El artículo 5 del Estatuto de la entidad pública empresarial Augas de Galicia, aprobado por el Decreto 32/2012, de 12 de enero, configura el Consejo Rector como uno de sus órganos de gobierno y el artículo 7 de dicho estatuto indica que es el órgano colegiado de gobierno de Augas de Galicia.
La composición del Consejo Rector se fija en el artículo 7 del Estatuto de la entidad pública empresarial Augas de Galicia indicando que está integrado por la presidencia, que corresponde a quien desempeñe la de Augas de Galicia, la vicepresidencia, que corresponde a quien desempeñe la dirección de la entidad, y que además formarán parte de él los siguientes vocales:
a) Once representantes de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, propuestos por las siguientes consellerías:
Cinco serán propuestos por la consellería competente en materia de aguas.
Un será propuesto por las consellerías competentes en materia de administraciones públicas, hacienda, industria, sanidad, desarrollo rural y pesca.
b) Tres vocales representantes de las entidades locales propuestos por la Federación Gallega de Municipios y Provincias, de los cuales uno deberá ser, llegado el caso de su creación, propuesto por las áreas metropolitanas que se creen.
c) Ocho vocales representantes de los usuarios: dos por los usos domésticos del agua, correspondiendo la propuesta de uno de ellos a las entidades suministradoras y de otro a las comunidades de usuarios y autoabastecimiento, dos por los usuarios agrícolas y ganaderos, dos por los usos industriales y dos en representación de los aprovechamientos hidroeléctricos.
d) Un vocal en representación de las asociaciones no gubernamentales de carácter ambiental más representativas de Galicia.
e) Un/una representante de la Administración general del Estado.
El artículo 7.5 del Estatuto de la entidad pública empresarial Augas de Galicia dispone que el nombramiento y cese de los miembros del Consejo Rector será realizado por la persona titular de la consellería competente en materia de aguas y que el mandato de los representantes de los usuarios durará cuatro años.
El 30 de enero de 2012 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 24 de enero de 2012 por la que se nombran los miembros del Consejo Rector de la entidad pública empresarial Augas de Galicia.
El 20 de febrero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 24 de enero de 2017 por la que se nombra a los miembros del Consejo Rector de la entidad pública empresarial Augas de Galicia.
El 16 de octubre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 7 de octubre de 2019 por la que se nombran miembros del Consejo Rector de la entidad pública empresarial Augas de Galicia, y se dispone la sustitución de los vocales titulares y suplentes que cesaron automáticamente.
El 24 de junio de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 3 de junio de 2021 por la que se nombra a los miembros del Consejo Rector de la entidad pública empresarial Augas de Galicia y el 15 de julio de 2021 se publicó una corrección de errores de dicha Orden de 3 de junio de 2021.
El 25 de octubre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 15 de octubre de 2021 por la que se nombra a un miembro del Consejo Rector de la entidad pública empresarial Augas de Galicia.
El 25 de noviembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 30 de octubre de 2024 por la que se nombran miembros del Consejo Rector de la entidad pública empresarial Augas de Galicia.
Procede en este momento efectuar nuevos nombramientos de dicho Consejo Rector.
Por todo esto, en virtud de lo establecido en el artículo 7.5 del Estatuto de la entidad pública empresarial Augas de Galicia y de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONGO:
Primero. Dejar sin efecto los nombramientos de vocales titulares y suplentes del Consejo Rector de Augas de Galicia efectuados por la Orden de 3 de junio de 2021 (DOG núm. 119, de 24 de junio), por la Orden de 15 de octubre de 2021 (DOG núm. 205, de 25 de octubre) y por la Orden de 30 de octubre de 2024 (DOG núm. 227, de 25 de noviembre).
Segundo. Nombrar vocales titulares y suplentes del Consejo Rector de la entidad pública empresarial Augas de Galicia a las personas titulares de los puestos que se indican:
a) Once vocales en representación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, propuestos por cada una de las consellerías competentes en las siguientes materias:
a.1. Cinco por la consellería competente en materia de aguas:
– Titular: la persona titular de la Gerencia de Augas de Galicia.
– Suplente: la persona titular del Servicio de Recursos Humanos y Régimen Interior.
– Titular: la persona titular de la Comisaría de Aguas de Augas de Galicia.
– Suplente: la persona titular del Servicio de Tramitación de Autorizaciones y Concesiones.
– Titular: la persona titular de la Subdirección General de Régimen Económico y Financiero de Augas de Galicia.
– Suplente: la persona titular del Servicio de Gestión Presupuestaria de Augas de Galicia.
– Titular: la persona titular de la Dirección General de Calidad Ambiental y Sostenibilidad de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.
– Suplente: la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Natural de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.
– Titular: la persona titular de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.
– Suplente: la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de Estudios del Territorio.
a.2. Uno por la consellería competente en materia de administraciones públicas:
– Titular: la persona titular de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
– Suplente: la persona titular de la Subdirección General de Planificación y Protección Civil de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
a.3. Uno por la consellería competente en materia de hacienda:
– Titular: la persona titular de la Subdirección General de Programación Financiera del Sector Público Autonómico y de Seguimiento de Políticas de Gasto de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.
– Suplente: la persona titular de la Jefatura del Servicio de Seguimiento de Políticas de Gasto de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.
a.4. Uno por la consellería competente en materia de industria:
– Titular: la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Economía e Industria.
– Suplente: la persona titular de la Vicesecretaría General de la Consellería de Economía e Industria.
a.5. Uno por la consellería competente en materia de sanidad:
– Titular: la persona titular de la Subdirección General de Salud Ambiental y Seguridad Alimentaria de la Consellería de Sanidad.
– Suplente: la persona titular de la Jefatura del Servicio de Salud Ambiental de la Consellería de Sanidad.
a.6. Uno por la consellería competente en materia de desarrollo rural:
– Titular: la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consellería del Medio Rural.
– Suplente: la persona titular de la Subdirección General de Infraestructuras Agrarias de la Consellería del Medio Rural.
a.7. Uno por la consellería competente en materia de pesca:
– Titular: la persona titular de la Dirección del Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de la Consellería del Mar.
– Suplente: la persona titular de la Subdirección del Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de la Consellería del Mar.
b) Tres vocales en representación de las entidades locales:
– Titular: la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa.
– Suplente: la persona titular de la Secretaría General de la Federación Gallega de Municipios y Provincias.
– Titular: la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Poio.
– Suplente: la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Cartelle.
– Titular: la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Tomillo.
– Suplente: la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de Barreiros.
c) Ocho vocales representantes de los usuarios:
c.1. Dos en representación de los usos domésticos del agua:
– Titular: la persona titular de la Gerencia de la entidad pública empresarial local Augas de Ames.
– Suplente: la persona titular de la Concejalía de Obras del Ayuntamiento de Ames.
– Titular: un/una representante legal de la Asociación de Traídas de Agua de Galicia (Coxapo).
– Suplente: un/una técnico/a de la Asociación de Traídas de Agua de Galicia (Coxapo).
c.2. Dos en representación de los usuarios agrícolas y ganaderos:
– Titular: la persona responsable de la política agraria de la Asociación Profesional Unións Agrarias (UU.AA.).
– Suplente: un miembro de la ejecutiva nacional del Sindicato Labrego Galego (SLG), propuesto el 28 de mayo de 2026 por dicho sindicato.
– Titular: la persona titular de la Presidencia de la Asociación Agraria de Galicia (Asaga).
– Suplente: un miembro de la ejecutiva nacional del Sindicato Labrego Galego (SLG), propuesto el 28 de mayo de 2026 por dicho sindicato.
c.3. Dos en representación de los usos industriales:
– Titular: la persona titular de una de las vicepresidencias de la Confederación de Empresarios de Galicia, propuesta el 27 de mayo de 2026 por dicha confederación.
– Suplente: la persona titular de una de las vicepresidencias de la Confederación de Empresarios de Galicia, propuesta el 27 de mayo de 2026 por dicha confederación.
– Titular: un/una vocal de la Asamblea General de la Confederación de Empresarios de Galicia, propuesto el 27 de mayo de 2026 por dicha confederación.
– Suplente: un/una vocal del Comité Ejecutivo de la Confederación de Empresarios de Galicia, propuesto el 27 de mayo de 2026 por dicha confederación.
c.4. Dos en representación de los aprovechamientos hidroeléctricos:
– Titular: la persona titular de la Dirección de Energía de Xallas Electricidad y Aleaciones, S.A.
– Suplente: la persona titular de la Unidad de Producción Hidráulica Noroeste de Endesa Generación, S.A.
– Titular: la persona titular de la Dirección de Energía y Promoción de Energía de Galicia, S.A.
– Suplente: la persona titular de la Dirección de Desarrollo de Negocio de Técnicos Asociados Gallegos, S.L.
d) Uno en representación de las asociaciones no gubernamentales de carácter ambiental más representativas de Galicia:
- Titular: la persona titular de la vocalía de Agua y Ríos de la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galicia.
– Suplente: la persona titular de la Presidencia de la Sociedad Gallega de Historia Natural.
e) Uno en representación de la Administración general del Estado:
– Titular: la persona titular de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
– Suplente: la persona titular de la Jefatura de Planificación Hidrográfica de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Tercero. Esta orden producirá efectos desde el día en que se dicta, sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 5 de junio de 2026
Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático
