DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 178 Viernes, 18 de septiembre de 2026 Pág. 49569

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 27 de agosto de 2026, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución relativa a la revisión de croquis del monte vecinal en mano común Campo do Río, en el ayuntamiento de Montederramo.

Examinada la propuesta de revisión de croquis realizada por el Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense en relación con el monte vecinal en mano común (MVMC) Campo do Río, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de A Vila Pequena, en el ayuntamiento de Montederramo, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 14.4.2026 tuvo entrada en el Registro de la Dirección Territorial del Medio Rural de Ourense una solicitud (número 1448/RX 1072359, correspondiente con la minuta número 2026-E-RC-314 del Registro del Ayuntamiento de Montederramo), presentada por Javier González Saa, con la que aporta un escrito firmado por 4 vecinos de la localidad de A Vila Pequena en el que, en su condición de representantes de la comunidad de montes homónimo, solicitan que «(…) por parte de la consellería se lleven a cabo las actuaciones necesarias para revisar o corregir la cartografía oficial del MVMC Campo do Río de los vecinos de A Vila Pequena».

Segundo. El Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense emitió un informe favorable el día 21.4.2026 en relación con la citada solicitud. Dicho informe señala que la solicitud presentada se puede entender perfectamente como de revisión de croquis, en la cual, dada la reducida extensión del monte en cuestión, se identifica perfectamente el perímetro a revisar con el de dos pequeñas parcelas catastrales, números 5 y 344, del polígono 71.

La superficie del MVMC Campo do Río, una vez revisado el croquis, sería de 0,98 ha, frente a la hectárea del acuerdo de clasificación, lo que supone una reducción del 2,0 %.

No obstante, en el citado informe se hace constar que la comunidad de montes carece de junta rectora, censo y estatutos, sin que conste que hubiera llegado a constituirse en momento alguno, situación esta que parece justificada en virtud de la absoluta falta de dimensión y de viabilidad productiva aducida por las personas solicitantes.

Consideración legal e técnica:

Única. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, establece en su disposición transitoria decimotercera el procedimiento de revisión de croquis de montes vecinales en mano común:

«1. Los croquis de montes vecinales integrados en un expediente que, por su antigüedad, no reúnan las características de fiabilidad y precisión que exigen las nuevas técnicas topográficas podrán ser objeto de revisión (...), ajustándose y completándose con aquellos datos y documentos que se consideren necesarios, en particular los requeridos para su inmatriculación en el Registro de la Propiedad.

2. A estos efectos, el jurado provincial de montes vecinales en mano común, de oficio o a instancia de parte, podrá solicitar a la Administración forestal una propuesta con la revisión y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal en mano común. (...).»

De acuerdo con los hechos y consideraciones legales y técnicas expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 21.4.2026, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense acordó por unanimidad el día 22.6.2026:

Aprobar la propuesta de revisión de croquis del MVMC Campo do Río, perteneciente a la CMVMC de A Vila Pequena, en el ayuntamiento de Montederramo.

Contra esta resolución, que pone fin la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley 13/1989, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 27 de agosto de 2026

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense

ANEXO

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