La Orden de 11 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personal técnico para la realización de actividades de orientación laboral en el ejercicio 2026 (DOG núm. 57, de 26 de marzo), establece en su artículo 1.2 que la financiación de las ayudas previstas en esta orden de convocatoria se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 14.03.322A.460.4 y 14.03.322A.481.1 (código de proyecto 2015 00524), por los importes máximos de 3.145.100 euros y 5.365.100 euros, respectivamente, correspondientes a fondos finalistas recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal, al existir crédito adecuado en la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.
Esta orden establece en su artículo 1.3 que los importes máximos recogidos en el párrafo anterior podrán ser objeto de modificación como consecuencia de la asignación o redistribución de fondos finalistas para la financiación de programas y servicios en materia de empleo, con las limitaciones que establezca la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, así como en los supuestos previstos en los artículos 30 y 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, previa aprobación, en su caso, de la modificación presupuestaria correspondiente. Los incrementos de crédito serán objeto de la oportuna publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Como resultado del primer reparto de créditos, se aprobó en la aplicación presupuestaria 14.03.322A.460.4 un total concedido de 2.902.203,31 euros, resultando un remanente de 242.896,69 euros.
En la aplicación presupuestaria 14.03.322A.481.1 se produce un déficit presupuestario para poder atender las solicitudes de las entidades sin ánimo de lucro.
Por ello, con base en lo establecido en el artículo 1.3 de la Orden de 11 de marzo de 2026, se considera conveniente redistribuir el crédito entre las dos aplicaciones presupuestarias que financian las ayudas previstas en dicha orden de convocatoria.
De acuerdo con el artículo 31 del reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, la alteración de la distribución entre distintos créditos sin modificar la cuantía total máxima requerirá únicamente las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y la publicación de dicha modificación en los mismos medios que la convocatoria.
Con esta finalidad, mediante la presente orden se publica la redistribución entre créditos presupuestarios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1
Redistribuir los créditos para la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 11 de marzo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personal técnico para la realización de actividades de orientación laboral en el ejercicio 2026, minorando 242.896,69 euros en la aplicación presupuestaria 14.03.322A.460.4 e incrementando correlativamente el mismo importe en la aplicación presupuestaria 14.03.322A.481.1.
Esta redistribución no modifica el presupuesto total publicado en la orden de convocatoria.
Artículo 2
Esta modificación no implicará la apertura de un nuevo plazo para la presentación de solicitudes.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 11 de septiembre de 2026
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
