DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Miércoles, 30 de septiembre de 2026 Pág. 50978

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

ANUNCIO de 22 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático, de información pública sobre los plazos relativos a los servicios de temporada en la zona de dominio público marítimo-terrestre del litoral de Galicia correspondientes al año 2027 (código de procedimiento MT701A).

La Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia, establece en su artículo 48 que, respetando el régimen general establecido en la normativa de costas, las autorizaciones y concesiones del dominio público marítimo-terrestre serán otorgadas por las consellerías competentes una vez producido el efectivo traspaso de las funciones y de los servicios de la Administración general del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de ordenación del litoral.

En este sentido, mediante el Real decreto 394/2025, de 13 de mayo, se efectuó el traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de las funciones y servicios de la Administración general del Estado en materia de ordenación y gestión del litoral, entre las que se incluye la gestión y el otorgamiento de las autorizaciones de los usos de temporada en las playas y en el mar territorial.

De acuerdo con lo anterior, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 113 y 152 del Reglamento general de costas, aprobado por el Real decreto 876/2014, de 10 de octubre, y en la disposición adicional primera de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, se fijan los plazos para la presentación de las solicitudes relativas a los servicios de temporada en el dominio público marítimo-terrestre del litoral de Galicia correspondientes al año 2027, en los términos previstos en el anexo de este anuncio.

La información relativa a este anuncio, así como las bases técnicas y modelos guía para la presentación de las solicitudes, estará a disposición de las personas interesadas en la siguiente página web: https://www.xunta.gal/medio-ambiente/galicia-litoral

Santiago de Compostela, 22 de septiembre de 2026

Paula Uría Traba
Directora general de Energías Renovables
y Cambio Climático

ANEXO

Plazos relativos a los servicios de temporada en el litoral de Galicia correspondientes al año 2027

La temporada queda fijada entre el inicio del período de Semana Santa, entendiendo por tal el viernes anterior a la festividad de Viernes Santo, y el 31 de octubre de cada año natural. En consecuencia, la temporada correspondiente al año 2027 comprenderá desde el 19 de marzo hasta el 31 de octubre de 2027, ambos incluidos.

Los servicios de temporada podrán contar con una autorización por un plazo máximo de 4 años. De acuerdo con el carácter temporal y desmontable de los servicios de temporada, las instalaciones deberán ser desmontadas y efectivamente retiradas en el plazo máximo de quince días contados desde la finalización de cada temporada.

Los plazos para solicitar la autorización para la explotación de servicios de temporada en la zona de dominio público marítimo-terrestre, a través del procedimiento MT701A disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, serán los siguientes:

1. Solicitud de prórroga o de nueva autorización de planes de explotación por parte de los ayuntamientos.

Los ayuntamientos costeros interesados en la explotación de los servicios de temporada en su término municipal en zona de dominio público marítimo-terrestre podrán presentar, con carácter preferente, sus solicitudes de prórroga o de nueva autorización en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

En caso de que se trate de nuevas autorizaciones, los ayuntamientos solicitantes recibirán información de las instalaciones explotadas por personas físicas o jurídicas en la temporada 2026 y susceptibles de prórroga, a efectos de que las tengan en cuenta en la elaboración de su plan de explotación.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Por otra parte, dentro de ese mismo plazo, los ayuntamientos que opten por asumir la gestión de los servicios de temporada podrán incluir en su plan de explotación aquellas otras actividades, actuaciones o eventos que pretendan promover o desarrollar en el dominio público marítimo-terrestre durante el año 2027 y que requieran el correspondiente título de ocupación o uso.

2. Solicitud de prórroga o de nueva autorización por parte de personas físicas y jurídicas

Las personas físicas y jurídicas interesadas en la explotación de servicios de temporada que pretendan prestarse en terrenos de dominio público marítimo-terrestre de la Comunidad Autónoma de Galicia podrán solicitar la prórroga de su autorización (en aquellos casos en los que no se haya agotado el plazo de 4 años) o una nueva autorización desde el 16 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos.

Se exceptúan los servicios de temporada en los términos municipales cuyos ayuntamientos hayan asumido su gestión. En estos casos, cuando no opten por la explotación directa, los ayuntamientos tramitarán el procedimiento para la adjudicación a terceros de los servicios, incluida la publicación de los correspondientes anuncios, en los que se indicarán los plazos para la presentación de ofertas o solicitudes de participación.

Antes del inicio del plazo de presentación de las solicitudes de las personas físicas, la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático publicará la relación de ayuntamientos que optaron por asumir la gestión de los servicios de temporada para el año 2027 en la dirección web: https://www.xunta.gal/medio-ambiente/galicia-litoral