En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental; en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:
Solicitante/promotora: Olivento, S.L. (NIF: B84172790).
Domicilio social: paseo de La Castellana, 91, 11º, 28046 Madrid.
Denominación del proyecto: parque eólico Repotenciación Serra da Loba.
Nº de expediente: IN408A 2025/018.
Ayuntamientos afectados: Guitiriz y Xermade (Lugo), Aranga y Monfero (A Coruña).
Potencia que se instalará: 36 MW (5 aerogeneradores a 7,2 MW).
Potencia a autorizar/evacuable: 36 MW.
Presupuesto de ejecución material: 29.840.382,79 €.
Plazo de ejecución: doce (12) meses.
Localización (área de afección):
Coordenadas perimétricas de la poligonal del parque eólico:
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Vértice poligonal |
Coordenadas UTM huso 29 ETRS89 |
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X (m) |
Y (m) |
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V1 |
584.616,00 |
4.793.215,00 |
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V2 |
585.467,00 |
4.793.465,00 |
|
V3 |
586.372,00 |
4.795.085,00 |
|
V4 |
588.050,00 |
4.796.361,00 |
|
V5 |
588.112,00 |
4.797.276,00 |
|
V6 |
590.704,00 |
4.798.841,00 |
|
V7 |
591.182,00 |
4.798.841,00 |
|
V8 |
591.182,00 |
4.798.405,00 |
|
V9 |
591.045,00 |
4.798.326,00 |
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V10 |
590.338,00 |
4.798.326,00 |
|
V11 |
590.338,00 |
4.798.125,00 |
|
V12 |
588.590,00 |
4.797.035,00 |
|
V13 |
588.536,00 |
4.796.102,00 |
|
V14 |
586.758,00 |
4.794.750,00 |
|
V15 |
585.965,00 |
4.793.332,00 |
|
V16 |
585.965,00 |
4.792.892,00 |
|
V17 |
589.042,00 |
4.792.603,00 |
|
V18 |
589.288,00 |
4.791.380,00 |
|
V19 |
587.426,00 |
4.789.892,00 |
|
V20 |
587.212,00 |
4.789.876,00 |
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V21 |
586.643,00 |
4.790.102,00 |
|
V22 |
586.366,00 |
4.791.622,00 |
|
V23 |
585.542,00 |
4.792.546,00 |
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V24 |
584.616,00 |
4.792.546,00 |
Coordenadas de los aerogeneradores:
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Aerogenerador |
Coordenadas UTM huso 29 ETRS89 |
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X (m) |
Y (m) |
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L-1 |
586.904,00 |
4.792.247,00 |
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L-2 |
587.289,00 |
4.791.090,00 |
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L-3 |
587.217,00 |
4.790.422,00 |
|
L-4 |
588.598,00 |
4.792.101,00 |
|
L-5 |
588.717,00 |
4.791.590,00 |
Coordenadas de la torre meteorológica:
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Torre meteorológica |
Coordenadas UTM huso 29 ETRS89 |
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X (m) |
Y (m) |
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TM |
586.636,00 |
4.791.114,00 |
Características técnicas de la instalación:
– Cinco (5) aerogeneradores tripala del fabricante Vestas modelo V-172, de 7,2 MW de potencia nominal, con un diámetro de rotor de 172 m y una altura de buje de 114 m, que se corresponden con los aerogeneradores L-1 a L-5.
– Cinco (5) centros de transformación de 8.400 kVA de potencia y relación de transformación 0,72/20 kV, que se instalarán en el interior de cada aerogenerador, con sus correspondientes equipamientos de seccionamiento, maniobra e protección.
– Red soterrada de 20 kV para conectar los aerogeneradores con la subestación transformadora Serra da Loba 66/20 kV, compuesta por dos circuitos con cable unipolar de tipo RHZ1-2OL 12/20 kV Al, y secciones de 240-400-500 mm².
– Red de comunicaciones Ethernet con el fin de realizar las tareas de monitorización y control del parque eólico, que usará como soporte un cable de fibra óptica que enlaza los diferentes aerogeneradores con el servidor SCADA.
– Una torre meteorológica definitiva de 114,2 metros de altura, con capacidad autoportante, equipada con sus correspondientes equipamientos de medición.
– Subestación transformadora Serra da Loba 20/66 kV, la subestación actual es válida para a conexión do parque eólico Serra da Loba repotenciado, tanto por la capacidad de transformación como por su propia configuración, con dos celdas de línea de 20 kV existentes que permiten la conexión de los dos circuitos en que se distribuirá el sistema colector de la nueva planta eólica.
• Se realizará la sustitución de una de las celdas de 20 kV, con una intensidad nominal de 630 A, por una de idénticas características pero con una intensidad nominal de 1250 A, para permitir la conexión del circuíto 1 (aerogeneradores L-1 a L-3), intensidad máxima prevista de 656 A.
– Una línea aérea de alta tensión de 66 kV para evacuar la energía generada desde la subestación transformadora Serra da Loba 20/66 kV, con una longitud total de 15,5 km, con la subestación Sidegasa 66 kV, perteneciente a la red de distribución gestionada por UFD Distribución Electricidad, S.A.
• Dos circuitos trifásicos con conductores de aluminio con alma de acero 242-AL1/39-ST1A (LA-280, Hawk), tendidos sobre torres metálicas en configuración «barril».
• Uno de los circuitos se conecta a la subestación Serra da Loba, para la evacuación de la energía de los parques eólicos Serra da Loba e Pena Revolta.
• El segundo circuito se conecta a la subestación del parque eólico Touriñán IV (Serra de O Moncoso), para la evacuación de energía de dicha planta eólica.
Órgano competente:
El órgano competente para autorizar el proyecto de las referidas instalaciones eléctricas es la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático.
Procedimiento de evaluación ambiental:
El proyecto de las referidas instalaciones eléctricas está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Objeto de la información pública:
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y por las demás normas de aplicación, relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objeto de la información pública los siguientes documentos:
1. El proyecto de ejecución: parque eólico Serra da Loba Repotenciación e infraestruturas de evacuación. “Proyecto de ejecución Renovación tecnológica parque eólico Serra da Loba. Octubre 2025 (firmado el 15.12.2025).
2. El estudio de impacto ambiental (EsIA): Estudio de Impacto Ambiental relativo a la Renovación Tecnológica del parque eólico Serra da Loba. Municipios de Aranga y Monfero (Provincia de A Coruña) y Guitiriz y Xermade (Provincia de Lugo). Diciembre 2025 (firmado el 19.12.2025).
Esta documentación estará disponible para su consulta en las siguientes dependencias administrativas:
Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático (San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela), de 9:00 a 14:00 horas, con cita previa en el correo electrónico sxrenovables.medio-ambiente@xunta.gal o en el teléfono 981 54 55 73.
Servicios de Energías Renovables e Infraestructuras de los departamentos territoriales de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático en Lugo (ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo), con cita previa en el correo electrónico renovables.medioambiente.lugo@xunta.gal o en el teléfono 982 88 94 39, y de A Coruña (calle Vicente Ferrer, nº 2, 2º piso, 15071 A Coruña), con cita previa en el correo electrónico enerxiasrenovables.coruna@xunta.gal o en los teléfonos 981 18 49 82 e 981 18 49 83.
Ayuntamientos de Guitiriz, Xermade, Aranga y Monfero.
Asimismo, la documentación estará disponible en el portal web de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático a través del siguiente enlace:
https://medioambiente.xunta.gal/enerxias-renovables/documentos-exposicion-publica
Todo lo anterior se hace público para el conocimiento general y para que se pueda examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas, dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.
Santiago de Compostela, 31 de julio de 2026
Paula Mª Uría Traba
Directora general de Energías Renovables y Cambio Climático
