De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de las bases de la convocatoria que rige el proceso de selección para la cobertura del puesto de personal directivo, gerente de la Fundación Cesga, convocado por la Resolución de 11 de junio de 2026, cuyo anuncio fue publicado en el Diario Oficial de Galicia número 112, de 17 de junio, teniendo en cuenta el Acuerdo de 30 de julio del tribunal designado para calificar el proceso de selección del puesto antes indicado por el que se hace pública la puntuación definitiva obtenida por las personas aspirantes y se eleva la propuesta de contratación de la persona candidata con mayor puntuación, y en virtud de las facultades conferidas en los estatutos de la Fundación Cesga,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la propuesta formulada por el tribunal en su Acuerdo de 30 de julio de 2026, que fue publicado en la web de la Fundación Cesga, para el puesto de gerentea con la candidata:
María Pilar Martínez García, con DNI (*) **4650**.
(*) El DNI se muestra cifrado con el fin de proteger los datos de carácter personal.
Segundo. Solicitar a la candidata seleccionada que acepte el puesto en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. El vínculo se formalizará el 1 de septiembre de 2026 mediante un contrato laboral de alta dirección, al amparo de lo previsto en el Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección; en el artículo 17 del Decreto 119/2012, de 3 de mayo, por el que se regulan las retribuciones y percepciones económicas aplicables a los órganos de gobierno o de dirección y al personal directivo de las entidades del sector público autonómico; en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en lo que dispongan los estatutos de la Fundación Cesga.
La persona titular de la Gerencia está sujeta al régimen de incompatibilidades establecido en la normativa estatal y de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto al personal a su servicio.
Cuarto. Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Quinto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Potestativamente, y con carácter previo, se podrá interponer recurso administrativo de reposición ante este órgano directivo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 10 de agosto de 2026
Carmen Cotelo Queijo
Presidenta de la Fundación Pública Gallega
Centro Tecnológico de Supercomputación de Galicia
