En la sesión que tuvo lugar el 28 de julio de 2026, el tribunal nombrado por la Resolución de 9 de diciembre de 2025 (Diario Oficial de Galicia núm. 239, de 11 de diciembre) para calificar este proceso selectivo
ACORDÓ:
Primero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria y con lo dispuesto en los criterios de corrección, valoración y superación del segundo ejercicio del proceso selectivo, aprobados por el tribunal en la sesión que tuvo lugar el 15 de mayo de 2026, superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de veinticinco (25) puntos.
Segundo. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas al segundo ejercicio del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre y promoción interna, en el cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de profesores numerarios de institutos politécnicos marítimo-pesqueros, especialidad de procesos de cultivo acuícola, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
La tramitación de estas alegaciones deberá presentarse a través de la aplicación Fides (https://fides.xunta.gal).
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.1.3 de la convocatoria, las personas aspirantes que superaron el segundo ejercicio dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución por la que el tribunal haga públicas las calificaciones del segundo ejercicio, y deberá tramitarse a través de la aplicación Fides (https://fides.xunta.gal) en el epígrafe Expediente-e: Idiomas-Gallego. Esta acreditación se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dictan instrucciones para regular el contenido, uso y acceso al expediente personal electrónico del personal empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades públicas instrumentales (DOG núm. 237, de 15 de diciembre).
No tendrá que presentar la documentación justificativa de exención quien ya haya acreditado la posesión del Celga requerido y así conste en el listado de personas aspirantes, publicada, junto con esta resolución, por la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.13 del orden de la convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 28 de julio de 2026
Alfonso García Magariños
Presidente del tribunal
