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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Jueves, 20 de agosto de 2026 Pág. 45904

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Fene (expediente IN407A 2026/111-1).

Expediente: IN407A 2026/111-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: Reglamentación LMT del DC ASN701-ASN705 en la avenida Marqués de Figueroa.

Ayuntamiento: Fene.

Hechos:

1. El 7.5.2026, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada, con el objeto de reglamentar un tramo de la LMTA DC ASN701 y ASN705 en el que las distancias al terreno se refiere, mediante su soterramiento.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada, presentan el proyecto que incluye memoria, planos y presupuesto y que comprende los siguientes documentos:

1º. Proyecto de ejecución denominado Reglamentación LMT del DC ASN701-ASN705 en la avenida Marqués de Figueroa, firmado por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.233, el 6.4.2026.

2º. Contestación al requerimiento, firmado por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.233, el 22.5.2026.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

– Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

– DOG: 4.5.2026.

– BOP: 19.5.2026.

– Periódico La Voz de Galicia: 22.5.2026.

– Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 20 de julio de 2026.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: AXI, Augas de Galicia y Ayuntamiento de Fene. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

5. El 21.7.2026 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

Segunda. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en la avenida Marqués de Figueroa, en el ayuntamiento de Fene, y sus características técnicas son las siguientes:

– Desmantelamiento del doble circuito de las líneas ASN701 y ASN705, en conductor de tipo LA-110 en su tramo aéreo y RHZ1-240 en su tramo soterrado, a 15 kV, entre el apoyo existente de tipo C-9000-24 con matrícula ARRL0BBU y el CT Chancas (15CEL2) con expediente IN407A 2016/939-1.

– Desmantelamiento del doble circuito de las líneas EUM701 y EUM702, en conductor tipo RHZ1-240 en su tramo soterrado y LAC-80 en su tramo aéreo, a 15 kV, entre el apoyo de tipo hormigón con matrícula AQVDDDFM//D149 y el CT Chancas (15CEL2) expediente IN407A 2016/939-1.

– El apoyo con matrícula AQVDDDFM//D149 de tipo hormigón se sustituye por un nuevo apoyo de celosía metálica de tipo C-FL-16/4500-E30-CAIII.

– Dos nuevas líneas subterráneas de 15 kV, con conductores de tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en los pasos de aéreo a subterráneo en el apoyo existente de tipo C-9000-24 con matrícula ARRL0BBU del doble circuito ASN701 y ASN705 y final en celdas de línea existentes del CT Chancas (15CEL2), cuya longitud de cada una de las líneas es de 325 metros.

– Dos nuevas líneas subterráneas de 15 kV, conductores de tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al con origen en los pasos de aéreo a subterráneo en el nuevo apoyo proyectado de tipo celosía metálica de tipo C-FL-16/4500-E30-CAIII de doble circuito de las líneas EUM701 y EUM702 y final en celdas de línea existentes del CT Chancas (15CEL2), cuya longitud de cada una de las líneas es de 193 metros.

4. De lo visto en la visita realizada el 17.6.2026 no se encuentra ninguna limitación de las indicadas en el artículo 161.1 del Real decreto 1955/200 para imponer servidumbres de paso.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme con todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipación y las certificaciones o homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia a la persona interesada, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se les notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 27 de julio de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados. Término municipal de Fene

Núm.

parcela

Paraje

Referencia catastral

Cultivo

Titular

Afección de suelo
en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso
de energía eléctrica

Apoyo núm.

m2

ml aér.

ml sot.

m2 aér.

m2 sot.

2

Rúa Baixa

7033510NJ6163S0001LZ

Urbana

Seco Vázquez, Roberto y hermano

D149

2,0

1,0

4,0

3

Rúa Baixa

7033561NJ6163S0001ZZ

Urbana

Seco Vázquez, Roberto y hermano

2,0

5,0

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.

m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada.