De conformidad con los artículos 44 y 46.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se intentó sin efecto la notificación del acto que se indica por razones no imputables a la Administración.
Al no ser posible practicar la comunicación a la que se refiere el número 2 del artículo 22 de la Ley 3/2007, del 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, a las personas propietarias de las parcelas que se enumeran a continuación por razones no imputables a esta Administración, se hace pública la comunicación de gestión de la biomasa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace pública la comunicación de gestión de la biomasa.
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Acto para notificar |
Ref. catastral Polígono/parcela |
Localización |
Persona interesada Persona responsable |
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Orden de ejecución (exp. 1352-2026) Resolución inicio O. E. de 21.7.2026 |
36043A012014090000JU (Polígono 12-parcela 1409) |
Caldelas Ponte Caldelas |
Laurinda Portela Duque |
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Orden de ejecución (exp. 1353-2026) Resolución inicio O. E. de 21.7.2026 |
36043A053000670000JX (Polígono 53-parcela 67) |
Caldelas Ponte Caldelas |
Abdón Martínez Orge |
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Orden de ejecución (exp. 1355-2026) Resolución inicio O. E. de 21.7.2026 |
36043A053000690000JJ (Polígono 53-parcela 69) |
Caldelas Ponte Caldelas |
Juan Méndez Boullosa |
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Orden de ejecución (exp. 1366-2026) Resolución inicio O. E. de 21.7.2026 |
36043A012007210000JX (Polígono 12-parcela 721) |
Gradin Ponte Caldelas |
María Trinidad Corbacho Franco |
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Orden de ejecución (exp. 1368-2026) Resolución inicio O. E. de 22.7.2026 |
36043A012007190000JY (Polígono 12-parcela 719) |
Gradín Ponte Caldelas |
Palmira García Cerviño |
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Orden de ejecución (exp. 1383-2026) Resolución inicio O. E. de 22.7.2026 |
36043A035000370000JZ (Polígono 35-parcela 37) |
Barbudo Ponte Caldelas |
Abilio Jaime Garrido Garrido |
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Orden de ejecución (exp. 979-2026) Resolución inicio O. E. de 24.7.2026 |
36043A024004190001KJ (Polígono 24-parcela 419) |
Parada Ponte Caldelas |
Carmen Villanueva Meijón |
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Orden de ejecución (exp. 1414-2026) Resolución inicio O. E. de 24.7.2026 |
36043A012010410000JP (Polígono 12-parcela 1041) |
Cuñas Ponte Caldelas |
En investigación |
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Orden de ejecución (exp. 1415-2026) Resolución inicio O. E. de 24.7.2026 |
36043A012010500000JK (Polígono 12-parcela 1050) |
Cuñas Ponte Caldelas |
En investigación |
En virtud de lo expuesto, se comunica que en las referidas parcelas se incumple lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 3/2007. Por lo tanto, se establece un plazo máximo de 15 días naturales para el cumplimiento voluntario de la gestión de la biomasa en la citada parcela, que se iniciará al día siguiente al de la recepción de esta notificación.
Se publica este anuncio en el Diario Oficial de Galicia para que sirva de notificación a la persona interesada, para cuyo fin se le comunica que tanto la notificación como el expediente se encuentran a su disposición en el Ayuntamiento de Ponte Caldelas (avenida de Galicia, 17, 36820 Ponte Caldelas, Pontevedra). Igualmente, esta información estará disponible en la sede electrónica de esta entidad.
El artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece que cuando no se pueda determinar la identidad de la persona responsable de la gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas prohibidas, o cuando resulte infructuosa la notificación de la comunicación, esta se efectuará mediante un anuncio en el Boletín Oficial do Estado y en el Diario Oficial de Galicia de los datos catastrales de la parcela.
El artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, faculta a este ayuntamiento para la ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento de los trabajos de gestión de biomasa, con la repercusión de los costes a las personas responsables.
El artículo 22.6 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece la obligación de las personas responsables de facilitar los necesarios accesos a las entidades responsables de los trabajos de gestión de la biomasa, que no requerirán de ninguna autorización para la ejecución subsidiaria de la gestión de la biomasa en las redes de fajas de gestión.
Ponte Caldelas, 28 de julio de 2026.
Andrés Díaz Sobral
Alcalde presidente
