DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Martes, 1 de septiembre de 2026 Pág. 47571

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Vigo

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2026 por la que se nombra como personal funcionario de carrera en la subescala de innovación educativa.

Rebeca Santiago Cobo interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 8 de abril de 2025, de la Universidad de Vigo, mediante la que se le denegó la continuación del procedimiento selectivo de estabilización de empleo temporal, convocado mediante la Resolución del 1 de diciembre de 2022 (DOG de 16 de diciembre).

La Sentencia de la plaza nº 1 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Vigo, de 11 de febrero de 2026, estimó el recurso y condenó a la Universidad de Vigo a proseguir los trámites del proceso selectivo y a nombrar a la siguiente aspirante.

En ejecución de esta sentencia se dictó la Resolución de 28 de julio de 2026 por la que se modificó la relación de aspirantes que superaron el proceso selectivo por el sistema de concurso, para el ingreso en la escala técnica superior de servicios generales, de la subescala de innovación educativa.

Verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria y de conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, este rectorado

RESOLVIÓ:

Primero. Nombrar a Rebeca Santiago Cobo, con DNI ***7204**, funcionaria de carrera de la escala técnica superior de servicios generales, de la subescala de innovación educativa, con adjudicación del siguiente puesto definitivo:

Código

Denominación del puesto

Unidad

CD

SG

T

C

36000 PF1280 1

Técnico/a de innovación educativa

Gerencia

23

A1

M y T

V

CD: complemento de destino. T: turno; M y T: mañana y tarde.

SG: subgrupo de titulación. C: Campus; V: Vigo.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.d) da Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, para adquirir la condición de personal funcionario de carrera deberá prestar acto de acatamiento a la Constitución, al Estatuto de autonomía de Galicia y al resto del ordenamiento jurídico, así como declarar su compromiso de ejercer con imparcialidad sus funciones.

Tercero. De conformidad con lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, para tomar posesión la persona deberá formular una declaración expresa o realizar la opción prevista en dicha ley.

Cuarto. La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de publicación en el DOG de esta resolución.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produjese la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123.2 de la Le 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Vigo, 30 de julio de 2026

María Carmen García Mateo
Rectora de la Universidad de Vigo