Antecedentes:
Primero. Mediante la Orden de 30 de junio de 2023, conjunta de la Consellería de Economía, Industria e Innovación y de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (DOG núm. 155, de 17 de agosto), se establecieron las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la formación de doctores y doctoras de las universidades del Sistema universitario de Galicia en empresas y centros de innovación y tecnología, programa Doctorados industriales, y se convocaron para el ejercicio 2023 (código de procedimiento IN606D).
Segundo. Mediante la Resolución de 7 de diciembre de 2023, conjunta de la Consellería de Economía, Industria e Innovación y de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (DOG núm. 239, de 19 de diciembre), se adjudicaron las ayudas convocadas en virtud de la citada orden, entre las que figuraba la Fundación Centro Tecnológico de Eficiencia y Sostenibilidad Energética (EnergyLab) como entidad beneficiaria.
Tercero. Mediante la Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional (DOG núm. 235, de 5 de diciembre), se modificó la distribución por anualidades de las ayudas concedidas en la Resolución de 7 de diciembre de 2023 y se actualizaron los importes correspondientes a las anualidades pendientes de las entidades beneficiarias.
Cuarto. El 19 de noviembre de 2025, la Fundación Instituto Tecnológico de Galicia comunicó a la Agencia Gallega de Innovación la fusión por absorción de la Fundación Centro Tecnológico de Eficiencia y Sostenibilidad Energética, la cual se extingue como entidad jurídica. Según la documentación aportada, la fusión produce efectos jurídicos desde el 14 de noviembre de 2025.
Fundamentos de derecho:
Primero. El artículo 16 de la Orden de 30 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la formación de doctores y doctoras de las universidades del Sistema universitario de Galicia en empresas y centros de innovación y tecnología, programa Doctorados industriales, establece que toda alteración de las condiciones que se tuvieron en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, siempre que se mantenga la finalidad de la subvención, no se produzca perjuicio a terceros y los nuevos elementos y circunstancias que motivan la modificación, de haber estado presentes en la concesión inicial, no implicaran la denegación de la ayuda.
Segundo. De la documentación incorporada al expediente resulta acreditada la fusión por absorción de la Fundación Centro Tecnológico de Eficiencia y Sostenibilidad Energética por la Fundación Instituto Tecnológico de Galicia, por lo que se produce la sucesión universal de la entidad absorbente en los derechos y obligaciones de la entidad absorbida.
Tercero. La modificación propuesta no altera la naturaleza ni la finalidad de la ayuda concedida, no supone un incremento de la cuantía global de la subvención ni ocasiona perjuicio a terceros, ya que se limita a adaptar la resolución de concesión a la nueva situación jurídica derivada de la operación de fusión.
Cuarto. En consecuencia, se considera procedente modificar la Resolución de 7 de diciembre de 2023, modificada por la Resolución de 28 de noviembre de 2024, para atribuir a la Fundación Instituto Tecnológico de Galicia las anualidades pendientes de ejecución correspondientes a la Fundación Centro Tecnológico de Eficiencia y Sostenibilidad Energética.
Por lo que antecede,
RESUELVO:
Primero. Modificar la Resolución de 7 de diciembre de 2023, conjunta de la Consellería de Economía, Industria e Innovación y de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional e Universidades, por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 30 de junio de 2023 para la formación de doctores y doctoras de las universidades del Sistema universitario de Galicia en empresas y centros de innovación y tecnología, programa Doctorados industriales (código de procedimiento IN606D), modificada por la Resolución de 28 de noviembre de 2024, en lo relativo a las anualidades pendientes de ejecución desde el ejercicio 2026 correspondientes al expediente 15_IN606D_2023_2549300.
Segundo. Como consecuencia de la fusión por absorción de la Fundación Centro Tecnológico de Eficiencia y Sostenibilidad Energética, con NIF G27719913, por la Fundación Instituto Tecnológico de Galicia, con NIF G15305923, se suprime la condición de entidad beneficiaria de EnergyLab respecto de las anualidades pendientes de ejecución desde el ejercicio 2026.
Tercero. La Fundación Instituto Tecnológico de Galicia se subroga en la totalidad de derechos y obligaciones derivados de la condición de entidad beneficiaria de la ayuda concedida a la Fundación Centro Tecnológico de Eficiencia y Sostenibilidad Energética y asume la ejecución de las actuaciones subvencionadas y las obligaciones de justificación, seguimiento y control asociadas a la subvención.
Cuarto. En consecuencia, los importes correspondientes a las anualidades 2026 y 2027 del expediente 15_IN606D_2023_2549300, inicialmente atribuidos a la Fundación Centro Tecnológico de Eficiencia y Sostenibilidad Energética, se asignan a la Fundación Instituto Tecnológico de Galicia, tal y como se aprecia en el anexo I.
Quinto. El resto de las condiciones establecidas en la Resolución de 7 de diciembre de 2023 y en la Resolución de 28 de noviembre de 2024 se mantienen sin modificación.
Contra esta resolución, las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 13 de julio de 2026
El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
P.D. (Orden de 5.6.2024)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Educación,
Ciencia, Universidades y Formación Profesional
