DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Martes, 18 de agosto de 2026 Pág. 45047

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Soutomaior

ANUNCIO de 27 de julio de 2026 de notificaciones a personas titulares conocidas y desconocidas de los procedimientos de orden de ejecución subsidiaria relativos a la gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas.

De conformidad con los artículos 44 y 46.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se intentó sin efecto las notificaciones de los actos que se indican por razones no imputables a la Administración.

Al no ser posible practicar las comunicaciones a la que se refiere el punto 2 del artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, a las personas titulares de las parcelas que se enumeran a continuación por razones no imputables a esta administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hacen públicas las comunicaciones de gestión de la biomasa.

Acto que se notifica

Referencia catastral

polígono/parcela

Localización

Superficie afectada

Liquidación provisional

Persona interesada

Persona responsable

Orden de ejecución (exp. 1016/2026)

Resolución de inicio O.E. de 25.6.2026

36053A01900285

(polígono 19, parcela 285)

Lamelas

Soutomaior

1.554 m2

409,74 €

David Pérez García

Orden de ejecución (exp. 649/2026)

Resolución de inicio O.E. de 22.4.2026

36053A01300521

(polígono 13, parcela 521)

Lamelas

Lg. Alxán

Soutomaior

170 m2

217,69 €

En investigación

Orden de ejecución (exp. 648/2026)

Resolución de inicio O.E. de 22.4.2026

36053A01300520

(polígono 13, parcela 520)

Lamelas

Lg. Alxán

Soutomaior

164 m2

215,30 €

En investigación

Orden de ejecución (exp. 1603/2025)

Resolución de inicio O.E. de 5.3.2026

36053A01402151

(polígono 14, parcela 2151)

Cascallal

Soutomaior

384 m2

302,90 €

***7723**

Orden de ejecución (exp. 1929/2025)

Resolución de inicio O.E. de 5.3.2026

36053A01900474

(polígono 14, parcela 474)

Pereira

Soutomaior

257 m2

252,33 €

***6917**

Orden de ejecución (exp. 1119/2026)

Resolución de inicio O.E. de 10.7.2026

36053A00101716 (polígono 1, parcela 1716)

Vela Soutomaior

966 m²

920,43 €

Enrique Lorenzo S-S

Orden de ejecución (exp. 957/2026)

Resolución de inicio O.E. de 13.7.2026

36053A00100356

(polígono 1, parcela 356)

Comboa

Soutomaior

52 m2

170,71 €

En investigación

En virtud de lo anterior, se informa de que en las referidas parcelas se incumple lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 3/2007. Por tanto, existe un plazo máximo de 15 días naturales para el cumplimiento voluntario de gestión de la biomasa en las citadas parcelas, que se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta notificación en el BOE.

Se publica este anuncio en el Diario Oficial de Galicia para que sirva de notificación a la persona interesada, para lo cual se le comunica que tanto la notificación como el expediente se encuentran a su disposición en el Ayuntamiento de Soutomaior (calle Alexandre Bóveda, 13, 36690 Soutomaior, Pontevedra). Igualmente podrá acceder a través de la sede electrónica de esta entidad.

Considerando que el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece que, cuando no pudiera determinarse la identidad de la persona responsable de la gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas prohibidas o resultase infructuosa la notificación de la comunicación, se efectuará esta mediante un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia de los datos catastrales de la parcela.

El artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, posibilita que este ayuntamiento realice una ejecución subsidiaria en caso de que se incumplan los trabajos de gestión de la biomasa y que les repercuta los costes a las personas responsables.

Además, el artículo 22.6 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece la obligación de las personas responsables de facilitar los accesos necesarios a las entidades responsables de los trabajos de gestión de la biomasa, que no requerirán de ninguna autorización para la ejecución subsidiaria de gestión de la biomasa en las redes de fajas secundarias de gestión.

Soutomaior, 27 de julio de 2026

Manuel Antonio Lourenzo Sobral
Alcalde presidente