de desarrollo empresarial. Plataformas Java, .NET, JavaScript y otras tecnologías de amplia implantación. Entornos de ejecución, criterios de selección, mantibilidad, seguridad, comunidad y soporte.
Tema 61. Servicios web e integración de aplicaciones: REST, SOAP, GraphQL y arquitecturas basadas en APIs. Contratos de servicio. Integración con sistemas corporativos. Rendimiento, resiliencia, seguridad, versionado y trazabilidad de las integraciones.
Tema 62. Desarrollo para dispositivos móviles: Arquitecturas móviles. Aplicaciones nativas y multiplataforma. Integración con backend. Gestión de sesiones, identidad, autorización, cifrado, publicación, distribución y mantenimiento.
Tema 63. Ingeniería del software: Proceso software. Modelos de ciclo de vida. Desarrollo tradicional, iterativo, incremental y ágil. Gobernanza del desarrollo. Calidad, mantibilidad, seguridad y evolución de los sistemas. Specification-Driven Development (SDD), Test-Driven Development (TDD) y Behavior-Driven Development (BDD). Integración continua, entrega continua y DevSecOps
Tema 64. Ingeniería de requisitos: Obtención, análisis, especificación, validación y trazabilidad de los requisitos. Gestión del cambio. Priorización, requisitos funcionales y no funcionales. Historias de usuario, casos de uso y criterios de aceptación.
Tema 65. Análisis y diseño orientados a objetos: Principios de orientación a objetos. UML. Casos de uso. Diagramas de clases, secuencia, estados, actividades, componentes y despliegue. Modelado estructural y de comportamiento.
Tema 66. Arquitecturas de aplicaciones: Arquitecturas multicapa, Clean Architecture, arquitectura hexagonal y DDD. Separación de responsabilidades. Patrones de diseño y antipatrones. Modularidad, testabilidad, mantibilidad y evolución arquitectónica.
Tema 67. Calidad y pruebas software: Verificación y validación. Pruebas unitarias, integración, sistema, aceptación, rendimiento, seguridad y regresión. Automatización de pruebas. Cobertura, datos de prueba, gestión de defectos y calidad del producto software.
Tema 68. Integración y entrega continua: CI/CD. Pipelines de construcción, pruebas, análisis de código, empaque y despliegue. Gestión de artefactos. Automatización, segregación de entornos, control de cambios y gobernanza de la entrega.
Tema 69. Evolución y mantenimiento de los sistemas: Gestión de la configuración y versionado. Mantenimiento correctivo, adaptativo, perfectivo y evolutivo. Deuda técnica. Refactorización, modernización, migración, obsolescencia tecnológica y continuidad del servicio.
Seguridad de la información, ciberseguridad y protección de datos personales
Tema 70. Marco normativo de protección de datos personales: Normativa europea y estatal de protección de datos. Principios relativos al tratamiento. Bases jurídicas. Derechos de las personas interesadas. Responsables, encargados y corresponsables. Registro de actividades, transferencias internacionales y régimen sancionador.
Tema 71. Privacidad y gobernanza de los datos personales: Privacidad desde el diseño y por defecto. Evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos. Delegado de protección de datos. Análisis y gestión de riesgos para los derechos y libertades de las personas. Medidas técnicas y organizativas. Relación entre privacidad, seguridad, transparencia, IA y reutilización de información.
Tema 72. Esquema Nacional de Seguridad: Principios básicos y requisitos mínimos. Categorización de los sistemas. Medidas organizativas, operacionales y de protección. Declaración y certificación de conformidad. Adecuación al ENS. Guías, herramientas e instrucciones técnicas del Centro Criptológico Nacional.
Tema 73. NIS2 y gobernanza de la ciberseguridad: Marco europeo de seguridad de las redes y sistemas de información. Entidades esenciales e importantes. Medidas de gestión de riesgos de ciberseguridad. Responsabilidades de los órganos de dirección. Cadena de suministro, seguridad de proveedores y terceros. Notificación de incidentes, continuidad, supervisión y régimen de cumplimiento. Coordinación institucional, cooperación europea y relación con el ENS, con las estrategias de ciberseguridad y con la gestión de servicios críticos.
Tema 74. Cyber Resilience Act y seguridad de los productos digitales: Seguridad de los productos con elementos digitales. Requisitos de seguridad por diseño y por defecto. Gestión de vulnerabilidades a lo largo del ciclo de vida. Deberes de fabricantes, importadores y distribuidores. Documentación técnica, evaluación de conformidad, marcado, soporte, actualizaciones y comunicación de vulnerabilidades. Relación con la contratación pública de productos digitales, software, componentes, dispositivos IoT, plataformas y soluciones cloud.
Tema 75. Estrategias y políticas públicas de ciberseguridad: Estrategias europea, estatal y autonómica de ciberseguridad. Normativa europea y española de protección de las infraestructuras críticas. Gobernanza institucional de la seguridad. Capacidades de prevención, detección, respuesta, recuperación y cooperación. Papel de ENISA, autoridades nacionales, CSIRT, CCN-CERT y centros autonómicos. Cultura de ciberseguridad, formación, concienciación, protección de servicios públicos y colaboración público-privada.
Tema 76. Sistemas de gestión de la seguridad de la información y gestión de riesgos: Gobierno de la seguridad de la información. Análisis, evaluación y tratamiento de los riesgos. Normas ESO/IEC 27001, 27002 y 27005. Políticas, procedimientos, controles y mejora continua. Gestión de activos, amenazas, vulnerabilidades, impacto y apetito de riesgo. Cuadros de mando de seguridad, indicadores, auditoría, cumplimiento e integración con el gobierno TIC y con el ENS.
Tema 77. Continuidad de negocio, recuperación y resiliencia operativa: Gestión de la continuidad de negocio. Análisis de impacto en el negocio. Estrategias de continuidad, recuperación ante desastres y resiliencia operativa digital. RPO, RTO, pruebas, ejercicios y mantenimiento de los planes. Continuidad en arquitecturas cloud, híbridas y distribuidas. Relación con la gestión de crisis, incidentes de ciberseguridad, dependencia de proveedores y servicios esenciales.
Tema 78. Gestión de incidentes, análisis forense y amenazas avanzadas: Ciclo de gestión de incidentes: preparación, identificación, contención, erradicación, recuperación y lecciones aprendidas. Equipos CSIRT y SOC. Evidencias digitales, cadena de custodia y análisis forense. Análisis de malware, vulnerabilidades y pruebas de intrusión. Amenazas persistentes avanzadas, ransomware, phishing, explotación de credenciales, ataques a la cadena de suministro y técnicas de evasión.
Tema 79. Criptografía, identidad y servicios de confianza: Criptografía simétrica y asimétrica. Funciones hash, firma digital, cifrado, integridad y no repudio. Infraestructuras de clave pública. Certificados digitales, tarjetas criptográficas, módulos seguros y gestión de claves. Firma electrónica, sello electrónico, serlo de tiempo y servicios de confianza. Relación con eIDAS, identidad digital, autenticación fuerte y protección de datos.
Tema 80. Seguridad de redes, identidades y arquitectura Zero Trust: Seguridad en redes corporativas, centros de datos, contornos cloud y puestos cliente. Segmentación y microsegmentación. IAM, PAM, federación de identidades, autenticación multifactor, Single Sign-On y gestión del ciclo de vida de las identidades. Zero Trust Architecture: verificación explícita, mínimo privilegio, evaluación continua, contexto, dispositivo, usuario, aplicación y dato. ZTNA, SASE, SSE, seguridad perimetral, seguridad interna y monitorización continua.
Tema 81. Seguridad cloud, contenedores y DevSecOps: Modelo de responsabilidad compartida en la nube. Gobierno de la seguridad cloud. Protección de identidades, redes, cargas de trabajo, datos, secretos y configuraciones. CSPM, CWPP, CNAPP, CASB y protección de contenedores. Seguridad en Kubernetes, imágenes, registros, control de admisión, políticas, runtime y cadena de suministro software. DevSecOps, SSDLC, análisis estático y dinámico, dependencia de librerías, SBOM, firma de artefactos, infraestructura como código segura y automatización de controles.
Tema 82. Ciberinteligencia y seguridad de la inteligencia artificial: Inteligencia de amenazas. Fuentes, indicadores de compromiso, tácticas, técnicas y procedimientos. Vigilancia digital y análisis de riesgo. Seguridad de los sistemas de IA. Ataques a modelos: prompt injection, data poisoning, model inversion, model extraction, manipulación de entradas, fuga de información y uso malicioso de IA generativa. Medidas de protección, evaluación, monitorización, controles de acceso, registros, gobierno y responde ante incidentes en sistemas basados en IA. Uso ofensivo y defensivo con IA.
Telecomunicaciones y redes.
Tema 83. Ley general de telecomunicaciones: Marco regulador de las telecomunicaciones y de las infraestructuras digitales. Ley General de Telecomunicaciones. Infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia. Operadores. Redes públicas. Infraestructuras en edificios públicos. Espectro radioeléctrico (visión general). Obligaciones de servicio.
Tema 84. Ley de impulso y ordenación de las infraestructuras de telecomunicaciones de Galicia y normativa de desarrollo: Decreto por el que se regula la incorporación de las Infraestructuras de telecomunicaciones en los edificios de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de Galicia y su integración en la red corporativa de la Xunta de Galicia.
Tema 85. Fundamentos de las redes de comunicaciones: Modelo OSI. Arquitectura TCP/IP. Protocolos de red y transporte. Direccionamiento, encaminamiento, resolución de nombres, servicios básicos de red y transición IPv4-IPv6.
Tema 86. Redes de acceso y transporte: Tecnologías de acceso fijo y móvil. Fibra, redes móviles, tecnologías sin hilos y redes de nueva generación. Redes de transporte, agregación y operador. Calidad de servicio y disponibilidad.
Tema 87. Redes corporativas: Redes LAN, MANO y WAN. Segmentación, VLAN, electrónica de red, encaminadores, conmutadores y pasarelas. Redes definidas por software. SDN y SD-WAN. Monitorización, gestión y seguridad de las comunicaciones.
Tema 88. Comunicaciones sin hilos e Internet de las Cosas: Wi-fi, Bluetooth, tecnologías móviles y IoT. Sensores, actuadores, protocolos, comunicaciones máquina la máquina y casos de uso. Seguridad, gestión y operación de dispositivos conectados.
Tema 89. Redes y servicios de interconexión administrativa: Red SARA e infraestructuras de comunicación de las administraciones públicas. Interconexión de organismos, servicios compartidos, seguridad, disponibilidad, interoperabilidad y evolución de las comunicaciones administrativas.
Infraestructuras digitales y operación de los servicios.
Tema 90. Centros de procesamiento de datos: Diseño, organización y operación de centros de procesamiento de datos. Infraestructuras físicas, electricidad, climatización, seguridad física, control de acceso, prevención de incendios, continuidad y eficiencia energética.
Tema 91. Virtualización, hiperconvergencia y almacenamiento: Virtualización de servidores, escritorios, redes y almacenamiento. Infraestructuras hiperconvergentes. Sistemas SAN, EN Las y almacenamiento definido por software. Replicación, rendimiento, capacidad y administración.
Tema 92. Protección y recuperación de la información: Copias de seguridad, restauración, replicación y recuperación ante fallos. RPO y RTO. Estrategias de backup a disco, en nube y híbridas. Protección frente a ransomware, pruebas de recuperación y ciclo de vida de la información.
Tema 93. Operación de los servicios digitales. Automatización: Alta disponibilidad, balanceo de carga, clústeres, monitorización, observabilidad, automatización operativa y gestión de capacidad. Explotación de servicios TIC. Gestión de rendimiento, disponibilidad, continuidad, eventos, incidencias y mejora operacional. Automatización de la administración de sistemas y servicios. Infrastructure as Code, Configuration as Code, GitOps, aprovisionamiento automatizado, gestión declarativa de la infraestructura y herramientas de automatización.
ANEXO II
• Certificado de nivel avanzado de inglés de las escuelas oficiales de idiomas.
• Certificado de actitud (ciclo superior) en inglés de las escuelas oficiales de idiomas.
• Maestro: especialidad lengua extranjera (Inglés).
• Grao en Maestro de Educación Infantil el Educación Primaria con mención en lengua extranjera: Inglés.
• Diplomatura en Magisterio con habilitación en Inglés.
• First Certificate in English (FCE- Cambridge English).
• Trinity College-Graded Examinations in Spoken English (GESE), grade 7, grade 8 o grade 9.
• Trinity College-Integrated Skills in English Examinations ISE II (B2).
• London Test of English (LTE)/Pearson Test of English (PTE) General-Upper-Intermediate (level 3).
• London Test of English (LTE)/Pearson Test of English (PTE) Academic (59-75).
• TOEFL iBT (Test of English las la Foreign Language-Internet-based Test): 87-109.
• TOEFL PBT (Test of English las la Foreign Language-Paper-based Test): 570-630.
• ECCE (Examination for the Certificate of Competency in English-University of Michigan).
• UNED. CUID (Centro Universitario de Idiomas la Distancia) inglés nivel B2.
• Certificados de las universidades españolas que sigan el modelo de acreditación de exámenes de la Asociación de Centros de Lenguas de Educación Superior (ACLES) CertAcles B2.
• Unicert Level 2.
• CLES 2 (Certificat de competences en langues de l’enseignement superieur).
• BEC 2: Vantage (Business English Certificate) Cambridge University.
• ICFE Vantage (International Certificate in Financial English) Cambridge University.
• TOEIC (Test of English for International Communication) (requiere la superación de las cuatro destrezas: Listening 400-485, Reading 385-450, Speaking 160-190, Writing 150-190).
• IELTS (International English Language Testing System) 5.5.-6.5.
• BULATS inglés (60-74).
• APTIS (British Council) B2 (requiere la superación de las cuatro destrezas).
• OTE (Oxford Test of English) 111-140 (requiere la superación de las cuatro destrezas).
• Telc English B2.
• Anglia Examinations-Advanced/Advanced in Business English (requiere la superación de las cuatro destrezas).
ANEXO III
(Nombre y apellidos aspirante)..., con domicilio en..., con NIF/NIE/pasaporte..., declara, para los efectos de ser nombrado/a persoal funcionario de carrera del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de sistemas y tecnología de la información, que no fue despedida/o ni separada/o mediante expediente disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario de las comunidades autónomas, ni se encuentra en situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso a dicho cuerpo o escala.
..., de ... de 202...
ANEXO IV
(Nombre y apellidos aspirante)..., con domicilio en..., con NIF/NIE/pasaporte..., declara, a los efectos de ser nombrada/o personal funcionario de carrera del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de sistemas y tecnología de la información, que no se encuentra inhabilitada/o o en situación equivalente ni fue sometida/o a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en el Estado de , en los mismos términos, el acceso al empleo público.
(País y localidad)..., ... de ... de 202...
